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Efectos de la Sentencia C-540 de 2023 en la determinación de los sujetos pasivos del régimen simple

Con la Sentencia C-540 de 2023 se determinó que la limitación de las 12.000 UVT para la pertenencia de ciertas personas naturales al régimen simple es inexequible. Ante la duda de si los efectos de esta sentencia aplican por el año gravable 2023, la Dian realizó la cuarta adición al concepto general del régimen simple para aclarar este tema.

Equipo Siempre al día

Actualizado el: 01 Abr 2024

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8 min de lectura

Efectos de la Sentencia C-540 de 2023

Respecto a los efectos de la Sentencia C-540 de 2023, en relación con los sujetos pasivos del régimen simple debemos recordar que con esta la Corte Constitucional declaró inexequible un inciso del numeral 2 del artículo 905 del ET, que había sido adicionado por el artículo 42 de la Ley 2277 de 2022:

< Inciso adicionado por el artículo 42 de la Ley 2277 de 2022 >. Las personas que presten servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material incluidos los servicios de profesiones liberales, solo podrán ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE si por estos conceptos hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios inferiores a doce mil (12.000) UVT en el año gravable anterior. (…)

                                                          El subrayado es del Equipo Siempre Al Día

Tip Alegra: Con la indicación que había sido adicionada por la Ley 2277 de 2022 las personas naturales que desempeñaran estas actividades no podrían pertenecer al régimen simple si sus ingresos brutos del año anterior eran iguales o superiores a 12.000 UVT; es decir que sobre ellas no aplicaría el límite general de las 100.000 UVT.

En nuestro editorial “Impuestos para trabajadores independientes: reglas en el régimen simple cambian por decisión de la Corte conocerás los argumentos que motivaron la decisión de inexequibilidad por parte de esta entidad.

Ante la incógnita sobre la aplicación de la Sentencia C-540 de 2023 por el año gravable 2023, la Dian emitió el Oficio 100208192-154 de marzo 5 de 2024 realizando la cuarta adición al concepto general sobre el régimen simple de tributación para aclarar lo relacionado con la determinación de los sujetos pasivos y las tarifas aplicables.

En este editorial te contamos qué concluyó la entidad frente a la determinación de los sujetos pasivos.

¿Qué dijo la Dian sobre los efectos de la Sentencia C-540 de 2023 frente a los sujetos pasivos?

A través del Oficio 100208192-154 de marzo 5 de 2024 la Dian precisó que una vez la Corte Constitucional se pronuncia sobre la inexequibilidad de una ley, tal norma es retirada del ordenamiento jurídico. Con base a lo anterior y a lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Política de Colombia, las normas declaradas inexequibles por parte de la Sentencia C-540 de 2023 fueron retiradas del Estatuto Tributario y, por tanto, no pueden ser aplicadas por ser incompatibles con la Constitución Política. 

En lo que respecta a las normas que se revivieron con la misma sentencia, la Dian indicó que deben ser aplicadas desde el momento en que la Corte Constitucional  lo resolvió.

Con fundamento en lo anterior, la Dian respondió el interrogante sobre si aquellas personas que presten servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomina el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales que en el año gravable 2022 obtuvieron ingresos brutos superiores a las 12.000 UVT, pero inferiores a 100.000 UVT podrían pertenecer al régimen simple de tributación por el año gravable 2023.

Por tanto, y considerando que los efectos de la decisión rigen a partir del día siguiente a aquel en que la Corte tomó la decisión, la Dian concluyó que estas personas pueden ser sujetos pasivos del régimen simple por el año gravable 2023 si cumplen con los demás requisitos contenidos en los artículos 905 y 906 del ET . Por lo anterior podrán presentar la declaración anual consolidada en las fechas correspondientes,  las cuales podrás consultar en nuestro “Calendario Tributario 2024 , declarando la totalidad de sus ingresos e imputando las retenciones en la fuente practicadas; sin necesidad de liquidar anticipos.

Efectos de la Sentencia C-540 de 2023 en profesionales independientes del régimen simple

Tip Alegra: La Dian indicó que con la decisión de la Corte Constitucional se tiene que estas personas ya no están sujetas al límite de las 12.000 UVT; sino que sus ingresos deben ser inferiores a las 100.000 UVT ($4.241.200.000 por el año gravable 2023; teniendo en cuenta la UVT del 2022 y $4.706.500.000 por el año gravable 2024, teniendo en cuenta la UVT del 2023). 

Aplicación práctica sobre lo dicho por la Dian

Suponga que la señora Martha Cáceres tuvo durante el año gravable 2022 unos ingresos brutos por $510.000.000. En razón a los cambios que efectuó la Ley 2277 de 2022 sobre los requisitos para pertenecer al régimen simple, no ingresó a este o se retiró del mismo en 2023, dado que sus ingresos brutos fueron superiores a 12.000 UVT ($4.241.200.000 por el año gravable 2023, teniendo en cuenta la UVT del año 2022).

De acuerdo a lo dispuesto en el Oficio 100208192-154 de marzo 5 de 2024 la señora Martha puede evaluar a este momento si le es conveniente presentar la declaración anual consolidada del régimen simple o si, por el contrario, presenta la declaración de renta del régimen ordinario. 

Si decide presentar la declaración consolidada del régimen simple, no importa que al 31 de diciembre de 2023 no tenga la responsabilidad tributaria 47 en el RUT correspondiente a dicho régimen; sino la 05, pues el sistema le permitirá presentar el formulario 260, teniendo en cuenta lo siguiente:

¿Qué sucede con las retenciones que practicó o le practicaron en el régimen ordinario?¿Qué sucede con las declaraciones de IVA presentadas de forma bimestral o cuatrimestral en 2023?¿Qué sucede con las declaraciones de ICA presentadas en los respectivos municipios?¿Qué sucede con las declaraciones del impuesto nacional al consumo presentadas y pagadas?
Las que practicó tuvo que declararlas y pagarlas en el formulario 350 al haber tenido la obligación de actuar como agente de retención.
Las que le practicaron al igual que las autorretenciones que se haya practicado, deberá incluirlas en la casilla dispuesta en el formulario 260 para las retenciones y autorretenciones a título de renta practicadas antes de pertenecer al SIMPLE. En el proyecto de resolución publicado por la Dian el 19 de marzo de 2024 para modificar el formulario 260 la casilla corresponde a la 54.
Las declaraciones presentadas en el formulario 300, sea de forma bimestral o cuatrimestral, producirían efectos jurídicos; por tanto, se entiende que no habría lugar a que la Dian exija la presentación de la declaración de IVA anual cuyo plazo máximo se cumplió en febrero de 2024.En el proyecto de resolución publicado por la Dian el 20 de marzo de 2024 para modificar el formulario 260 se evidencia en la instrucción de la casilla 141 que habrán algunas casillas que no están visibles en el PDF del proyecto pero que permitirán incluir los valores pagados en el respectivo municipio o distrito según corresponda.En el proyecto de resolución publicado por la Dian el 20 de marzo de 2024 para modificar el formulario 260 se evidencia en la instrucción de la casilla 71 que habrá una casilla que no está visible en el PDF del proyecto, la 441 pero que permitirá incluir los valores declarados y pagados por concepto de este impuesto en el formulario 310.

Cabe indicar que lo dicho por la Dian, deja por fuera a aquellas personas naturales dedicadas a las actividades mencionadas, que obtuvieron ingresos inferiores a 12.000 UVT en 2022 y que no hayan optado por el régimen simple o que hayan decidido retirarse del mismo; pues la posibilidad de presentar la declaración anual consolidada por los efectos de la decisión de la Corte solo aplica para aquellos cuyos ingresos hayan sido superiores a 12.000 UVT e inferiores a 100.000 UVT (ver respuesta a pregunta 1.12 del Oficio 100208192-154 de 2024).

En nuestro editorial “Tarifas del régimen simple para profesiones liberales luego de la Sentencia C-540 de 2023 podrás conocer qué dijo la Dian al respecto de los efectos de la decisión de la Corte Constitucional en relación con las tarifas aplicables a este tipo de profesiones.

¡Descarga el Oficio 100208192-154 de 2024!

En nuestro portal Siempre Al Día encuentras toda la información que potencializará tu profesión ante la dinámica normativa a nivel contable y fiscal.

Gracias por llegar hasta aquí,
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