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¿Qué normatividad obliga a las entidades a presentar estados financieros al final de cada ejercicio?

Mediante el Concepto 0144 de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública en Colombia, se pronunció sobre la obligatoriedad de las entidades de emitir estados financieros al final del ejercicio contable; con la posibilidad de presentar también estados financieros intermedios. Veamos qué dice la norma al respecto.

Equipo Siempre al día

24 Ene 2024

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3 min de lectura

estados financieros

El Concepto 0144 de 2022 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– estipula que  todas las sociedades en Colombia están obligadas a presentar un juego de estados financieros como lo establece la Ley 222 de 1995 al fin de cada ejercicio y por lo menos una vez al año, el 31 de diciembre, junto con sus notas como parte indivisible de este.

¡Sigue leyendo para conocer sobre esta obligación!

¿Se pueden presentar estados financieros en fechas diferentes al 31 de diciembre?

Frente a esto, en el Concepto 1154 de 2020, el CTCP se refirió a la posibilidad de que las sociedades comerciales presenten estados financieros en fechas diferentes al 31 de diciembre, debido a requisitos legales o estatutarios, resaltando que esto no significa que dejen de presentar los estados financieros al 31 de diciembre de cada año. 

Para hacerlo, deben llevar a cabo un proceso contable en la fecha requerida, preparar todos los informes financieros necesarios, incluyendo la certificación y dictamen del revisor fiscal si es aplicable, y luego someterlos a la aprobación o desaprobación por parte de la máxima autoridad de la sociedad. 

En síntesis, las sociedades pueden presentar estados financieros en diferentes fechas, pero aún deben cumplir con la presentación anual de los estados financieros al 31 de diciembre, y  aplicar los principios y directrices establecidas en los marcos técnicos normativos de información financiera vigentes, conforme al grupo al cual pertenece la entidad.

¿En qué casos los estados financieros intermedios deben estar dictaminados?

Con respecto al dictamen de los estados financieros intermedios, es decir, los que se presenten antes del cierre del período contable, el CTCP, mediante el Concepto 0540 de octubre de 2022 aclara que lo que se dictamina son los estados financieros que se ponen a disposición de terceros que no tienen acceso a la información, esto es, los estados financieros de propósito general.

Por lo anterior, es fundamental que la entidad establezca si los estados financieros intermedios se dirigen a usuarios indeterminados o si se trata de estados financieros de propósito especial para uso exclusivo de la administración o las autoridades de regulación.

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