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Calendario tributario de Cali para 2024

El Departamento Administrativo de Hacienda de la capital del Valle del Cauca, definió el calendario tributario de Cali que regirá para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en la ciudad en 2024. ¡Te detallamos las fechas más relevantes!

Equipo Siempre al día

16 Ene 2024

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4 min de lectura

Calendario tributario de Cali

A través de la Resolución 4131.010.21.0935 de diciembre 27 de 2023 modificada por la 4131.010.21.009 de enero 15 de 2024 se establecieron los plazos y descuentos para el cumplimiento del calendario tributario de Cali en 2024. A continuación, un resumen sobre las fechas más relevantes: 

Pago del impuesto predial unificado para la vigencia 2024

El artículo 1 de la Resolución 4131.010.21.0935 de 2023 modificado por el artículo 1 de la Resolución 4131.010.21.009 de 2024 señala los siguientes plazos para el pago de este impuesto: 

Modalidad de pagoVencimiento (en 2024)Descuento
Total en una sola cuota con descuento para contribuyentes no morosos30 de abril15 %
Total sin descuentos y sin intereses de mora30 de septiembre0 %

Los cambios principales efectuados por la resolución de 2024, consistieron en eliminar los descuentos del 10 % y el 5 % con fecha máxima de pago el 31 de mayo y el 29 de junio, ampliar la fecha para el descuento del 15 % al 30 de abril y corregir el error mecanográfico respecto al año en la fecha máxima para el pago sin descuentos y sin intereses de mora (estaba como 30 de septiembre de 2023 y en realidad era 30 de septiembre de 2024).

Presentación y pago de la declaración anual del impuesto de industria y comercio

Modalidad de pagoVencimiento (en 2024)Descuento
Total en una sola cuota con descuento para contribuyentes no morosos30 de abril15 %
Total sin descuentos y sin intereses de mora30 de septiembre0 %

El cambio principal efectuado por la resolución de 2024, consistió en eliminar los descuentos del 10 % y el 5 % con fecha máxima de pago el 31 de mayo y el 29 de junio, ampliar la fecha para el descuento del 15 % al 30 de abril y corregir el error mecanográfico respecto al año en la fecha máxima para el pago sin descuentos y sin intereses de mora (estaba como 30 de septiembre de 2023 y en realidad era 30 de septiembre de 2024).

Presentación y pago de la declaración anual del impuesto de industria y comercio

Los plazos para las personas naturales y jurídicas que deben cumplir con esta obligación por el año gravable 2023 están definidos en el artículo 2 de la Resolución 4131.010.21.0935 de 2023 de acuerdo al último dígito del Número de Identificación Tributaria —NIT— del declarante (sin tener en cuenta el dígito de verificación) y dependiendo de los ingresos netos a declarar (del año 2023), así:

Último dígito del NITIngresos netos a declarar
Iguales o superiores a $131.952Iguales o superiores a $32.998 e inferiores a $131.952Inferiores a $32.998
Fecha máxima en 2024
1 o 24 de marzo8 de abril6 de mayo
3 o 45 de marzo9 de abril7 de mayo
5 o 66 de marzo10 de abril8 de mayo
7 o 87 de marzo11 de abril9 de mayo
9 o 08 de marzo12 de abril10 de mayo

Presentación y pago de la declaración bimestral del impuesto de industria y comercio

La presentación y pago de esta declaración bimestral, correspondiente al año gravable 2024 se efectuará entre las siguientes fechas dependiendo del último dígito del NIT del declarante sin tener en cuenta el dígito de verificación (1 o 2, 3 o 4, 5 o 6, 7 o 8, y 9 o 0) así:

  • Bimestre 1: entre el 11 y el 15 de marzo.
  • Bimestre 2: entre el 14 y el 20 de mayo.
  • Bimestre 3: entre el 8 y el 12 de julio.
  • Bimestre 4: entre el 9 y el 13 de septiembre.
  • Bimestre 5: entre el 12 y el 18 de noviembre.
  • Bimestre 6: entre el 13 y el 17 de enero de 2025.  

Presentación y pago de la declaración bimestral de retención y autorretención del impuesto de industria y comercio

Esta declaración bimestral correspondiente a las retenciones y autorretenciones practicadas por concepto de este impuesto durante 2024 se deberán efectuar, en las mismas fechas señaladas para la declaración bimestral del impuesto de industria y comercio.

Tip Alegra: Con la Resolución 4131.010.21.009 de 2024 también se modificó el artículo 6 de la Resolución 4131.010.21.0935 de 2023 en relación con los lugares para la presentación y pago de las declaraciones tributarias.

¡Conoce más detalles sobre estas fechas descargando las dos resoluciones que definen el calendario tributario de Cali! 

Conoce la resolución que introdujo las modificaciones:

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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