¿Cuál es la tarifa del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas para 2026?
A través de la Circular externa 000005 de 2025 la Dian estableció el valor del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas que regirá para el 2026, según lo dispuesto en el artículo 512-15 del ET.
Escrito por:

Diana Milena Cadavid Marín
Equipo Siempre Al Día
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Toggle¿Cuál es la tarifa del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas para 2026? La tarifa del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas que regirá para el año 2026 es de $73, de acuerdo con la Circular externa 000005 de diciembre 16 de 2025 emitida por la Dian.
Con relación al año 2025, este impuesto tuvo una variación de $3, pues para dicho año el impuesto fue de $70 (teniendo en cuenta los valores aproximados). Ahora bien, el incremento sin tener en cuenta la aproximación fue del 5,3 %.
Aquí te contamos todo lo que debes atender sobre este indicador.

¿Cuál es la normativa relacionada con la tarifa del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas?
Es importante tener en cuenta que, este impuesto fue creado con el artículo 207 de la Ley 1819 de 2016 mediante el cual se adicionó al Estatuto Tributario el artículo 512-15.
Este impuesto desde julio de 2017 hasta el 2020 tuvo una variación progresiva de $10 por año. Desde 2021, tales tarifas se actualizan de forma anual, en un porcentaje equivalente a la variación del índice de precios al consumidor certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística —Dane— al 30 de noviembre, aproximando el resultado al peso más cercano.
¿Cuáles han sido las tarifas históricas del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas?
A continuación, el histórico de este impuesto desde que fue creado:
| Año | Impuesto |
| 1 de julio de 2017 | $20 |
| 2018 | $30 |
| 2019 | $40 |
| 2020 | $50 |
| 2021 | $51 |
| 2022 | $53 |
| 2023 | $60 |
| 2024 | $66 |
| 2025 | $70 |
| 2026 | $73 |
¡Descarga la circular!
¿Qué características se deben tener en cuenta sobre el impuesto al consumo de bolsas plásticas?
Las características que debes tener en cuenta frente a este impuesto se pueden resumir en la siguiente tabla:
| Característica | INC bolsas plásticas |
| Hecho generador | Entrega de bolsa al consumidor en punto de venta. |
| Objeto gravado | Exclusivamente bolsas para transporte. |
| Sujeto pasivo | El consumidor final. |
| Tarifa 2026 | $73 pesos por unidad. |
| Periodicidad | Bimestral (ver calendario tributario 2026). |
| Formulario | 310 (Impuesto Nacional al Consumo). |
| Responsabilidad RUT | Código 33 (Impoconsumo). |
¿Hay alguna exención o tarifa diferencial en el impuesto al consumo de bolsas plásticas?
Según el parágrafo 1 del artículo 512-15 del Estatuto Tributario, las bolsas que ofrezcan soluciones ambientales pueden tener tarifas del 0 %, 25 %, 50 % o 75 % del valor pleno.
Para aplicar estas tarifas, no basta con que el proveedor diga que la bolsa es eco-amigable, de acuerdo con el artículo 512-16 del Estatuto Tributario, se requiere una certificación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) basada en criterios técnicos del Ministerio de Ambiente. Sin este certificado, se debe asumir la tarifa plena de $73 para evitar contingencias.
Además, las bolsas diseñadas para ser reutilizadas (típicamente de tela o plásticos de alto calibre) que cumplan características técnicas específicas no causan el impuesto, ya que no se consideran de un solo uso en el espíritu de la norma de consumo masivo. Tampoco causan el impuesto las bolsas utilizadas como material de empaque de productos preempacados.
¿Qué impacto tiene el impuesto al consumo de bolsas plásticas en la contabilidad?
Para el supermercado o comercio, el dinero recibido por concepto de impuesto al consumo de bolsas plásticas no es un ingreso. Es un recaudo a favor de terceros (el Estado). Según la NIIF 15 y las nuevas condiciones que reemplazarán la actual sección 23 de las NIIF para Pymes (ingresos de actividades ordinarias), los montos recaudados en nombre de terceros se excluyen del precio de la transacción.
En cuanto al comprador, el impuesto es un mayor valor del costo o gasto asumido por la bolsa, no es un impuesto descontable, por lo que no se puede restar de INC por pagar (ver el artículo 512-15 del Estatuto Tributario).
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Fuentes oficiales
- Dian. (2025). Circular externa 000005 de diciembre 16 de 2025 que define la tarifa de INC para bolsas plásticas. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
- Presidencia de la República de Colombia. (1989). Decreto 624 del 30 de marzo de 1989 – Estatuto Tributario Nacional y modificaciones posteriores.
- Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad — IASB. (2017). Normas Internacionales de Información Financiera para entidades del grupo 1.
- Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad — IASB. (2018). Normas Internacionales de Información Financiera para entidades del grupo 2.
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