Formato 1010 para información exógena AG 2025: ¿Cómo diligenciarlo correctamente?

El formato 1010 de información exógena para el año gravable 2025 debe diligenciarse con la información de todos los socios o accionistas, sin importar su participación, siguiendo la Resolución 000227 de 2025. Esta guía explica cómo llenarlo correctamente y evitar errores.

Escrito por:

Lina María Galindo López

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

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Equipo Alegra

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora Pública - Esp. Gerencia Tributaria

Actualizado el: 24 Abr 2026

9 min de lectura

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reporte formato 1010 exógena de Colombia

El formato 1010 de información exógena para el año gravable 2025 recopila la información de todos los socios, accionistas, comuneros, cooperados y asociados de una entidad. 

  • ¿Cuál es la novedad desde el año gravable 2024? Se debe reportar la totalidad de los accionistas sin importar el valor de sus aportes y se debe incluir la prima en colocación de acciones.
  • ¿Quiénes deben presentarlo? Personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro, las cooperativas y los fondos de empleados obligados a reportar según los numerales 5 y 6 del artículo 1.3.1.1 de la Resolución 000227 de 2025.

¿Qué es el formato 1010 de información exógena?

Es un formato oficial de la Dian que hace parte de la información exógena tributaria. En él se reporta la información de los socios, accionistas, comuneros, cooperados y asociados de una entidad.  Por el año gravable 2025, las instrucciones de diligenciamiento se encuentran en el artículo 1.3.5.1.1 de la Resolución 000227 de 2025.

Te pueden interesar nuestros editoriales: Formatos exógena 2025: Novedades para su reporte en 2026 – Parte I y Parte II.

¿Quiénes deben presentar el formato 1010 por el año gravable 2025 en 2026?

Está dirigido a las personas jurídicas (y asimiladas) con ánimo de lucro, así como a cooperativas y fondos de empleados, que están obligados a suministrar información exógena de acuerdo a los numerales 5 y 6 del artículo 1.3.1.1 de la Resolución 000227 de 2025:

Artículo 1.3.1.1 de la Resolución 000227 de 2025
Numeral 5Numeral 6
Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable a reportar o el año gravable inmediatamente anterior, hayan obtenido ingresos brutos superiores a 2.400 UVT ($112.956.000 por 2024 y $119.518.000 por 2025).Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas y demás obligados a practicar retenciones y/o autorretenciones en la fuente, impuesto sobre las ventas (IVA) y/o timbre, durante el año gravable a reportar.

Tip Alegra: En general, toda entidad obligada a reportar exógena que tenga socios o accionistas debe diligenciar el formato 1010.

¿Cuáles son las novedades en el formato 1010 por el año gravable 2025?

Por el año gravable 2025, el formato 1010 conserva la misma estructura que el utilizado en el año gravable 2024. Sin embargo es muy importante tener en cuenta que este formato tiene dos novedades clave desde la vigencia anterior:

  1. Se reporta la totalidad de los socios, accionistas o comuneros independiente del valor nominal de su aporte.
  2. Se añadió una nueva columna al reporte denominada “prima en colocación de acciones o cuotas”, destinada a los socios o accionistas que hayan pagado por ellas, así como a los nuevos socios o accionistas que hayan adquirido aportes de anteriores socios o accionistas que hayan pagado dicho valor.

Te puede interesar nuestro editorial: Información exógena en Colombia 2025 a presentar en 2026: Guía completa para contadores.

¿Por qué se exige reportar la prima en colocación de acciones en el formato 1010?

La inclusión de la columna para reportar la prima en colocación de acciones en el formato 1010 de información exógena permite a la Dian ejercer una mayor fiscalización sobre los accionistas, ya que esta figura, que representa el valor pagado en exceso sobre el valor nominal de las acciones, forma parte del patrimonio social como un superávit sujeto a las mismas reglas tributarias que el capital.

Esto es relevante porque algunos accionistas han utilizado la prima en colocación para disminuir indebidamente la base gravable del impuesto al patrimonio, generando un abuso tributario al declarar valores inferiores a los reales.

¿Cómo se deben tratar y reportar las acciones propias readquiridas por la sociedad?

Cuando una sociedad readquiere sus propias acciones que estaban en circulación, por ejemplo, porque un accionista las pone a la venta y los demás socios no las compran, estas acciones se consideran fuera de circulación. Esto significa que las «acciones propias readquiridas» y el valor adicional o prima que se haya pagado por ellas dejan de estar activas en el mercado y no deben reportarse en el formato 1010 de información exógena, ni siquiera por la sociedad que las compró, aunque haya pagado una prima al readquirirlas.

En términos prácticos, estas acciones no generan derechos como dividendos ni participan en decisiones societarias mientras estén en poder de la sociedad, y se reflejan en el balance como «acciones propias en cartera» dentro del activo, no como acciones en circulación.

¿Cómo se diligencia el formato 1010 de información exógena?

Para llenar adecuadamente el formato 1010 (versión 9), sigue estos pasos clave:

  1. Reúne información de los accionistas: compila nombre o razón social, tipo y número de identificación, dirección, país de residencia, porcentaje de participación, valor nominal de cada acción o aporte y valor pagado por prima en colocación de acciones o cuotas (si aplica).
  2. Usa el formato oficial: utiliza la versión 9 del formato 1010, correspondiente al año gravable 2025. Diligéncialo en el prevalidador actualizado publicado por la Dian. 

Tip Alegra: Este formato se encuentra en el prevalidador de informantes. Profundiza más sobre este tema en nuestro editorial: Prevalidadores de información exógena 2025: ¿Cómo descargarlos y qué debes tener en cuenta para usarlos?

  1. Ingresa los datos con precisión: registra un renglón por cada socio/accionista, completando todos los campos requeridos. Verifica que la información coincida con los registros oficiales (NIT o cédula, nombres completos, etc.).
  2. Incluye a todos los accionistas: no omitas a ningún socio por pequeño que sea su aporte. A diferencia de los años gravables 2023 y anteriores, ya no existe un tope mínimo; todos deben ser reportados (antes se reportaban solo aquellos cuyo valor nominal de aportes a diciembre 31 superaran los $3.000.000).

Ejemplo

Supongamos una empresa con los siguientes datos a 31 de diciembre de 2025:

SocioCapital suscrito y pagadoPrima en colocaciónTotal inversión (capital + prima)% Participación patrimonial
Juan Pérez Gómez$100.000.000$20.000.000$120.000.00060 %
Ana María Martínez Galindo$60.000000$10.000.000$70.000.00040 %

Teniendo los datos específicos de cada socio el diligenciamiento del formato 1010 quedaría así: 

imagen-siempre-al-día-ejemplo-formato-1010-informacion-exogena-colombia
  1. Revisar y validar: antes de enviar, realiza una revisión completa, para detectar errores de formato o inconsistencias. Corrobora que los valores nominales y las primas informadas sean correctos, teniendo en cuenta  las especificaciones del Anexo técnico T3. 17, especialmente:
  • Las columnas de valor nominal de la acción, aporte o derecho social a diciembre 31, así como el valor de la prima en colocación de acciones deben diligenciarse con un valor positivo, entero y no debe incluir ni puntos ni comas.
  • Para incluir  valores con parte decimal en la columna de porcentaje de participación siempre deben diligenciarse sin separación decimal; por ejemplo para el valor 75,4422%  diligencia, 754422, para el valor 60% diligencia 60. El valor máximo de esta casilla es 100.
  • En la columna de porcentaje de participación (posición decimal) diligencia el número de posiciones decimales para el valor de la casilla anterior, contada desde la derecha del valor de la casilla; por ejemplo, para 75,4422 diligencia 4, para el valor 60 diligencia 0. El valor máximo de esta casilla es 20.

¿Cómo se reportan los socios, accionistas, comuneros o asociados del exterior en el formato 1010?

Los socios, accionistas, comuneros, asociados y/o cooperados que sean entidades o sociedades extranjeras deben reportar su número de identificación utilizando el número, código o clave de identificación fiscal tal como figura en el registro fiscal del país de residencia o domicilio. El tipo de documento a utilizar será el 42. 

Tip Alegra: Si en dicho país no existe un número, código o clave fiscal, se deberá utilizar un número desde 444444001 hasta 444449999, utilizando el tipo de documento 43.

En cuanto a los socios, accionistas, comuneros, asociados y/o cooperados que sean personas naturales del exterior, a diferencia de las personas jurídicas, no se permite la falta de identificación. Deben reportarse con el número, código o clave de identificación registrado en el país de residencia o domicilio fiscal, utilizando también el tipo de documento 42.

Tip Alegra: Para las personas jurídicas y naturales del exterior no se deben reportar los campos de dirección, departamento y municipio.

¿Cuáles son los errores comunes al diligenciar el formato 1010?

A continuación, describimos los errores más comunes en el diligenciamiento de este formato: 

  • Datos incompletos: no incluir el valor de la prima en colocación de acciones (dato obligatorio desde el año gravable 2024).  Inclúyelo o ingresa «0» si no aplica.
  • Umbral mal aplicado: omitir socios porque antes solo se reportaban aportes mayores a $3.000.000. Desde el año gravable 2024 se reporta a todos los accionistas, sin excepciones.
  • Errores en los datos: una identificación mal digitada o un porcentaje de participación incorrecto puede generar rechazos. Verifica cuidadosamente cada campo con los documentos originales.

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Fuentes oficiales

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Dana Alejandra Becerra Zambrano
Revisado por: Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa especialización en Marketing Digital & E-Commerce. Con más de 8 años de experiencia en la creación de contenidos editorial y digital especializado en el sector contable y tributario en LATAM. Líder del Hub Editorial de Siempre Al Día, donde diseña y supervisa contenido técnico y estratégico para contadores, empresarios y emprendedores, garantizando información actualizada y respaldada por normativa oficial.

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Katherine
Katherine
1 año hace

Justo lo que necesitaba en este momento, muy clara la información.

Maylin
Maylin
1 año hace

Gracias mil

Jackeline
Jackeline
10 meses hace

Buen día, es decir que si según certificado de existencia y rep. legal el capital suscrito y pagado es por ejemplo 10.000.000 y el valor nominal es de 1.000 pesos, se debería reportar en el formato los 10 millones y no los 1000 pesos nominales ?

Siempre Al Día
Editor
10 meses hace
Responder a  Jackeline

Hola, Jackeline. ¡Gracias por seguir nuestros contenidos! Así es, de la lectura del artículo 19 de la Resolución 000162 de 2023 interpretamos que, si el capital suscrito y pagado es de $10.000.000 en la columna «Valor nominal de la acción, aporte o derecho social a diciembre 31» irían los $10.000.000. Adicional debes tener en cuenta la novedad para 2024 de reportar la prima en colocación de acciones o cuotas en la nueva columna «Valor prima en colocación de acciones a diciembre 31».

brigitte velaso
brigitte velaso
3 días hace

Buenas tardes, una pregunta si yo tengo un capital pagado de $2.000.000 y el valor nominal de $200.000 y tengo un solo accionista que debo colocar en el valor patrimonial al 31 de diciembre del año 2025 los dos millones o tengo que sacar el valor patrimonial al valor actual

Dana Becerra
Admin
21 horas hace
Responder a  brigitte velaso

Hola, Brigitte. El Formato 1010 lo diligencia la sociedad para reportar la información de sus socios o accionistas. En ese formato, el campo que debes completar es el valor nominal de la acción, aporte o derecho social a diciembre 31, que en tu caso corresponde al capital suscrito y pagado: $2.000.000. El valor de $200.000 es el valor nominal unitario por acción, no el total del aporte.

Desde el año gravable 2024, el formato también incluye una columna para la prima en colocación de acciones o cuotas; si no aplica, se ingresa cero. El valor patrimonial que el accionista declara en su propia renta es un asunto separado y no modifica lo que la sociedad reporta en el formato. Te recomendamos revisar el caso particular con tu equipo contable para asegurarte de que los datos del formato queden correctamente diligenciados.

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