Presentación de la declaración de IVA en el traslado al régimen simple de tributación
Cuando una persona natural o jurídica ha estado en el régimen ordinario por ejemplo hasta el mes de febrero del respectivo período gravable, pero en dicho mes decide trasladarse al régimen simple, surge la duda de cuál es el tratamiento que se le debe dar a la declaración de IVA si se tenía la obligación de presentarla de forma bimestral o cuatrimestral.
¡Analicemos los puntos a tener en cuenta!.
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ToggleEn relación con la presentación de la declaración de IVA en el traslado al régimen simple de tributación, puede suceder que, eres el contador de una empresa que ha decidido cambiar del régimen ordinario al régimen simple en pleno mes de febrero.
Hasta ese momento, has estado gestionando las obligaciones tributarias de forma clara, incluyendo la declaración de IVA bimestral o cuatrimestral. Pero ahora surge una duda: ¿qué ocurre con esas obligaciones tras el cambio de régimen? ¿cómo afecta esta transición al IVA que ya debías presentar?
Es un escenario común, y como profesional contable, es crucial conocer los detalles y anticipar las implicaciones de este tipo de decisiones.
Puntos clave sobre la declaración de IVA en el régimen simple
A continuación, desglosaremos los puntos clave que debes considerar para asegurarte de que todo esté en regla y evitar sorpresas durante el año fiscal, en lo que respecta a la declaración del IVA al hacer la transición al régimen simple:
Inscripción en el régimen simple de tributación
- Si ya se cuenta con inscripción en el Registro Único Tributario —RUT—, el plazo máximo para acogerse al régimen simple es hasta el último día hábil de febrero del año gravable en el que se decide hacer el cambio.
- Para aquellos que se inscriben por primera vez en el RUT y desean pertenecer al régimen simple, pueden hacerlo en cualquier momento, siempre que indiquen en el formulario su intención de acogerse a este régimen desde el inicio.
Declaración de IVA en el régimen simple
- En el régimen simple, la declaración de IVA se presenta a través del formulario 300, pero de manera anual. Además, se deben hacer pagos de anticipos bimestrales mediante el formulario 2593.
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Escenarios frente a la declaración del IVA en el traslado al régimen simple
- Al hacer el traslado del régimen ordinario al simple, pueden surgir distintos escenarios en relación con el IVA:
- El contribuyente era responsable de IVA en el régimen ordinario y sigue conservando tal calidad al pasar al régimen simple.
- El contribuyente era responsable de IVA en el régimen ordinario; pero al trasladarse deja de ser responsable de IVA, si cumple lo estipulado en el artículo 437 del Estatuto Tributario —ET—.
¿Cómo se presenta la declaración de IVA en el traslado al régimen simple?
En este orden de ideas, cuando un contribuyente se traslada al régimen simple realizando su inscripción a más tardar en el mes de febrero y, a pesar del cambio, sigue siendo responsable de IVA, no está obligado a presentar la declaración de IVA de forma bimestral o cuatrimestral. Aunque los primeros dos meses del año aún pertenecía al régimen ordinario, el hecho de inscribirse en el régimen simple abarca todo el período gravable. Por lo tanto, tanto el IVA a pagar como el IVA descontable deberán reflejarse en el primer formulario 2593, relacionado con los anticipos bimestrales, y la presentación del formulario 300 deberá hacerse de forma anual.
En cambio, si el contribuyente era responsable de IVA en el régimen ordinario, pero al pasar al régimen simple pierde dicha calidad, entonces deberá presentar el último formulario 300 en el período correspondiente, ya sea de forma bimestral o cuatrimestral.
Tip Alegra: La periodicidad bimestral de la declaración de IVA se da cuando los ingresos brutos del contribuyente en el año anterior han sido iguales o superiores a 92.000 UVT ($3.901.904.000 por el 2023 y $4.329.980.000 por el 2024) y cuatrimestral cuando los ingresos hayan sido inferiores a 92.000 UVT (ver artículo 600 del ET).
En nuestro Consultorio Siempre Al Día: Claves para el régimen simple de tributación, el experto Carlos Guerra se refirió a este tema y ofreció más detalles sobre cómo manejar estas situaciones de manera eficiente para evitar contratiempos tributarios.
¿Tenías claro este tratamiento en relación con la declaración de IVA en el traslado al régimen simple de tributación? ¡Comparte tus comentarios con nosotros! Si quieres seguir profundizando en temas contables y fiscales, te invitamos a explorar más contenido en Siempre Al Día, donde encontrarás respuestas claras y útiles para tus dudas a nivel contable y tributario. ¡No te lo pierdas!