Premio fiscal Dian: estos son los efectos tributarios para los ganadores

El premio fiscal 2023 en Colombia consiste en la entrega por parte de la Dian de 2.800 premios de hasta $10.000.000 entre las personas naturales que hayan solicitado en sus compras, factura electrónica entre el 24 de octubre y el 23 de noviembre. Los ganadores adquirirán varias obligaciones tributarias. ¡Conócelas aquí!

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Actualizado el: 18 Dic 2023

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Premio fiscal Dian

La Dian formalizó el lanzamiento del premio fiscal 2023 “la factura te premia” a través de la expedición de la Resolución 008743 de octubre 18 de 2023. Este premio, tiene como propósito reconocer a aquellas personas naturales que exigen la expedición de la factura electrónica en sus compras de bienes y servicios. 

¿En qué consiste el incentivo del premio fiscal 2023?

Los premios fiscales se encuentran regulados por el artículo 618-1 del Estatuto Tributario -ET-. Las reglas fijadas para la versión 2023 fueron definidas en la Resolución 008743 de octubre 18 de 2023, la cual especifica una totalidad de 2.800 premios de hasta $10.000.000 así:

Cantidad de bonosValor
2.710$100.000
80$1.000.000
10$10.000.000

Estos bonos serán sorteados entre las personas naturales mayores de edad, residentes o no residentes que hayan solicitado la expedición de factura electrónica (por cualquier monto) en sus compras de bienes y/o servicios entre el 24 de octubre y el 23 de noviembre de 2023. 

El sorteo se iba a realizar el 7 de diciembre de 2023; pero la Dian mediante el comunicado de prensa 081 de noviembre 29 de 2023 lo reprogramó para el 15 de diciembre.

A continuación compartimos el sorteo realizado donde se anunciaron los ganadores de los bonos de $10.000.000. Los ganadores de los bonos de $100.000 y $1.000.000 se encuentran publicados en el micrositio de la Dian.

¿Quiénes no pueden participar en el premio fiscal 2023?

El artículo 4 de la Resolución 008743 de 2023 indica que no podrán participar de estos sorteos:

  1. Funcionarios de la Dian, así como su cónyuge y sus familiares en primer grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil.
  2. Personas que celebren contratos de prestación de servicios con la Dian.
  3. Personas vinculadas contractual o laboralmente con los contratistas que realicen actividades de logística y auditoría para la realización de los sorteos.
  4. Concursantes que expidan factura(s) electrónica(s) de venta(s) a su nombre.

¿Cuáles son los efectos tributarios para quienes sean los ganadores?

Los ganadores de los sorteos realizados en virtud del premio fiscal 2023, deberán tener en cuenta los siguientes efectos tributarios:

Retención en la fuente

Respecto a este tema el artículo 618-1 del ET, señala que los premios fiscales no constituirán renta ni ganancia ocasional para los ganadores; por tanto, al momento de la entrega del premio la Dian no practicará ningún tipo de retención en la fuente; pues el artículo 369 del ET, señala dentro de su numeral 2 que no estarán sujetos a retención, los pagos o abonos en cuenta que por disposiciones especiales sean exentos en cabeza del beneficiario.

Declaración de renta y complementario o declaración del régimen simple del año gravable 2023

Si el ganador, al final del 2023 cumple alguno de las condiciones para quedar obligado a declarar renta ya sea en el formulario 110 (para no residentes) o  210 (para residentes), o a presentar la declaración del régimen simple de tributación en el formulario 260 (si pertenece a este último régimen), deberá incluir el valor del premio recibido como un ingreso bruto por concepto de ganancia ocasional; pero así mismo lo podrá restar en su totalidad como una ganancia ocasional no gravada.

Exógena por el año gravable 2023

Si el ganador queda obligado a presentar información exógena por el año gravable 2023 y debe presentar el formato 2274 versión 2, correspondiente a los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, (por cumplir los requisitos definidos para las personas naturales en los literales d) y/o f) del artículo 1 de la Resolución 01255 de octubre 26 de 2022) tendrá que incluir en el concepto 8046 el valor del premio recibido (ver numeral 26.2 del artículo 26 de la Resolución 01255 de 2022).

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