17 obligaciones fiscales en mayo de 2026: ¡Renta jurídica, exógena y más a la vez en el Calendario tributario!

El mes de mayo es uno de los meses con más vencimientos tributarios, tanto para personas naturales como jurídicas. Te contamos el detalle de cada una de las fechas para que verifiques cuáles aplican a tus clientes y puedas cumplir con ellas de manera oportuna evitando sanciones.

¡Conoce además los efectos del levantamiento de la contingencia de la Dian en dichos plazos!

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 29 Abr 2026

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17 obligaciones fiscales en mayo de 2026

Mayo 2026 es el mes más exigente del calendario tributario: exógena, renta jurídica, patrimonio, retenciones, IVA, SIMPLE, carbono, impuestos saludables y más, todo a la vez. Aquí tienes todas las obligaciones fiscales en mayo de 2026 con fecha por NIT para que ninguna obligación se te pase.

  • ¿Cuándo vence la renta de personas jurídicas en 2026? Entre el 12 y el 26 de mayo según el último dígito del NIT. El 50 % del impuesto se paga como primera cuota en esa misma fecha.
  • ¿Hasta cuándo va la exógena de personas jurídicas y naturales? Del 14 de mayo al 12 de junio de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. Grandes contribuyentes ya tuvieron sus fechas desde el 28 de abril.
  • ¿Qué otras obligaciones vencen en mayo? Actualización del RUB, retenciones de abril, IVA bimestral y cuatrimestral, patrimonio, anticipo SIMPLE, INC, carbono, PES, impuestos saludables y nómina electrónica.

La DIAN publicó el calendario tributario 2026 el 26 de diciembre de 2025, con fechas escalonadas según el tipo de contribuyente y el NIT. Mayo 2026 es el mes de mayor concentración de obligaciones del año: renta, exógena, patrimonio, retenciones y IVA, todo al mismo tiempo. Una sola fecha incumplida activa la sanción por extemporaneidad del artículo 641 del Estatuto Tributario: 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso. Aquí tienes el detalle completo de cada obligación con sus fechas.

Nota importante sobre día cívico: el 17 de abril de 2026 fue día cívico, por lo que la Dian ajustó los calendarios en concordancia con el Decreto 500 de abril 18 de 2024 sobre días no hábiles. Esto corrió los vencimientos de dígitos 1 y 2 para grandes contribuyentes en exógena. Los demás vencimientos de mayo no se alteraron.

1. Actualización del RUB por modificaciones detectadas al 1 de abril de 2026

Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares que detectaron modificaciones en su información del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) al 1 de abril de 2026 deben realizar la actualización de forma electrónica máximo el 4 de mayo de 2026. La obligación opera dentro del mes siguiente a cada corte trimestral (enero, abril, julio y octubre). Normativa: artículo 1.6.1.13.2.40 del Decreto 1625 de 2016.

2. Información exógena — Grandes contribuyentes (año gravable 2025)

Los grandes contribuyentes que deben reportar información exógena del año gravable 2025 tienen vencimientos entre el 28 de abril y el 13 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT. Los dígitos 1 y 2 se corrieron por el día cívico del 17 de abril:

Último dígito NITVencimiento
128 de abril
229 de abril
34 de mayo
45 de mayo
56 de mayo
67 de mayo
78 de mayo
811 de mayo
912 de mayo
013 de mayo

Para el detalle de formatos, umbrales y cambios respecto al año anterior, consulta nuestro artículo Fechas de información exógena 2025: vencimientos y cambios clave.

3. Información exógena — Personas jurídicas y naturales (año gravable 2025)

Para las demás personas jurídicas y naturales obligadas a reportar, los vencimientos van del 14 de mayo al 12 de junio de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT:

Dígitos NITVencimiento
01 al 0514 de mayo
06 al 1015 de mayo
11 al 1519 de mayo
16 al 2020 de mayo
21 al 2521 de mayo
26 al 3022 de mayo
31 al 3525 de mayo
36 al 4026 de mayo
41 al 4527 de mayo
46 al 5028 de mayo
51 al 5529 de mayo
56 al 601 de junio
61 al 652 de junio
66 al 703 de junio
71 al 754 de junio
76 al 805 de junio
81 al 858 de junio
86 al 909 de junio
91 al 9510 de junio
96 al 99 y 0012 de junio

4. Declaración de renta personas jurídicas — Primera cuota (año gravable 2025)

Las personas jurídicas presentan la declaración de renta del año gravable 2025 y pagan la primera cuota (50 % del impuesto) entre el 12 y el 26 de mayo de 2026. La segunda cuota vence entre el 9 y el 23 de julio de 2026. Los plazos aplican igualmente para el sector cooperativo del Régimen Tributario Especial:

Último dígito NITVencimiento mayo 2026
112 de mayo
213 de mayo
314 de mayo
415 de mayo
519 de mayo
620 de mayo
721 de mayo
822 de mayo
925 de mayo
026 de mayo

Los contribuyentes vinculados al mecanismo de obras por impuestos pueden presentar la declaración y pagar la primera o segunda cuota hasta el 29 de mayo de 2026. Normativa: artículos 1.6.1.13.2.11 y 1.6.1.13.2.22 del Decreto 1625 de 2016.

Te puede interesar nuestro editorial: Declaración de renta personas jurídicas: todo lo que necesitas conocer para el AG 2025.

5. Impuesto al patrimonio — Primera cuota (2026)

Los contribuyentes con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT ($3.770.928.000 en 2026) al 1 de enero de 2026 deben presentar declaración y pagar la primera cuota (50 %) en los mismos plazos de renta jurídica (12 al 26 de mayo según NIT). La segunda cuota vence el 10 de septiembre de 2026. Normativa: numerales 1 a 5 del artículo 292-3 del Estatuto Tributario y artículo 1.6.1.13.2.53 del Decreto 1625 de 2016.

Deben presentarla las personas jurídicas o naturales cuyos activos en el exterior al 1 de enero de 2026 superen 2.000 UVT ($104.748.000 en 2026). Los plazos son los mismos de renta jurídica: 12 al 26 de mayo según NIT. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016.

Tip Alegra: el 4 de mayo de 2026 también vence la segunda cuota (50 %) del impuesto al patrimonio empresarial creado por el Decreto Legislativo 0173 del 24 de febrero de 2026 — un tributo distinto al de esta sección, que aplica a personas jurídicas con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT ($10.474 millones). Novedad del 29 de abril: la Corte Constitucional suspendió provisionalmente esa segunda cuota para entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y empresas en liquidación (Auto 533 de 2026). Las demás sociedades sí deben pagar el 4 de mayo. Consulta el análisis completo en nuestro artículo: Corte Constitucional suspende segunda cuota del impuesto al patrimonio: ¿Qué deben hacer tus clientes?

7. Declaración de ingresos y patrimonio (año gravable 2025)

Las entidades no contribuyentes del impuesto de renta obligadas a esta declaración tienen los mismos plazos que las personas jurídicas: entre el 12 y el 26 de mayo según el último dígito del NIT.

8. Retención en la fuente — Período de abril de 2026

Los agentes de retención deben declarar y pagar las retenciones e irretenciones en la fuente del mes de abril de 2026. Aplica para retención y autorretención del impuesto de renta y complementario, impuesto de timbre e IVA (arts. 368, 368-1, 368-2, 437-2 y 518 del ET). Normativa: artículo 1.6.1.13.2.33 del Decreto 1625 de 2016.

Último dígito NITVencimiento mayo 2026
112 de mayo
213 de mayo
314 de mayo
415 de mayo
519 de mayo
620 de mayo
721 de mayo
822 de mayo
925 de mayo
026 de mayo

9. IVA bimestral — Período marzo-abril 2026

Los responsables del IVA con periodicidad bimestral deben declarar y pagar el período marzo-abril 2026 en los mismos plazos de retención (12 al 26 de mayo según NIT). Obligados: contribuyentes con ingresos brutos a diciembre 31 de 2025 iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000), productores y exportadores de bienes exentos. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016.

Te puede interesar nuestro editorial: Periodicidad del IVA e inicio de actividades: ejemplos prácticos para entender su aplicación.

10. IVA cuatrimestral — Período enero-abril 2026

Los responsables del IVA con periodicidad cuatrimestral deben declarar y pagar el período enero-abril 2026 en los mismos plazos del IVA bimestral (12 al 26 de mayo según NIT). Obligados: contribuyentes con ingresos brutos a diciembre 31 de 2025 inferiores a 92.000 UVT y superiores a 15.000 UVT. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.51 del Decreto 1625 de 2016.

11. Impuesto Nacional al Consumo (INC) — Período marzo-abril 2026

Los responsables del INC deben declarar y pagar el bimestre marzo-abril 2026 en los mismos plazos del IVA bimestral (12 al 26 de mayo según NIT). Normativa: artículo 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016.

12. Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) — Anticipo bimestral marzo-abril 2026

Los inscritos en el SIMPLE deben pagar el anticipo bimestral del período marzo-abril 2026 según el último dígito del NIT. Este es el segundo anticipo del año gravable 2026 (el primero, enero-febrero, venció del 12 al 26 de marzo). Exonerados: personas naturales con ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT ($183.309.000 en 2026) — solo presentan declaración anual consolidada. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto 1625 de 2016.

Último dígito NITVencimiento mayo 2026
112 de mayo
213 de mayo
314 de mayo
415 de mayo
519 de mayo
620 de mayo
721 de mayo
822 de mayo
925 de mayo
026 de mayo

Te puede interesar nuestro editorial: ¿Cómo se calcula el anticipo bimestral del régimen simple?

13. Impuesto Nacional al Carbono — Bimestre marzo-abril 2026

Los responsables del Impuesto Nacional al Carbono deben declarar y pagar el bimestre marzo-abril 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 (décimo día hábil de mayo), independientemente del NIT.

14. Presencia Económica Significativa (PES) — Anticipo bimestral marzo-abril 2026

Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia con PES que opten por declarar y pagar renta sin retención en la fuente deben realizar el anticipo del período marzo-abril 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 (décimo día hábil de mayo), independientemente del NIT. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.14 del Decreto 1625 de 2016.

15. Impuestos saludables — Bimestre marzo-abril 2026

Los responsables del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, deben declarar y pagar el bimestre marzo-abril 2026 según el último dígito del NIT. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.55 del Decreto 1625 de 2016.

Último dígito NITVencimiento mayo 2026
112 de mayo
213 de mayo
314 de mayo
415 de mayo
519 de mayo
620 de mayo
721 de mayo
822 de mayo
925 de mayo
026 de mayo

Te puede interesar nuestro editorial: Impuestos saludables: guía práctica para contadores sobre su funcionamiento.

16. Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM — Mes de abril 2026

Los responsables deben presentar la declaración mensual del período de abril de 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 (décimo día hábil), independientemente del NIT. Normativa: artículo 1.6.1.13.2.54 del Decreto 1625 de 2016.

17. Nómina electrónica — Período de abril 2026

El documento soporte de pago de nómina electrónica (DSNE) de abril de 2026 debe transmitirse a la Dian hasta el 12 de mayo de 2026 (décimo día hábil de mayo), conforme al artículo 3 de la Resolución 000013 de 2021. Consulta todas las fechas del año en el calendario de nómina electrónica 2026.

Resumen de vencimientos clave en mayo 2026

ObligaciónPeríodoFecha límite
Actualización RUBModificaciones al 1-abr-20264 de mayo (fijo)
Impuesto patrimonio empresarial Dto. 0173 — 2a cuota (suspendida para ESAL y empresas en liquidación — Auto 533/2026)20264 de mayo — aplica para demás sociedades
Exógena grandes contribuyentes AG 20254 al 13 de mayo (según NIT)
Exógena jurídicas y naturales AG 202514 mayo al 12 junio (según NIT)
Renta jurídicas AG 2025 — 1a cuota12 al 26 de mayo (según NIT)
Impuesto al patrimonio — 1a cuota202612 al 26 de mayo (según NIT)
Activos en el exteriorAG 202612 al 26 de mayo (según NIT)
Ingresos y patrimonioAG 202512 al 26 de mayo (según NIT)
Retención en la fuenteAbril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
IVA bimestralMarzo-abril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
IVA cuatrimestralEnero-abril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
INCMarzo-abril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
SIMPLE — Anticipo bimestralMarzo-abril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
Impuesto Nacional al CarbonoMarzo-abril 202615 de mayo (fijo)
PES — Anticipo bimestralMarzo-abril 202615 de mayo (fijo)
Impuestos saludablesMarzo-abril 202612 al 26 de mayo (según NIT)
Gasolina y ACPMAbril 202615 de mayo (fijo)
Nómina electrónicaAbril 202612 de mayo (fijo)

¿Qué sanciones debes tener en cuenta?

Presentar fuera del plazo sin emplazamiento previo activa la sanción por extemporaneidad del artículo 641 del Estatuto Tributario: 5 % del impuesto o retención a cargo por cada mes o fracción de mes de retardo, con tope del 100 %. La sanción mínima 2026 es $523.740 (10 UVT) y aplica incluso cuando no hay impuesto a cargo.

La sanción por no declarar (artículo 643 ET) puede llegar al 20 % de los ingresos brutos del período. Para contribuyentes con deudas en mora al 31 de diciembre de 2025, el Decreto 0240 de 2026 ofrece una ventana de alivio con reducción de sanciones al 15 % e intereses al 4,5 % anual, con plazo hasta el 30 de junio de 2026.

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