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Obligaciones tributarias de las juntas de acción comunal: Dian emite guía sobre este tema

Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las juntas de acción comunal, la Dian preparó una guía con información práctica dirigida para orientar a estos organismos y demás organizaciones populares.

Equipo Siempre al día

Actualizado el: 28 May 2024

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5 min de lectura

Obligaciones tributarias de las juntas de acción comunal

Son varias las obligaciones tributarias de las juntas de acción comunal y organizaciones populares; por lo que la Dian emitió una completa guía tributaria para facilitar su cumplimiento. A continuación te contamos los temas que son tratados en esta guía.

1. Inscripción y actualización del Registro Único Tributario —RUT—

Teniendo en cuenta que todos los organismos de acción comunal, así como sus representantes legales (presidentes y vicepresidentes) están obligados a inscribirse en el RUT y mantener actualizada su información, en la guía tributaria la Dian desarrolla los siguientes interrogantes:

  1. ¿Qué es el RUT?
  2. ¿Para qué sirve?
  3. ¿Cómo sacar el RUT de un organismo de acción comunal u otra organización popular?
  4. ¿Cuándo actualizar el RUT?
  5. ¿Cómo actualizar el RUT?
  6. ¿Qué hacer cuando le pidan copia del RUT?
  7. ¿Los organismos comunales deben declarar renta?

2. Presentación de la información exógena

La Dian indica que los organismos comunales  deben presentar información exógena de acuerdo con los requisitos expuestos en la resolución que año a año expide la Dian para definir los obligados a cumplir con este reporte. En lo que respecta al año gravable 2023, estos organismos se encuentran obligados por lo dispuesto en los  literales e) y f) del artículo 1 de la Resolución 001255 de 2022.

El literal e), establece la obligación si en el 2022 o 2023 se tuvo ingresos brutos superiores a $100.000.000. Por su parte, el literal f) indica que estarán obligados quienes por el 2023 hayan estado obligados a hacer retenciones o autorretenciones en la fuente a título de renta, IVA o timbre.

Con base en esto, en la guía tributaria, la Dian explica, los medios a través de los cuales se debe hacer el reporte de la información por parte de estos organismos.

Profundiza en todas las novedades que tiene el reporte de información exógena por el año gravable 2023 en nuestro editorial: Información exógena 2023: aspectos clave para su presentación en 2024.

3. Retención en la fuente

En cuanto a este mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos en la guía tributaria la Dian aborda los siguientes temas:

  1. ¿Qué es la retención en la fuente?
  2. ¿Quiénes hacen retención en la fuente?
  3. ¿Cuándo deben hacer retención en la fuente los organismos de acción comunal?
  4. ¿Qué obligaciones tienen los agentes retenedores?
  5. ¿Qué pasa cuando las retenciones no se hacen a pesar de ser obligatorias?
  6. ¿Qué pasa si la organización no consigna las retenciones que hizo?
  7. ¿Qué pasa si la organización no expide los certificados de retención?

4. Registro Único de Beneficiarios —RUB—

Las organizaciones comunales deben suministrar a la Dian la información de sus beneficiarios finales. Los temas abordados en la guía son los siguientes:

  1. ¿Qué es un beneficiario final en los organismos de acción comunal?
  2. ¿Qué información se debe incluir en el RUB?
  3. ¿Cuándo reportar en el RUB?
  4. ¿Cómo reportar en el RUB?

Conoce los pasos para la actualización del RUB en nuestro editorial: Actualización del RUB: ¿qué pasos se deben seguir?

5. Impuesto sobre las ventas —IVA—

Cuando los organismos de acción comunal cumplen alguno de los hechos generadores de IVA, se convierten en responsables de dicho impuesto. Por esta razón en la guía se profundiza en:

  1. ¿Cuáles son los hechos que generan el IVA?
  2. ¿Cuál es la tarifa aplicable para el IVA?
  3. ¿Con qué periodicidad se debe presentar y pagar el IVA?

6. Facturación electrónica

La Dian precisa que los organismos de acción comunal no están obligados a facturar electrónicamente, siempre y cuando no necesiten solicitar la devolución y/o compensación de los saldos a favor del IVA. De esta manera, en la guía se resuelven los siguientes interrogantes:

  1.  ¿Cómo puede un organismo de acción comunal facturar electrónicamente?
  2. ¿Qué es el servicio de facturación gratuito de la Dian?
  3. ¿Cuáles son los pasos para empezar a facturar electrónicamente?

En Alegra, hemos actualizado nuestro sistema para que puedas emitir tus facturas electrónicas acordes con las recientes actualizaciones del anexo 1.9, establecidas en la Resolución 000165 de 2023, que entraron en vigor el 1 de mayo de 2024.

¡Aprovecha nuestros 15 días de prueba gratuita y elige la solución que mejor se adapte a tus necesidades!

Resuelve dudas sobre este tema reviviendo nuestro Consultorio Siempre Al Día con Arles Ibarra y Andrés Torres.

7. Bibliografía de leyes, resoluciones y decretos

Finalmente, la Dian relaciona una completa bibliografía sobre la normativa que respalda las obligaciones tributarias de los organismos de acción comunal.

¡Descarga la guía y amplía toda esta información!

¿Qué otra información consideras debió ser incluida en esta guía por parte de la Dian? Deja tu opinión en los comentarios y no olvides seguir explorando nuestro portal Siempre Al Día para mantenerte informado sobre las últimas novedades en contabilidad, fiscalidad, legislación laboral y finanzas. 

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

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