Presentación de estados financieros ante la Supersociedades: ¿Cuáles informes se deben enviar en 2026 y en qué plazos?

¿Eres contador o responsable de la gestión financiera de una empresa en Colombia? Entonces, sabes que la presentación de los estados financieros de 2025 ante la Supersociedades es una obligación clave para mantener tu negocio al día. En este artículo, te explicamos todo lo que debes saber para presentar información de manera correcta en 2026 y evitar sanciones.

Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 30 Ene 2026

11 min de lectura

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Presentación de estados financieros a la Supersociedades

En el primer semestre de 2026, las entidades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades deben suministrar los estados financieros de fin de ejercicio con corte a 31 de diciembre de 2025, cumpliendo con lo señalado en la Circular única de requerimiento de información financiero —Curif— emitida el 2 de noviembre de 2023 y su calendario para 2026

Los vencimientos clave a tener en cuenta para la presentación de estados financieros de propósito general son del 13 de abril al 11 de mayo de 2026.

En este artículo te contamos qué entidades se encuentran obligadas a enviar esta información, cuáles son los documentos requeridos, los plazos según cada caso, entre otros aspectos. ¡Continúa leyendo!

Presentación de estados financieros e informes ante la supersociedades en 2026

¿Qué entidades se encuentran obligadas a enviar los estados financieros a la Supersociedades en 2026?

El artículo el artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de mayo 26 de 2015, modificado por el artículo 32 del Decreto 2642 de diciembre 30 de 2022 define cuáles son las sociedades que se encuentran vigiladas por la Supersociedades, y que por ende, deben cumplir con la obligatoriedad de presentar los estados financieros a 31 de diciembre de 2025. 

Norma originalEquivalencia en pesos Equivalencia en UVB 2026* 
Contar con un total de activos o ingresos superiores a 789.390,6 UVT a 31 de diciembre de 2025.         > $41.343.543.000            > 3.414.000

*Con el parágrafo de este artículo se interpreta que la UVB con la que se realiza la medición del tope es la de 2026. 

Cabe anotar que se emitió un proyecto de decreto el octubre 18 de 2024 por parte de MinCIT que pretendía modificar el artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de mayo 26 de 2015 reduciendo el tope en mención y actualizando las cifras a UVB, pero este proyecto no ha prosperado, por lo que está vigente la normativa relacionada. 

Tip Alegra: Las entidades sometidas a vigilancia o control, están obligadas a reportar estados financieros sin necesidad de una orden expresa de carácter particular emitida por esta Superintendencia, esto debido a lo expuesto por el artículo 289 del Código de Comercio

¿Cuáles son los documentos e informes que deben ser enviados junto con los estados financieros a la Supersociedades? 

La información financiera requerida por la Superintendencia de Sociedades corresponde a los estados financieros de propósito general, que de acuerdo con los marcos técnicos de información financiera, son los estados financieros individuales, separados y consolidados

Las bases de presentación de los estados financieros de propósito general de las entidades en Colombia se encuentran compilados en el Decreto 2420 de 2015, el cual ha sido modificado por los decretos 2496 de 2015, 2101, 2131 y 2132 de 2016; 2170 de 2017, 2483 de 2018, 2270 de 2019, 1432 de 2020, 938 y 1670 de 2021 y el 1611 de 2022.  

En la Curif, la Supersociedades señala los siguientes informes que deben ser enviados: 

Grupo de aplicación NIIFInformeTipo informe
Grupo 110 – NIIF Plenas individualesInforme 01
20 – NIIF Plenas separados
30 – NIIF Plenas consolidados
35 – NIIF Plenas combinados
Grupo 240 – NIIF Pymes individuales
50 – NIIF Pymes separados
60 – NIIF Pymes consolidados
65 – NIIF Pymes combinados
Grupo 370 – NIF Contabilidad simplificadaInforme 01A

Recordemos que las entidades controladoras en Colombia tienen la obligación de presentar estados financieros consolidados y estados financieros separados, mientras que las subsidiarias presentan estados financieros individuales. Además, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Estados financierosDetalle
ConsolidadosSe generan cuando una empresa controladora posee subsidiarias, y en la presentación de estos estados, se trata a la controladora y sus subsidiarias como una única entidad económica.
CombinadosSe utilizan cuando un inversionista único posee varias empresas y opta por presentar un conjunto completo de estados financieros que abarque todas sus inversiones, tratando de manera individual cada entidad bajo su propiedad.

Adicional a los estados financieros de propósito general, existen otros informes requeridos por la Supersociedades para entidades que se encuentran en proceso de reorganización y/o de reestructuración, cámaras de comercio, entidades que no cumplan con la hipótesis de negocio en marcha, entre otras.  

¿Qué documentos adicionales deben ser enviados a Supersociedades?

Todas las entidades vigiladas por la Supersociedades deben acompañar los estados financieros con los siguientes documentos adicionales:

  1. Certificado de estados financieros firmado por el contador público y representante legal. 
  2. El informe de gestión de la administración.
  3. Dictamen del revisor fiscal.
  4. Notas explicativas de los estados financieros.
  5. Acta de aprobación de estados financieros. 

El informe de gestión deberá contener la constancia de que no se entorpece la libre circulación de las facturas emitidas por los vendedores o proveedores conforme a lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 87 de la Ley 1676 de 2013

Se debe tener en cuenta que, los documentos 2 y 5 no aplican para las sucursales de sociedades extranjeras. 

¿Cuál es el plazo para el envío de información financiera a la Supersociedades?

De acuerdo con la Curif, para el caso de los vencimientos en 2026 se tiene en cuenta el Calendario emitido por la Supersociedades.

¿Cuál es el plazo para el envío de los estados financieros de propósito general a la Supersociedades?

Mediante la Curif, la Supersociedades indicó que la fecha de presentación de los estados financieros de propósito general con corte a 31 de diciembre de cada año, sería informada por la entidad. 

Los plazos de envío de información de 2025 en 2026 serían los siguientes: 

Último dos dígitos del NITPlazo máximo de envío de información en 2026
01 – 05 13 de abril
06 – 10 14 de abril
11 – 1515 de abril
16 – 2016 de abril
21 – 2517 de abril
26 – 3020 de abril
31 – 3521 de abril
36 – 4022 de abril
41 – 4523 de abril
46 – 5024 de abril
51 – 5527 de abril
56 – 6028 de abril
61 – 6529 de abril
66 – 7030 de abril
71 – 754 de mayo
76 – 805 de mayo
81 – 856 de mayo
86 – 907 de mayo
91 – 958 de mayo
96 – 00 11 de mayo

¿Cuál es el plazo para el envío de los estados financieros consolidados?

Por su parte, la fecha de presentación de estados financieros consolidados fue comunicada mediante el numeral 1.2.2 de la Curif, en la que se contempló que deberán ser remitidos a más tardar el último día hábil del mes de mayo, esto sería el 29 de mayo de 2026, a pesar de que el calendario expuesto por la entidad mencione que es el 31 de mayo. 

¿Cuál es el plazo para el envío de los estados financieros por parte de las cámaras de comercio?

La fecha de presentación de estados financieros por parte de las cámaras de comercio es a más tardar el 31 de marzo de 2026.

¿Existe información no financiera que se envíe a la Supersociedades?

Mediante la  Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025 se deroga la Circular Externa 0003 de 2023 y se exponen nuevas condiciones para el envío de información no financiera a la Supersociedades. ¿Qué información se solicita para 2026? La siguiente:

Informe 75 – Sagrilaft y PTEE 

Este informe agrupa la información relacionada con el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo —Sagrilaft— y del Programa de Transparencia y Ética Empresarial —PTEE— .

Cabe anotar que, el informe 75 integró el  Informe 50 – Prevención de riesgo de LA/FT/FPADM y el Informe 52 – Programas de transparencia y ética empresarial.

Informe 42 – Prácticas empresariales

Las entidades que se encontraban bajo vigilancia o control por parte de la Superintendencia de Sociedades, debían diligenciar y remitir este informe, con algunas excepciones como las sucursales de sociedades extranjeras, las que estén en concordato, reestructuración o liquidación y las de grupo 3.

No obstante, con la emisión de la Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025 que deroga la Circular Externa 0003 de 2023 y con la inclusión del reporte 08 de sostenibilidad, se suprime la presentación de este informe 42 de prácticas empresariales, puesto que está incluido en la información de gobernanza del reporte 08 de sostenibilidad (ver el capítulo VI de la circular en mención).

Informe 58 – Oficiales de cumplimiento 

El Informe 58 es un informe no financiero, diseñado con el fin de registrar información del Oficial de cumplimiento o quien ejerza su papel en la entidad. 

Este informe debe enviarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al respectivo nombramiento o cambio del oficial de cumplimiento y se encuentran obligados a presentarlo las entidades obligadas a realizar el Informe 75 – Sagrilaft y PPTE.

Informe 08 – Reporte de sostenibilidad 

El Informe 08 es un informe no financiero, diseñado con el fin de informar sobre las prácticas y avances en sostenibilidad generados por las entidades. 

Este informe es de carácter voluntario y se presenta entre el 1 y el 14 de julio de 2026 según los 2 últimos dígitos del NIT (ver el numeral 3.1 de la Circular Externa 100-000002 de marzo de 2025). 

Explora más sobre este reporte en nuestro artículo: ¿El reporte de sostenibilidad es obligatorio para las empresas?

Informe 67 – Sociedades BIC 

Las disposiciones para la presentación este informe por parte de las sociedades de Beneficio de Interés Colectivo (BIC), continúa con las disposiciones establecidas en la Circular Externa 100-000007 de mayo 5 de 2021, modificada parcialmente por la Circular Externa 100-000001 de marzo 29 de 2022.

Explora más sobre este tipo de sociedades en nuestro artículo: Empresas BIC e informe de gestión: conceptos esenciales para contadores en el contexto sostenible.

¿Por qué medio se envían los estados financieros a la Supersociedades y la información no financiera? 

El diligenciamiento debe realizarse en el aplicativo XBRL Express. El archivo diligenciado y los documentos adicionales deben enviarse a través de la plataforma Sirfin. 

Para el diligenciamiento de esta información se debe tener en cuenta los siguientes pasos:

  1. Descargar el aplicativo XBRL Express.
  2. Verificar el grupo al que pertenece la entidad y que el estado financiero a diligenciar sea el correcto.
  3. Diligenciar la información de los estados financieros y documentos adicionales.
  4. Cuando la entidad tenga más de un cierre contable, debe diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente y presentarla en las fechas señaladas en la circular externa. 

¿Qué ocurre con las entidades que incumplan con el envío de los estados financieros a la Supersociedades? 

El numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de diciembre 20 de 1995 señala que la Superintendencia de Sociedades está facultada para imponer sanciones o multas, hasta por doscientos 200 smmlv (equivalentes a 28.916,7 UVB, es decir, $350.181.000 para 2026) a quienes incumplan sus órdenes, la ley o los estatutos. 

¿Cómo cumplir fácilmente con los requerimientos de la Supersociedades usando Alegra?

¿Listo para simplificar la presentación de los estados financieros ante la Supersociedades en 2026? Con Alegra Contabilidad, puedes generar los informes de las empresas que asesoras de forma automática como el estado de resultados comparativo y el estado de situación financiera.

Además puedes validar toda la información de los movimientos por cada cuenta contable para que estés al día en los registros al momento de preparar la información ante la Supersociedades.

No esperes los últimos días del plazo: regístrate gratis en Alegra hoy y prueba cómo exportar tus informes en minutos. 

Fuentes oficiales

¿Conocías las fechas para la presentación de información financiera de 2025 ante la Supersociedades en 2026 Cuéntanos en los comentarios sobre qué otros temas te gustaría encontrar información en nuestra sección de Contabilidad.

Recuerda que en esta sección de Siempre Al Día podrás conocer información clave sobre diferentes reportes que deben preparar los contadores públicos.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

Gracias por llegar hasta aquí,
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SERGIO MUÑOZ
SERGIO MUÑOZ
8 meses hace

BUENOS DIAS, SOY REPRESENTANTE LEGAL DE UNA SOCIEDAD S.A.S. PUEDO EJERCER MI DERECHO DE VOTO EN ASAMBLEA PARA LA APROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA COMPAÑIA?

Siempre Al Día
Editor
8 meses hace
Responder a  SERGIO MUÑOZ

Hola, Sergio. Gracias por seguir nuestros artículos, esperamos que estés muy bien. Con relación a tu consulta, depende de si existe alguna inhabilidad y qué mencionan los estatutos, por lo que te recomendamos consultar con un asesor en derecho comercial que pueda validar las particularidades de tu caso. Al respecto te recomendamos la lectura del artículo 185 del Código de Comercio y los artículos 25 a 28 de la Ley 1258 de 2008 que pueden orientarte sobre la inquietud.

angelica
angelica
1 mes hace

muy detallado el artículo, ustedes también manejan capacitaciones

Siempre Al Día
Editor
1 mes hace
Responder a  angelica

Hola Angélica. ¡Gracias por ser parte de nuestra comunidad Siempre Al Día y por tu comentario! Específicamente, desde Siempre Al Día no contamos con capacitaciones, pero en Alegra Academy podrás encontrar recursos de formación sobre los temas más importantes para tu profesión. Te invitamos acceder, son 100% gratuitos.

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