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ToggleLos plazos para la presentación de la información exógena distrital del 2023 fueron definidos por la Secretaria Distrital de Hacienda mediante la Resolución DDI-012726 de mayo 30 de 2024.
Esta resolución también establece el contenido y las características de la información a presentar por parte de personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho.
Información exógena distrital que se deberá presentar
El detalle de esta información se encuentra contenida en los artículos 1 a 17 y 19 de la Resolución DDI-012726 así (el artículo 18 de la resolución habla sobre cómo se deben reportar las personas jurídicas extranjeras):
Artículo | Detalle |
1 | Información de ingresos obtenidos por actividades excluidas o no sujetas, bases gravables especiales y otros ingresos no gravados, deducciones o exenciones de los contribuyentes de ICA en Bogotá. |
2 | Información de compras de bienes y/o servicios. |
3 | Información de venta de bienes. |
4 | Información que deben reportar los agentes de retención del impuesto de industria y comercio. |
5 | Información que deben reportar los agentes de retención por el sistema de retención de tarjetas débito y crédito. |
6 | Información que deben reportar los sujetos de retención del impuesto de industria y comercio. |
7 | Información de cuentas corrientes o de ahorros e inversiones. |
8 | Información que deben reportar los administradores de fondos de inversión o carteras colectivas. |
9 | Información de ingresos recibidos para terceros. |
10 | Información que deben suministrar las sociedades fiduciarias. |
11 | Información que deben suministrar los operadores de telefonía móvil. |
12 | Información que debe suministrar las inmobiliarias, aseguradoras y/o afianzadoras sobre arrendamientos. |
13 | Información de ingresos obtenidos fuera de Bogotá. |
14 | Información de ingresos por venta de activos fijos. |
15 | Ingresos obtenidos por exportaciones de bienes y servicios. |
16 | Ingresos obtenidos por ventas de bienes a sociedades de comercialización internacional con fines de exportación. |
17 | Información parcial. |
19 | Información de sociedades fusionadas. |
Plazos para presentar la información exógena distrital de 2023
El artículo 20 de la resolución objeto de estudio señala los siguientes plazos para la presentación de la información exógena distrital en 2024, dependiendo del último dígito del Número de Identificación Tributaria —NIT— sin tener en cuenta el dígito de verificación:
Último dígito | Plazo máximo de presentación en 2024 |
0 | 19 de agosto |
1 | 20 de agosto |
2 | 21 de agosto |
3 | 22 de agosto |
4 | 23 de agosto |
5 | 26 de agosto |
6 | 27 de agosto |
7 | 28 de agosto |
8 | 29 de agosto |
9 | 30 de agosto |
¡Descarga la resolución completa y profundiza en el detalle de la información a reportar!
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