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Plazos para presentar la información exógena distrital de 2023 en 2024

El 30 de mayo de 2024 se expidió la Resolución DDI-012726 para establecer la información exógena distrital que deberán presentar personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho por el 2023, así como los plazos máximos para cumplir con esta obligación.

Equipo Siempre al día

Actualizado el: 07 Jun 2024

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3 min de lectura

Plazos información exógena distrital

Los plazos para la presentación de la información exógena distrital del 2023 fueron definidos por la Secretaria Distrital de Hacienda mediante la Resolución DDI-012726 de mayo 30 de 2024

Esta resolución también establece el contenido y las características de la información a presentar por parte de personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho.

Información exógena distrital que se deberá presentar

El detalle de esta información se encuentra contenida en los artículos 1 a 17 y 19 de la Resolución DDI-012726 así (el artículo 18 de la resolución habla sobre cómo se deben reportar las personas jurídicas extranjeras):

ArtículoDetalle
1Información de ingresos obtenidos por actividades excluidas o no sujetas, bases gravables especiales y otros ingresos no gravados, deducciones o exenciones de los contribuyentes de ICA en Bogotá.
2Información de compras de bienes y/o servicios.
3Información de venta de bienes.
4Información que deben reportar los agentes de retención del impuesto de industria y comercio.
5Información que deben reportar los agentes de retención por el sistema de retención de tarjetas débito y crédito.
6Información que deben reportar los sujetos de retención del impuesto de industria y comercio.
7Información de cuentas corrientes o de ahorros e inversiones.
8Información que deben reportar los administradores de fondos de inversión o carteras colectivas.
9Información de ingresos recibidos para terceros.
10Información que deben suministrar las sociedades fiduciarias.
11Información que deben suministrar los operadores de telefonía móvil.
12Información que debe suministrar las inmobiliarias, aseguradoras y/o afianzadoras sobre arrendamientos.
13Información de ingresos obtenidos fuera de Bogotá.
14Información de ingresos por venta de activos fijos.
15Ingresos obtenidos por exportaciones de bienes y servicios.
16Ingresos obtenidos por ventas de bienes a sociedades de comercialización internacional con fines de exportación.
17Información parcial.
19Información de sociedades fusionadas.

Plazos para presentar la información exógena distrital de 2023

El artículo 20 de la resolución objeto de estudio señala los siguientes plazos para la presentación de la información exógena distrital en 2024, dependiendo del último dígito del Número de Identificación Tributaria —NIT— sin tener en cuenta el dígito de verificación:

Último dígitoPlazo máximo de presentación en 2024
019 de agosto
120 de agosto
221 de agosto
322 de agosto
423 de agosto
526 de agosto
627 de agosto
728 de agosto
829 de agosto
930 de agosto

¡Descarga la resolución completa y profundiza en el detalle de la información a reportar!

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