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ToggleEn México, cumplir con las obligaciones fiscales es fundamental para evitar sanciones económicas impuestas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas multas, además de representar un impacto financiero, pueden complicar la relación del contribuyente con la autoridad fiscal, generando mayores problemas a futuro. En este artículo, te explicaremos las principales causas de estas multas, sus montos y las estrategias para prevenirlas o incluso reducirlas.
¿Por qué el SAT impone multas?
El SAT busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas por la ley. Las multas son una medida correctiva que incentiva a los contribuyentes a actuar de forma responsable con sus impuestos y obligaciones tributarias. Estas sanciones pueden aplicarse tanto a personas físicas como morales que incumplen sus responsabilidades fiscales.
Principales causas de las multas del SAT
Entres las principales multas del SAT se encuentran:
No presentar declaraciones fiscales en tiempo y forma:
No presentar tus declaraciones fiscales al SAT en tiempo y forma puede acarrear diversas sanciones económicas. Según el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, las multas aplicables son:
- De $1,810 a $22,400 pesos por cada obligación no declarada de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
- De $1,810 a $44,790 pesos por presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia fuera del plazo señalado o por su incumplimiento.
- De $18,360 a $36,740 pesos por no presentar las declaraciones a través de los medios electrónicos establecidos o hacerlo fuera de los plazos señalados.
Es importante destacar que, si corriges tus obligaciones de manera voluntaria antes de recibir un requerimiento del SAT, no se te impondrán sanciones o multas. Sin embargo, si lo haces después de ser requerido por la autoridad, se aplicarán las sanciones correspondientes.
Errores en la información proporcionada:
Declarar datos incorrectos o incompletos, ya sea intencionadamente o por error, puede derivar en sanciones económicas. Si el SAT detecta indicios de evasión fiscal, las multas pueden ser más severas.
Las multas aplicables son:
- De $1,340 a $4,480 por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno.
- De $30 a $120 por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales.
- De $240 a $440 por cada dato no asentado o asentado incorrectamente. Siempre que se omita la presentación de anexos, se calculará la multa en los términos de este inciso por cada dato que contenga el anexo no presentado.
- De $900 a $ 2,230 por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante confirme al catálogo de actividades que publique la Secretaría de Hacienda mediante reglas de carácter general, o señalarlo equívocamente.
- De $5,500 a $18,360 por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.
- De $1,620 a $4,860 por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado.
No emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)
Todas las transacciones comerciales deben respaldarse con un CFDI. No emitirlo o hacerlo de forma incorrecta (por ejemplo, con datos incompletos) puede generar multas considerables de acuerdo el artículo 83, fracción VII del CFF.
Así, según el artículo 84, fracción IV del CFF, las sanciones por esta infracción son:
- Multa de $19,700 a $112,650 para contribuyentes en general. En caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán adicionalmente clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días; para determinar dicho plazo, se tomará en consideración lo previsto por el artículo 75 del CFF.
- Multa de $1,910 a $3,800 para contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En caso de reincidencia, la autoridad fiscal también podrá aplicar la clausura preventiva.
- Multa de $19,050 a $108,870 para contribuyentes autorizados para recibir donativos deducibles. En caso de reincidencia, además se revocará la autorización para recibir donativos deducibles.
- Multa de $450 a $670 por cada comprobante fiscal que se emita y no cuente con los complementos que se determinen mediante las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT (por ejemplo: carta porte, complementos de pago, etc.).
Falta de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
La falta de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) cuando se está legalmente obligado a ello constituye una infracción fiscal. Según el artículo 79 del CFF, las infracciones relacionadas con el RFC incluyen:
- No solicitar la inscripción al RFC o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea.
Las sanciones correspondientes a estas infracciones están establecidas en el artículo 80 del CFF, que indica:
- Multa de $4,480 a $13,430 por no inscribirse en el RFC cuando se está obligado a ello o por hacerlo fuera del plazo establecido.
- Multa de $5,400 a $10,780 por no presentar los avisos al registro o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,800 a $3,600.
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¿Es posible reducir o evitar las multas?
Si se corrige la situación fiscal del contribuyente de manera voluntaria antes de recibir un requerimiento del SAT, no se impondrá multa. Esto aplica para:
- Declaraciones complementarias para corregir errores.
- Pagos extemporáneos con recargos y actualizaciones.
Reducción de multas
De acuerdo con el artículo 74 del CFF, cuando la multa ya ha sido impuesta, es posible obtener una reducción si el contribuyente cumple con los requisitos establecidos:
- 20 % a 50 % de reducción, si la multa es pagada dentro del plazo señalado en la resolución que la impone.
- En algunos casos, el SAT puede autorizar reducciones mayores si se celebra un acuerdo conclusivo mediante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Acuerdos conclusivos (Artículo 69-C del CFF)
Según el artículo 69-C del CFF, los contribuyentes sujetos a auditorías o revisiones fiscales pueden solicitar un acuerdo conclusivo ante la Prodecon para resolver diferencias con el SAT sin necesidad de litigio. Esto puede evitar la imposición de multas o reducirlas significativamente.
Subsanación de omisiones antes de actos de fiscalización
Si un contribuyente regulariza su situación fiscal antes de ser objeto de una auditoría o revisión por parte del SAT, las multas pueden no ser aplicables, siempre que la corrección sea integral y oportuna.
Facilidades administrativas y programas del SAT
El SAT, en ocasiones, emite reglas generales que permiten condonaciones o reducciones de multas a contribuyentes que cumplan con ciertos requisitos, como:
- Pago total del adeudo principal.
- Inscripción o regularización en el RFC.
Defensa legal
En casos donde la multa sea considerada injustificada o incorrecta, el contribuyente puede interponer:
- Recurso de revocación (artículo 116 del CFF).
- Juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
Consejos para evitar multas del SAT
- Mantén tus obligaciones fiscales al día: Cumple con la presentación y pago de tus declaraciones en los plazos establecidos para evitar recargos o multas.
- Lleva un control adecuado de tus ingresos y egresos: Una buena contabilidad te permitirá declarar correctamente y evitar errores que puedan ser interpretados como evasión.
- Atiende de inmediato cualquier requerimiento del SAT: Responde oportunamente a las solicitudes de información o documentación para evitar sanciones adicionales.
- Capacítate en temas fiscales: Comprender tus obligaciones como contribuyente te ayudará a reducir errores y actuar con mayor seguridad.
Cumplir con tus obligaciones fiscales no solo evita multas, sino que también te permite operar dentro del marco legal, generar confianza en tus clientes y mantener una relación positiva con las autoridades fiscales. Recuerda que, ante cualquier duda, siempre es recomendable buscar asesoría de un contador profesional o consultar directamente al SAT.
¡Estar informado es el primer paso para evitar problemas! Para esto continúa consultando Siempre Al Día, en donde encontrarás toda la información que necesitas para cumplir con el SAT sin complicaciones.