Consideraciones de los avisos de socios y accionistas ante el SAT

Esta es una obligación que deben cumplir los contribuyentes que realicen un cambio en la estructura accionaria.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 10 Jul 2024

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6 min de lectura

Avisos de socios y accionistas

La información con la que cuenta la autoridad, la obtiene principalmente de los datos que los propios contribuyentes presentan en sus declaraciones de impuestos, así como de la información contenida en los CFDI; no obstante, no toda la información se obtiene de esa forma, ya que también existen obligaciones de proporcionar información por parte de los contribuyentes, ejemplo de ello es el aviso de socios y accionistas.

Existen diversas formas para que la autoridad conozca a la información de los socios y accionistas, las cuales se abordaran a lo largo del presente material.

Socios extranjeros

La Forma 96 se sustenta en el artículo 27, apartado A, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), y tiene como objetivo asegurar que los socios o accionistas de empresas mexicanas residentes en el extranjero no necesiten inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de México. Este formulario debe presentarse dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio anual, lo que este año implica hacerlo a más tardar el 31 de marzo de 2024.

En este caso, es esencial obtener un acuse de aceptación por parte de la autoridad fiscal para considerar cumplida esta obligación, por lo que se recomienda seguir de cerca el proceso hasta obtener dicho documento.

Forma 96 | Ficha 139/CFF

Para presentar la Forma 96, se deben seguir los siguientes pasos precisos:

  1. Acceder al portal «Mi Portal» del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y seguir el procedimiento detallado en la ficha 139/CFF mencionada.
  2. Descargar y completar correctamente la forma oficial 96 titulada «Relación de Socios, Accionistas o Asociados Residentes en el Extranjero, de personas morales residentes en México, que optan por no inscribirse en el RFC».
  3. La autoridad fiscal validará la información proporcionada y, si cumple con todos los requisitos solicitados, se considerará que el aviso ha sido presentado de manera adecuada.

Es crucial prestar atención especial a la documentación adjunta, ya que debe coincidir con la información declarada en la forma 96. Se recomienda:

  • Asegurarse de que las actas cuenten con la debida protocolización y, si es necesario, estén registradas adecuadamente en el registro público correspondiente.
  • Verificar que la información detallada en la forma 96 concuerde exactamente con la información contenida en las actas, especificando claramente las páginas y secciones relevantes donde la autoridad pueda realizar verificaciones cruzadas.
  • Además, se debe revisar cuidadosamente si la compañía ha experimentado alguna reestructura accionaria de manera indirecta a nivel de grupo. Por ejemplo, si ha sido adquirida por otro grupo internacional, esto deberá confirmarse mediante estudios de precios de transferencia, reportes informativos sobre precios o estudios del beneficiario controlador.

Aviso de socios general

La ficha 295/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2024, se fundamenta en el artículo 27, apartado B, fracción VI del CFF y tiene como propósito actualizar todos los cambios e incorporaciones relacionados con socios o accionistas. Esto abarca ajustes en la participación accionaria por aportación, capitalización de deuda, retiros y otras situaciones como fusiones, escisiones, liquidaciones y cualquier reestructuración societaria que afecte directa o indirectamente la composición accionaria. Además, es fundamental para mantener actualizada la información sobre los representantes legales ante las autoridades fiscales.

Los contribuyentes deben informar y actualizar esta información por cada persona, lo cual también se recomienda hacer de forma regular debido a que estos datos se utilizan en diversos trámites, incluyendo asuntos relacionados con el comercio exterior como el padrón de importadores.

Es relevante señalar que la Ficha 295/CFF requiere la aprobación y autorización de las autoridades, es decir, se debe obtener un «acuse de aprobación» para cumplir con esta obligación. A diferencia de la Forma 96, que es un aviso, se ha observado que la autoridad puede rechazar la ficha en algunas ocasiones, por lo que se aconseja verificar la aceptación del trámite; no obstante, el simple envío puede considerarse como cumplimiento de la obligación.

Para presentar y obtener la aprobación de la Ficha 295/CFF, se deben seguir varios pasos y consideraciones detalladas:

  1. Acceder al aplicativo «Socios o Accionistas» en el portal del SAT y seleccionar el trámite correspondiente, ya sea la actualización de socios o accionistas, o de representantes legales.
  2. Asegurarse de tener vigente la firma electrónica de la empresa, ya que es necesaria para realizar el trámite.
  3. Llenar los datos requeridos dentro del aplicativo. Es recomendable tener preparada la información de los socios o accionistas, la fecha del acta de asamblea que dio origen al cumplimiento del trámite, y el RFC del o los representantes legales.
  4. La documentación que se debe integrar generalmente incluye: el acta protocolizada que detalle la estructura accionaria actual de la empresa, la identificación oficial de los socios o accionistas (que puede ser la Forma Oficial 96 convertida a PDF en caso de residentes en el extranjero), el poder notarial vigente de cada representante legal con facultades para efectos del SAT, y la identificación oficial de cada representante legal.

Es importante estar consciente de que este trámite puede ser rechazado por la autoridad fiscal, por lo que se sugiere:

  • Evaluar la posibilidad de establecer un acercamiento con las autoridades competentes, aunque suele ser complicado obtener explicaciones detalladas antes de presentar y esperar la respuesta oficial.
  • Prepararse para posibles respuestas ambiguas o contradictorias de la autoridad; en estos casos, tener respuestas documentadas puede ser útil.
  • Considerar el uso del servicio de queja que ofrece la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para dar seguimiento y presionar a la autoridad fiscal hasta obtener la aprobación deseada.
  • Evaluar si la actualización debe realizarse únicamente a nivel de socios o accionistas o también incluir la parte de representación legal, ya que actualizar ambos aspectos puede complicar la aprobación del trámite.

Si deseas conocer más información en materia tributaria, te invitamos a seguir consultando nuestro portal Siempre Al Día, para mantenerte actualizado en tópicos relevantes.

Gracias por llegar hasta aquí,
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