¿Desaparecerá la factura tradicional en papel? Explora las novedades
5 min de lectura
Índice
Toggle¿Desaparecerá la factura tradicional en papel? Así es, a través del Comunicado de prensa 013 de febrero 15 de 2024, la Dian expone que de manera paulatina gracias a las recientes novedades expuestas en la Resolución 000165 de 2023 modificada recientemente por la Resolución 000008 de 2024 se estará realizando la implementación para la gestión y transmisión de los documentos equivalentes electrónicos entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre de 2024.
Siendo así, quienes están expidiendo documentos equivalentes bajo el esquema tradicional tendrán que empezar a implementarlos de forma electrónica. Al respecto, el tiquete POS es el que ha generado mayor interés en la comunidad contable con todas estas novedades.
Es importante resaltar que quienes actualmente expiden documentos equivalentes a factura de venta tienen dos opciones con el calendario de implementación de documentos electrónicos, pueden implementarlos o en su defecto, facturar electrónicamente el total de sus ventas. ¿Qué opinas? ¿Te conviene continuar con los documentos equivalentes electrónicos o dejar todo como factura electrónica? Te invitamos a descubrir y comentar en el debate que realizamos al respecto en nuestro evento EntreContadores en Medellín: ¡Debatamos! Perspectivas a futuro del POS Electrónico.
Posición de la Dian frente a las novedades
En dicho comunicado la Dian expone que, para facilitar el proceso de implementación y garantizar el acompañamiento a los contribuyentes, se han desarrollado diferentes acciones para orientar el proceso y que, con base en esto, fue que decidió ampliar los plazos que estaban previstos para iniciar en febrero de 2024.
Además, la entidad confirma que el 15 de febrero de 2024 adelantó visitas de control de facturación con fines de orientar a la comunidad de primera mano. Fueron 1.400 servidores públicos que realizaron las visitas en alrededor de 4.500 establecimientos de comercio quienes además de orientar, estuvieron realizando las revisiones a las obligaciones pendientes.
Para que no te cojan fuera de base, no olvides revisar con detalle los vencimientos en nuestro Calendario del sistema de facturación electrónica 2024 y explorar los siguientes contenidos donde encontrarás todas novedades que necesitas conocer:
- Adopción del anexo 1.9 de facturación electrónica e implementación de los documentos equivalentes electrónicos: estas son las nuevas fechas
- Expedición de tiquetes POS electrónicos: estas son las novedades a partir de 2024
- Facturación electrónica en Colombia: de la A a la Z.
¡Descarga el comunicado completo!
Tenga en cuenta que…
Si bien en términos generales la factura electrónica y los documentos electrónicos son los únicos que tendrían validez fiscal, es importante precisar que la factura en papel tendrá validez únicamente en los casos en que el sujeto obligado a facturar electrónicamente presente inconvenientes tecnológicos que le imposibiliten facturar, así como los casos de los contribuyentes del régimen simple que contempla el artículo 915 del ET, siempre que no estuviesen obligados a facturar electrónicamente antes de optar por tributar en este régimen (ver el artículo 3 de la Resolución 000165 de 2023).
En este orden de ideas y en virtud del artículo 10 de la misma resolución, los sujetos obligados a facturar de manera electrónica podrán expedir factura de talonario o de papel, solamente en los casos en los que se presenten los inconvenientes tecnológicos de que trata el artículo 37 de la Resolución 000165, que le imposibiliten facturar electrónicamente.
La factura de venta de talonario o de papel se deberá generar para su expedición de forma manual o autógrafa o a través de sistemas informáticos electrónicos que permitan la interacción, en cuyo caso, se entenderán cumplidos los requisitos de impresión previa de que trata el artículo 617 del ET y los requisitos establecidos en los numerales 1, 2, 4, y 13 del artículo 12 de resolución en mención.
Ahora bien, los sujetos que expidan la factura de venta de talonario o de papel, deberán transmitir la información de la citada factura de conformidad con las condiciones, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos establecidos por la Dian, y conforme se indica en el numeral 1.1.2. del artículo 37 de la Resolución 000165 (ver el artículo 41 de la Resolución 000165 de 2023).
Para estar al tanto del cumplimiento de estas obligaciones, desde Alegra se vienen adelantando las diferentes implementaciones para que los usuarios puedan tener la confianza y seguridad frente al cumplimiento de esta normativa, sea cual sea la solución que decidan adoptar frente a la expedición del documento equivalente POS electrónico.
Recuerda que si actualmente expides documentos POS físicos, con Alegra tendrás la solución adecuada para implementar estos nuevos cambios: Alegra facturación y Alegra POS.
Desde Siempre Al Día, estamos comprometidos con tu actualización; así que te invitamos a explorar nuestro portal y llevar tus conocimientos y tu profesión al siguiente nivel.