Obligaciones societarias y mercantiles en Colombia para 2026: ¿Cuáles son los requerimientos y plazos?

Las entidades en Colombia deben cumplir diferentes obligaciones societarias y mercantiles como la renovación del registro mercantil, el nombramiento del revisor fiscal y la asamblea de accionistas o junta de socios, entre otros. ¡En este artículo te contamos las principales obligaciones que todo profesional contable debe tener en cuenta para 2026!

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 05 Feb 2026

11 min de lectura

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Obligaciones societarias y mercantiles

Cada año, las entidades en Colombia deben cumplir con ciertos requisitos legales ante la cámara de comercio, la Superintendencia de Sociedades y otros. 

  • ¿Cuáles son las principales obligaciones? Emisión de información financiera y no financiera a la Supersociedades, renovación y registro de matrícula mercantil, nombramiento del revisor fiscal, actualización del RUB, entre otras. 
  • ¿En qué período se deben cumplir estas obligaciones? La mayoría vencen al 31 de marzo de 2026 como la celebración de asambleas, la aprobación de presupuestos y la designación del revisor fiscal, otras tienen cortes más específicos como la emisión de información financiera y no financiera que se da entre mayo y julio de 2026, dependiendo de las condiciones y número de NIT del reportante.

En este artículo, te explicamos qué obligaciones deben cumplir las empresas en 2026, los plazos clave y cómo asegurarte de que tu negocio esté Siempre Al Día.

¿Cuáles son las principales obligaciones societarias y mercantiles de las empresas en Colombia para 2026?

Veamos cuáles son las principales obligaciones que deben tener en cuenta las entidades en 2026:

¿Qué información financiera debe presentar una sociedad ante SuperSociedades en 2026?

Mediante la Circular única de requerimiento de información financiero (Curif) emitida el 2 de noviembre de 2023 se creó una normativa permanente en cuanto a plazos y parámetros de emisión de información a la Supersociedades. 

De acuerdo con el numeral 1.1.2 de esta norma, cada año y por medio de oficio se emite el Calendario por parte de la Supersociedades.

La información financiera requerida corresponde a los estados financieros y otros documentos adicionales como el certificado de estados financieros, informe de administración, dictamen del revisor fiscal y el acta de aprobación de los estados financieros con sus respectivas  notas. 

¿Qué plazos se deben atender?

Para la información de 2025 que se presenta en 2026, los vencimientos para la presentación de estados financieros de propósito general individuales o separados son entre el 13 de abril y el 11 de mayo de 2026 (teniendo en cuenta los últimos 2 dígitos del NIT) y hasta el 29 de mayo de 2026 para estados financieros combinados o consolidados.

Si deseas conocer todos los detalles sobre el reporte de información financiera ante la Supersociedades, te recomendamos nuestro artículo: ¿Presentación de estados financieros ante la Supersociedades: ¿Cuáles informes se deben enviar en 2026 y en qué plazos?

¿Las sociedades que no se encuentren bajo el control y vigilancia de la Supersociedades ante quién deben presentar  los estados financieros?

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 222 de 1995, todas las sociedades se encuentran obligadas a presentar  una copia de los estados financieros en la cámara de comercio que corresponda, dentro del mes siguiente en la cual sean aprobados, junto con sus notas y el dictamen del revisor fiscal. 

Se exceptúan de esta obligación las entidades que se encuentren sometidas a vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Sociedades. 

¿Qué información no financiera debe presentar una sociedad ante SuperSociedades en 2026?

Existen algunos informes con información no financiera, que son requeridos por la Supersociedades para las entidades que cumplan ciertas condiciones, como son: 

Informe¿Qué aborda?¿Qué se reporta?
75Gestión de riesgos y ética empresarial.
Información sobre el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (Sagrilaft) y sobre el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).   
58Oficiales de cumplimientoSe genera ante cambios o nombramiento de un Oficial de cumplimiento (obligatorio para quienes presentan el informe 75).
08SostenibilidadEl impacto ambiental, social y las prácticas de gobernanza (ESG) realizadas.
67Empresas BICDonde se demuestren acciones de beneficio e interés colectivo.

¿Qué plazos se deben atender?

Para la información de 2025 que se presenta en 2026, se deben tener en cuenta los siguientes vencimientos:

  • Informe 75 Sagrilaft y PTEE: se presenta entre el 15 y el 29 de julio de 2026 (teniendo en cuenta los últimos 2 dígitos del NIT).
  • Informe 58 Oficiales de cumplimiento: se presenta máximo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la novedad (nuevo nombramiento o cambios).
  • Informe 67 Sociedades BIC: se presenta máximo hasta el 31 de mayo de cada año (aunque la  Circular Externa 100-000001 de marzo 29 de 2022 menciona que el 31 de mayo, se recomienda cumplir con esta obligación hasta el 29 que sería el último día hábil del mes).
  • Informe 08 Sostenibilidad: es de carácter voluntario y se presenta entre el 1 y 14 de julio de 2026.

Si deseas conocer más detalles sobre estos reportes de información no financiera, te invitamos a leer nuestro artículo: ¿Cuáles son las condiciones para la presentación de información no financiera de 2025 en 2026 ante la Supersociedades?

¿Cuál es el plazo para renovar la matrícula mercantil en Colombia 2026?

Todas las sociedades comerciales se encuentran obligadas a renovar la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de cada año, es decir que el plazo es hasta el 31 de marzo de 2026, según lo establece el artículo 33 del Código de Comercio.

De acuerdo con el artículo 2.2.2.46.1.1 y siguientes del Decreto 1074 de 215 (modificado por el Decreto 0045 de 2024) Las tarifas a pagar por la renovación serán expresadas en UVB. Además, se calcularán sobre los activos líquidos ordinarios de la sociedad, en tarifas diferenciales que parten por rangos según su monto de activos.

Explora más información detallada sobre los rangos de clasificación por activos y las tarifas aplicables en nuestro artículo: Estas son las tarifas del registro y renovación de la matrícula mercantil en 2026.

¿Cuándo se celebran las reuniones de asamblea general o juntas de socios en 2026?

A más tardar el 31 de marzo de 2026, las sociedades comerciales deberán celebrar la reunión ordinaria de asamblea general de accionistas o junta de socios bajo los siguientes objetivos de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995:

  1. Conocer y aprobar el informe de gestión del representante legal y la junta directiva.
  2. Revisar y aprobar los estados financieros del año 2025.
  3. Presentar el informe del revisor fiscal.
  4. Designar y/o renovar los administradores. 
  5. Realizar la distribución de utilidades, si hubiese lugar.
  6. Analizar todas las acciones encaminadas hacia el logro del objeto social.

Tip Alegra: Ten en cuenta que, conforme al artículo 422 del Código de Comercio, si la reunión ordinaria no es convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril (martes 1 de abril de 2026), a las 10 a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administración de la sociedad.

El término para convocar dicha reunión es de 15 días de antelación hábiles y únicamente podrán convocarla los administradores, el revisor fiscal o la Superintendencia de Sociedades, en este último caso, en ejercicio de las medidas administrativas previstas en el artículo 87 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995

¿Qué tener listo para la asamblea ordinaria de accionistas o junta de socios en 2026 para aprobación?

Existen dudas en qué se requiere llevar a la asamblea ordinaria de accionistas o a la junta de socios y qué se aprueba se aprueba en la asamblea ordinaria de accionistas o junta de socios en 2026. De acuerdo con los artículos 155, 181 y 420 del Código de Comercio, el artículo 13 de la Ley 43 de diciembre 13 de 1990 y los artículos 46 y 47 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995 este es el listado de documentos para estas reuniones:

  • Estados financieros 2025 (conjunto completo incluyendo notas): debidamente certificados y dictaminados.   
  • Informe de gestión: donde los administradores explican la situación jurídica y económica.   
  • Proyecto de distribución de utilidades: considerando las reservas legales y estatutarias.   
  • Elecciones: nombramiento o ratificación de administradores y revisor fiscal.

¿Cuál es el plazo para realizar el nombramiento del revisor fiscal en 2026?

El nombramiento del revisor fiscal es una facultad concedida al máximo órgano social de la entidad, según el artículo 422 del Código de Comercio, y deberá realizarse, a más tardar, el 31 de marzo de 2026. Su elección se dará por el voto de la mayoría absoluta. 

Te podrían interesar nuestros artículos: Obligados a tener revisor fiscal en 2026 y ABC del ejercicio del revisor fiscal: funciones, dictamen, inhabilidades y papeles de trabajo.

¿Qué otras obligaciones hay para 2026 de carácter societario y mercantil? 

Estas son otras obligaciones societarias y mercantiles que deberán cumplir las entidades colombianas en 2026:

Verificar el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha

El artículo 2.2.1.18.2. del Decreto 1074 de mayo 26 de 2015 indica que los administradores al realizar al cierre contable deben evaluar los indicadores de deterioro patrimonial y riesgo de insolvencia, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha.

Obtén más detalles consultando nuestra herramienta:  Riesgo de insolvencia y deterioro patrimonial en la evaluación de la hipótesis de negocio en marcha

Reporte ante el Registro Nacional de Base de Datos (RNBD)

La Ley 1581 de octubre 17 de 2012 creó el Régimen General de Protección de Datos Personales, aplicable al tratamiento de información personal contenida en cualquier base de datos realizado por personas naturales o jurídicas de naturaleza pública o privada. 

En concordancia con lo anterior, se crea el reporte ante el Registro Nacional de Base de Datos (RNBD) y de acuerdo con el artículo 2.2.2.26.1.2. del Decreto 1074 de mayo 26 de 2015, se encuentran obligados a llevar a cabo este registro todas las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT a 31 de diciembre de 2025 (equivalentes a 431.085 UVB, es decir, $4.979.900.000)

En cuanto a los plazos, se deberá actualizar el registro solo cuando existan modificaciones en la información que los obligados registraron inicialmente al primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, dicha actualización debe realizarse dentro del mes siguiente a estas modificaciones, es decir:

Modificaciones detectadas hastaFecha máxima para realizar la actualización en 2026
1 de enero2 de febrero
1 de abril4 de mayo
1 de julio3 de agosto
1 de octubre3 de noviembre

Actualización del Registro Nacional del Turismo (RNT)

Las entidades que presten servicios turísticos deben renovar, dentro de los tres primeros meses del año, el Registro Nacional del Turismo (RNT). Dicho proceso debe realizarse de forma anual y hasta los primeros 3 meses del año, esto es, hasta el 31 de marzo de 2026, según lo define el artículo 2.2.4.1.3.1. del Decreto 1074 de mayo 26 de 2015

Cumplir con las obligaciones societarias y mercantiles en Colombia no solo evita sanciones, sino que también fortalece la estabilidad y credibilidad de tu empresa. Mantente informado, planifica con anticipación y usa herramientas digitales para optimizar la gestión de tus trámites.

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Al centralizar la contabilidad en la nube, te permite tener la información conciliada y lista para las asambleas de marzo, conocer los niveles de ingresos y de activos para trámites como la renovación de la matrícula mercantil y la designación del revisor fiscal, asegurando que la información sea precisa y esté siempre al día.

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Fuentes oficiales

¿Conocías estas obligaciones societarias y mercantiles? Cuéntanos en los comentarios cuál de los puntos mencionados te pareció el más relevante y qué más te gustaría encontrar en Siempre Al Día.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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