Término para imputar saldo a favor en renta o IVA ante la Dian
Imputar saldo a favor, solicitar su compensación o devolución son las opciones que tienen los contribuyentes cuando dicho saldo se genera en sus declaraciones tributarias. Aquí podrás conocer cuál es el plazo para el proceso de imputación.
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ToggleEl saldo a favor se origina cuando al liquidar un determinado impuesto, no se genera un valor a pagar; sino que, por el contrario, la Dian o el Estado es quien le queda adeudando un valor al contribuyente; por ejemplo, para efectos del impuesto de renta, este puede surgir cuando a una persona natural se le han practicado retenciones en la fuente superiores al valor a pagar por el impuesto en un determinado período.
Tip Alegra: el saldo a favor se origina cuando el contribuyente ha pagado más de lo que le corresponde de acuerdo a las normas tributarias.
¿Cómo imputar un saldo a favor o solicitar su devolución o compensación?
Al generarse un saldo a favor el contribuyente puede elegir entre tres alternativas:
- Devolución: se solicita a la Dian que el dinero pagado demás sea devuelto.
- Compensación: se solicita a la Dian que ese mayor valor pagado sea abonado o se utilice para pagar una deuda pendiente con la misma entidad.
- Imputación: se lleva el saldo a favor a la declaración del período gravable siguiente para disminuir el impuesto a pagar en tal declaración.
Ejemplo de imputar saldo a favor
Supongamos que en la declaración del año gravable 2022 una persona natural tuvo un saldo a favor por $10.000.000. Mientras que, en la declaración del año gravable 2023 se le genera un valor a pagar de $22.000.000.
Al imputar el saldo a favor generado en la declaración del año gravable 2022, en la declaración del año gravable 2023; entonces la persona natural solo pagará $12.000.000; pues de los $22.000.000 se resta el saldo a favor del año gravable 2022 ($10.000.000).
Término para imputar saldos a favor
De acuerdo con el artículo 815 del Estatuto Tributario —ET— los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán imputarlos dentro de su liquidación privada del mismo impuesto correspondiente al siguiente período. En este orden de ideas, si no se arrastra el saldo a favor en la declaración del período siguiente, el contribuyente o responsable tendrá que optar por solicitar su devolución o compensación o en su defecto corregir la declaración en la que debió arrastrar el saldo a favor.
Tip Alegra: La norma tributaria no limita el tiempo durante el cual se puede arrastrar un saldo a favor. Dicho arrastre deberá realizarse hasta que se acabe el saldo a favor o que el contribuyente o responsable decida solicitarlo en devolución o compensación. Cabe indicar que de acuerdo con el artículo 854 del ET, La solicitud de devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar.
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por favor me podrías ayudar? Tengo una declaración con saldo a favor de 10millones en el 2020 mi contador NO presentó declaración en 2021,(ósea falta) pero hicieron la declaración en 2022 SIN CORRES EL SALDO A FAVOR
que se hace ahí?? que hago con la del 2021? Se pierde el anticipo? o se puede correr, teniendo en cuenta que ya pasaron los 2 años
Hola Bibiana. Gracias por tu consulta. Según lo establecido en el artículo 854 del ET, el saldo a favor debe ser solicitado dentro de los dos años siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para declarar, lo que significa que si ya han transcurrido esos dos años, lamentablemente no es posible trasladar el saldo a favor a la declaración siguiente. Respecto a la declaración del 2021, aunque no se presentó en su momento, puedes presentarla de manera extemporánea con las respectivas sanciones e intereses de mora. Sin embargo, el saldo a favor del 2020 no podrá ser utilizado ni solicitado. Te recomiendo consultar con tu contador para evaluar las opciones disponibles y minimizar el impacto de las sanciones
Buenas tardes, vengo arrastrando saldo a favor desde los últimos 5 años, he declarado todos los años sin falta, habiendo ya presentado la declaración de 2024 deseo tomar el saldo a favor que me quedó este año. Puedo solicitar la totalidad del saldo a favor cuando en periodos anteriores ha quedado siempre un saldo que se arrastra año a año, pues hasta el año pasado siempre el valor de mis retenciones anuales eran mayor al impuesto a cargo?
¡Hola Jhon! Gracias por tu comentario. Es posible imputar la totalidad del saldo a favor siempre y cuando cumplas con los requisitos que establece la normativa tributaria. El saldo a favor que has venido arrastrando de años anteriores puede ser solicitado en tu declaración de 2024, siempre que este no haya sido compensado o solicitado en devoluciones previas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el monto que solicites debe coincidir con el saldo a favor que se viene reportando en las declaraciones anteriores y que no ha sido utilizado.
Nuestra recomendación es que revises detalladamente tus declaraciones de los años anteriores y confirmes que el saldo a favor acumulado sea correcto, y que cumplas con las formalidades necesarias para este proceso.
buen dia me podrias ayudar con la siguiente consulta tengo una declaracion de iva que en el cuatrimestre 1 genero saldo a favor en el cuatrimestre 2 por error no arrastre el saldo a favor y pague el iva total ahora en el cierre fiscal cautrimestre 3 puedo arrastras ese saldo del primer cuatrimestre o debo corregir el 2 cuatrimestre o podria solicitar la devolucion
¡Hol Mariana! Gracias por tu consulta. En tu caso, dado que no arrastraste el saldo a favor del primer cuatrimestre en la declaración del segundo cuatrimestre y pagaste el IVA total, tienes dos opciones según el artículo 815 del Estatuto Tributario.
1. Corregir la declaración del segundo cuatrimestre: Puedes ajustar esta declaración incluyendo el saldo a favor que debiste haber arrastrado. Recuerda que este proceso puede generar intereses o sanciones según corresponda.
2. Solicitar la devolución o compensación del saldo a favor: Si prefieres no corregir la declaración, puedes tramitar la solicitud de devolución o compensación del saldo del primer cuatrimestre directamente ante la Dian.
Lamentablemente, no es posible arrastrar directamente el saldo a favor del primer cuatrimestre hasta el tercero sin haberlo incluido en el segundo cuatrimestre.