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Proveedores ficticios: un fraude silencioso que afecta a las empresas y economías

Paola Andrea Rojas Alquichire

Actualizado el: 03 Feb 2025

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8 min de lectura

Proveedores ficticios Dian

En un mundo empresarial cada vez más inmerso en el universo de la contabilidad electrónica, el fenómeno de los proveedores ficticios se ha convertido en una de las principales amenazas para la salud financiera de las empresas. Estos esquemas fraudulentos no solo impactan las finanzas corporativas, sino que también deterioran la confianza en los sistemas tributarios.

¿Qué es un proveedor ficticio?

En Colombia, un proveedor ficticio es un «contribuyente creado legalmente» que realiza operaciones habituales como un contribuyente normal y que genera facturas, emite documentos e incluso puede tener una sede en funcionamiento al público; sin embargo, algunas veces estas direcciones no existen en la realidad, ni pueden ser ubicadas en Google Maps o los registros no coinciden con la dirección real, es decir, la dirección no corresponde con el contribuyente ni con la actividad desarrollada, como por ejemplo el domicilio de una casa de familia, pero que en teoría opera una fábrica de zapatos o un supermercado.

Cuando se investiga a profundidad, se evidencia que no hay productos y/o servicios, ni empleados u operaciones reales, pero sí se efectúan facturas para justificar gastos inexistentes con el interés de simular o legalizar transacciones (comúnmente llamado lavado de dinero) que en la práctica no suceden, o que buscan aumentar el valor de ciertas transacciones que sí ocurren. 

Estas operaciones ocurren con el objetivo de obtener algún beneficio económico o fiscal. Este beneficio económico se da porque quién realiza estas operaciones está dispuesto a “vender” la factura (que constituye costo deducible e IVA descontable) por un pago equivalente a un porcentaje sobre el monto de la operación que puede oscilar entre un 2 % y un 8 % dependiendo del monto o necesidad del comprador de la transacción, que es quien requiere este servicio y beneficio fiscal, puesto que eleva sus costos ayudando de esta forma a eludir impuestos tales como renta o el Impuesto a las Ventas — IVA—.

Te puede interesar nuestro editorial: IVA 2025: lo que debes revisar sobre los topes y las fechas de presentación aplicables.

Proveedores ficticios detectados por la Dian

En junio de 2024, la Dian publicó un listado con más de 500 contribuyentes identificados como posibles proveedores ficticios, destacando su presencia concentrada en ciudades fronterizas como Cúcuta. Este problema no solo afecta a las empresas que los utilizan, sino también a los contadores y revisores fiscales involucrados, toda vez que se trata de una práctica que afecta al erario, constituyendo fraude contra el Estado, delito del cual son corresponsables todas las partes intervinientes.

¡Descarga el listado de proveedores ficticios actualizado por la Dian al 23 de enero de 2025!

En Colombia actualmente la evasión representa miles de millones de pesos al año; la mayor participación proviene justamente de empresas que acuden a estas figuras para reducir  utilidades  con el  aumento de sus costos de operación y reducir impuestos, lo cual conlleva un menor recaudo y a una limitación de  los recursos del Estado que son destinados para financiar su función social (programas sociales, infraestructura, salud y educación entre otros) afectando directamente el desarrollo y bienestar del país.  

Esta mala práctica representa entre un 3 % a 4 % del PIB, destacando que el año 2023 el Gobierno nacional señaló que la evasión fiscal por el uso de facturación falsa superó los $14 billones de pesos al año. De esta manera la economía formal se ve notablemente afectada, ya que es complejo competir en estas condiciones en cualquier sector económico con empresas que recurren a estas prácticas, ya que tendrán desventajas en cuánto a rentabilidad, generando finalmente recorte de gastos, reducción de personal y en el peor de los casos, el cierre definitivo al no poder competir justamente.

Actualmente, los casos por evasión de impuestos mediante proveedores ficticios generan desconfianza en el sistema tributario y cierto descontento, ya que desincentiva el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de otros contribuyentes que día a día se preguntan ¿cuál es el sentido de ser formal si puedo recurrir a este tipo de prácticas y puedo ser más rentable? Infortunadamente en la actualidad, las acciones de la administración tributaria conllevan castigar al legal y a premiar al ilegal. Quienes cumplen sus obligaciones sienten que sus esfuerzos son en vano, ya que muchas de las prácticas ilícitas quedan impunes.

El sector constructor es uno de los sectores qué más acude a este tipo de operaciones ficticias, representado en un 35 % del total de empresas que usan estas prácticas. Los conceptos más utilizados suelen estar relacionados con bienes y servicios que son difíciles de verificar como remoción de escombros, transporte de materiales y alquileres dado que implican operaciones extensas, múltiples proveedores y en algunos casos altas operaciones realizadas en efectivo y permitidas por la norma, lo cual complica el control de las transacciones. 

Papel de la facturación electrónica en la existencia de proveedores ficticios

La implementación de la facturación electrónica ha sido un mecanismo crucial que ha permitido combatir este tipo de esquemas fraudulentos reduciendo su práctica. Este proceso electrónico ha permitido monitorear en tiempo real irregularidades en las transacciones e identificar patrones sospechosos para poder realizar auditorías a contribuyentes específicos. Aunque la facturación electrónica ha ayudado a disminuir notablemente la emisión de este tipo de facturas, los evasores han encontrado nuevas formas de evadir controles, como la creación de nuevas empresas que se acogen a beneficios fiscales como Zomac, Zese, Esal.

Te puede interesar: Guía detallada sobre facturación electrónica y el documento POS electrónico.

En este entendido, la utilización de estos mecanismos de evasión trae consecuencias nefastas para todos los actores involucrados en la operación. Para quien es identificado como proveedor ficticio puede acarrear la «muerte comercial» durante cinco años según el artículo 671 del Estatuto Tributario —ET—; para quien asocia estas facturas en sus declaraciones puede ser sancionado con una multa estimada hasta del 160 % del impuesto dejado de pagar por concepto inexactitud de acuerdo a lo contemplado en el numeral 2 del artículo 648 del mismo estatuto y  adicionalmente el desconocimiento de sus deducciones.  Finalmente, para el profesional de contabilidad involucrado en el rol de contador o revisor fiscal, pueden recibir sanciones que van de la suspensión temporal de la tarjeta profesional hasta la cancelación definitiva de la misma, además de la sanción pecuniaria que puede ser establecida por la Superintendencia de Sociedades o la Junta Central de Contadores —JCC—. 

Acciones de control frente a los proveedores ficticios

Expuesto lo anterior, las empresas pueden adoptar algunas acciones de control para evitar caer en estos esquemas. El establecimiento de auditorías internas o externas para identificar acciones anómalas (operaciones sospechosas, salidas de dinero con montos superiores a los establecidos en las políticas) puede ser el primer y gran paso para ello. De igual forma se puede gestionar la adquisición de un software que valide en tiempo real los proveedores ficticios con la base de datos de la Dian y muy importante capacitar al personal para que detecte a tiempo las señales de alerta.

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Recurrir a este tipo de prácticas siempre representará un riesgo significativo para las empresas y la economía colombiana. Para combatirlas se requiere la colaboración de autoridades, empresas y ciudadanos, además de herramientas como la facturación electrónica y procesos rigurosos de validación.  Evitarlas no solo nos ahorrará o librará de sanciones, sino que fortalecerá el sistema económico y aumentará la confianza tributaria del país. La clave está en la transparencia, la prevención y el cumplimiento responsable de los requisitos fiscales.

Solo queda decir que es importante que construyamos entre todos un entorno empresarial más justo y seguro, evitando la competencia desleal y la evasión de impuestos.

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