El 23 de abril de 2024 comienza el vencimiento de los plazos para la presentación del reporte de información exógena 2023, en donde personas naturales y jurídicas deberán presentar la información de las transacciones económicas realizadas durante el año en mención.
Tip Alegra: la información exógena constituye uno de los pilares más importantes de la función de fiscalización de la Dian, toda vez que a partir de la misma pueden efectuar cruces y estudios de información para ejercer mayor control de los tributos y contribuir a mejorar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales.
Ahora bien, mediante un comunicado de prensa, la Dian recordó que en la Resolución 001255 de 2022 se podrán consultar los requisitos para estar obligados a cumplir con esta obligación, así como también la información que deberán presentar, las especificaciones de los archivos y los vencimientos para la entrega de la información.
Recuerda que en nuestro editorial: “Información exógena 2023: aspectos clave para su presentación en 2024”, podrás consultar detalles importantes que te ayudarán a presentar el reporte de información exógena del año gravable 2023.
Adicionalmente, con el fin de que los contribuyentes puedan organizar previamente su información tributaria, la Dian recordó que en su portal web se encuentran disponibles para descarga los prevalidadores de los formatos para el reporte de exógena (consulta nuestro editorial: “Prevalidador para el reporte de exógena AG 2023 ya se encuentra disponible en el portal de la Dian”).
Así mismo, la administración tributaria también dispuso una cartilla del Sistema de Presentación que le indica a los obligados el paso a paso para presentar la información exógena en los tiempos estipulados.
Recomendaciones para el reporte de información exógena 2023
Para el correcto cumplimiento de la obligación de presentar el reporte de información exógena, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Inicia sesión en el portal transaccional de la Dian correctamente: para presentar el reporte de información exógena es indispensable que si la obligación la está cumplimiento una persona natural obligada a presentar este reporte, deberá iniciar sesión a nombre propio con el número de su documento de identidad.
Sin embargo, si la obligación la está cumpliendo una persona jurídica, deberá iniciar sesión con la opción NIT y el número de cédula del representante legal.
- Digita correctamente los valores en pesos: es importante recordar que las cifras monetarias dentro de los formatos deben reportarse en pesos, sin utilizar puntos ni comas.
- Digito de verificación del NIT: cuando dentro de los formatos se reporte a un tercero – persona jurídica con tipo de documento NIT, es importante tener en cuenta que el dígito de verificación que acompaña este número no debe incluirse dentro del reporte. Por tanto, solo debe reportarse los nueve números que conforman el NIT de la persona jurídica.
Tip Alegra: si al momento de diligenciar el número de documento de identidad o NIT de la persona natural o jurídica se generan dudas sobre si el mismo es correcto o no, puedes consultarlo a través del servicio “Estado del RUT” dispuesto en el portal web de la Dian, y así podrás verificar si dicho número corresponda al tercero que se está reportando.
- Información de terceros: para el reporte de terceros dentro de los formatos de exógena es indispensable contar con la información correspondiente a: nombre completo o razón social, dirección, código de departamento, país de residencia, código de municipio donde se ubica. Toda esta información la podrán encontrar en el RUT de cada persona natural o jurídica con quien se realizaron los respectivos hechos económicos que dan lugar al reporte de información en el reporte de exógena.
- Cumplimiento de normatividad aplicable: asegúrate de conocer y cumplir con la normatividad aplicable a cada formato para el reporte de información exógena, que para el caso del año gravable 2023 se regirá por lo consagrado en la Resolución 001255 de 2022 (descarga nuestra Guía Tributaria 2024 y conoce detalles para el diligenciamiento de los formatos de exógena).
Recuerda que, además, podrás apoyarte en un software contable como Alegra para generar los reportes de información exógena, lo que ayuda a reducir el margen de error al manipular menos los datos.
Con la contabilidad inteligente de Alegra podrás generar los reportes de información exógena para presentar los formatos ante la Dian (formatos 1001, 1003, 1005, 1006, 1007, 1008 y 1009) de acuerdo a la normativa vigente de forma fácil y rápida porque la parametrización para cada formato permite que las complejas y cuidadosas instrucciones contenidas en la Resolución 0001255 de 2022 sean resueltas en cómodos pasos. ¡Compruébalo con esta información que tenemos para ti!