Formulario 2593 para anticipos bimestrales del régimen simple por los años gravables 2024 y siguientes fue prescrito por la Dian
A través de la Resolución 000081 de 2024 la Dian prescribió el formulario 2593 que deberán utilizar los contribuyentes del régimen simple de tributación para presentar sus anticipos bimestrales. Este formulario se utilizará para el año gravable 2024 y siguientes.
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El formulario 2593, debe ser utilizado por personas naturales y jurídicas contribuyentes del régimen simple de tributación para presentar sus anticipos bimestrales.
De esta manera, el 30 de abril de 2024, la Dian expidió la Resolución 000081 de 2024 para prescribir el formulario 2593 que deberá ser utilizado por estos contribuyentes para cumplir con tal obligación. Dicho formulario fue objeto de modificaciones en razón a la decisión de la Corte Constitucional, mediante su Sentencia C-540 de 2024, a través de la cual se declararon inexequibles algunas novedades que habían sido introducidas por la Ley 2277 de 2022 en relación con:
- El tope para que algunas personas naturales pudieran pertenecer al régimen simple.
- Las tarifas a aplicar en el régimen simple para las profesiones liberales y servicios profesionales de consultoría y científicos.
Profundiza sobre la decisión de la Corte Constitucional en nuestros editoriales:
- Impuestos para trabajadores independientes: reglas en el régimen simple cambian por decisión de la Corte
- Efectos de la Sentencia C-540 de 2023 en la determinación de los sujetos pasivos del régimen simple
- Tarifas del régimen simple para profesiones liberales luego de la Sentencia C-540 de 2023
Por lo anterior, el nuevo formulario 2593 está compuesto por 81 casillas e incorpora la tarifa simple consolidada bimestral para la actividad correspondiente a servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material; incluidas las profesiones liberales, establecida en el numeral 3 del parágrafo 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario —ET—, luego de la modificación efectuada por el artículo 42 de la Ley 2155 de 2021. Esta tarifa fue revivida por la Sentencia C-540 de 2023.
Tip Alegra: El pago del anticipo debe realizarse utilizando el formulario 490 «Recibo oficial de pago de impuestos nacionales», que se debe completar una vez se haya diligenciado y presentado el formulario 2593. La presentación del formulario 2593 se considerará formalizada con la realización del pago, en los casos en que resulte un valor a pagar.
Respecto a la versión anterior compuesta por 77 casillas, se eliminaron las 4 correspondientes a los grupos 4 y 5 los cuales quedaron derogados luego de la decisión de la Corte Constitucional.
¡Conoce el formulario 2593 para años gravables 2024 y siguientes!
Fuente: Dian

Equipo Siempre Al Díа
