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Calendario nómina electrónica 2025: estas son las fechas máximas de transmisión a la Dian

Te presentamos el calendario nómina electrónica 2025 para que tengas presente las fechas máximas de transmisión en este año y así evites las cuantiosas sanciones del artículo 651 del ET, que pueden ascender a las 7.500 UVT ($373.493.000 para 2025).

Equipo Siempre al Díа

Actualizado el: 26 Dic 2024

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4 min de lectura

Calendario nomina electrónica

El calendario nómina electrónica constituye un tema de esencial conocimiento para el contador público en Colombia. Te presentamos los aspectos más relevantes en relación con las fechas de transmisión a la Dian en 2025.

¿Cuál es el plazo general de transmisión de la nómina electrónica?

Según el artículo 3 de la Resolución 000013 de 2021, este documento debe ser transmitido a la Dian dentro de los primeros 10 días hábiles (de lunes a viernes) del mes siguiente al período de pago o abono en cuenta correspondiente. Lo anterior independiente de que el sujeto que realiza los pagos lo haga en períodos diferentes a un mes. 

La interpretación de los plazos para la transmisión de la nómina electrónica requiere una consideración cuidadosa de las disposiciones legales, dada la ausencia de claridad en la normativa específica sobre la definición de días hábiles. Según el artículo 62 de la Ley 4 de 1913, los plazos estipulados en las leyes y actos oficiales excluyen los días feriados y de descanso, a menos que se especifique lo contrario.

Por lo tanto, en el contexto de la transmisión del documento soporte de nómina electrónica, se deben considerar días hábiles únicamente aquellos que transcurren de lunes a viernes, excluyendo cualquier día festivo o no laborable. Esta interpretación es esencial para cumplir adecuadamente con los plazos establecidos y evitar posibles incumplimientos o sanciones.

Te puede interesar nuestro editorial: Salario mínimo en Colombia: una visión detallada y práctica.

Calendario nómina electrónica 2025

Teniendo en cuenta el contexto anterior, te presentamos las fechas a tener en cuenta para los 12 envíos que deberán realizarse en relación con la nómina electrónica del 2025. Cabe destacar que la nómina correspondiente a diciembre de 2025, deberá enviarse durante los 10 primeros días hábiles de enero de 2026.

Mes al cual corresponde la nóminaFecha límite de transmisión a la Dian (en 2025 y 2026)
Diciembre de 2024Enero 16 de 2025
Enero de 2025Febrero 14 de 2025
Febrero de 2025Marzo 14 de 2025
Marzo de 2025Abril 14 de 2025
Abril de 2025Mayo 15 de 2025
Mayo de 2025Junio 16 de 2025
Junio de 2025Julio 14 de 2025
Julio de 2025Agosto 15 de 2025
Agosto de 2025Septiembre 12 de 2025
Septiembre de 2025Octubre 15 de 2025
Octubre de 2025Noviembre 18 de 2025
Noviembre de 2025Diciembre 15 de 2025
Diciembre de 2025Enero 16 de 2026

Te invitamos a consultar nuestros Calendarios tributario 2025 y de facturación electrónica.

¿Cuál es el régimen sancionatorio aplicable al documento soporte de nómina electrónica?

La Resolución 000013 de 2021 la cual reguló el documento soporte de nómina electrónica, no contempló una sanción específica en caso de que no se cumpliera con la transmisión a la Dian de este documento en las fechas establecidas. Sin embargo, con el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021 se modificó el artículo 616-1 del ET, indicando que el no transmitir los documentos del sistema de facturación electrónica en debida forma generaría la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del ET, que es el mismo régimen sancionatorio que aplica a los reportes de información exógena.

De esta manera, la omisión de este procedimiento de transmisión a la Dian impide la inclusión del costo de la nómina no transmitida en la declaración del período correspondiente, exponiendo al contribuyente a una sanción equivalente al 1 % de las cantidades sobre las cuales no se proporcionó la información.

Además, la entrega de la nómina electrónica con errores conlleva una penalización del 0,7 % sobre los montos reportados incorrectamente. En el caso de presentar este documento de manera extemporánea, se aplicará una sanción del 0,5 % sobre las sumas informadas tardíamente.

Es importante destacar que estas sanciones están sujetas a un límite máximo de 7.500 UVT ($373.493.000 para 2025).

Conoce más sobre la nómina electrónica en nuestro editorial “Facturación electrónica en Colombia: de la A a la Z“.

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