Tasa de interés moratorio: así quedó establecida para enero de 2025
Conoce la certificación de la tasa de interés bancario corriente para enero de 2025, emitida por la Superfinanciera, mediante la Resolución 002620 de diciembre 27 de 2024. A través de esta tasa se calcula el interés moratorio de las deudas tributarias, en los términos del artículo 635 del Estatuto Tributario.
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A través de la Resolución 002620 de diciembre 27 de 2024, la Superintendencia Financiera certificó el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.
El interés bancario corriente para crédito de consumo y ordinario quedó estipulado en 16,59 % E.A. y tendrá una vigencia entre el 1 y el 31 de enero de 2025.
La nueva certificación representa una disminución de 100 puntos básicos (-1,00 %) frente a la vigente en enero de 2025 (17,59 %).
Tip Alegra: De acuerdo con el artículo 635 del Estatuto Tributario, para efectos de las obligaciones administradas por la Dian, el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos 2 puntos.
La tasa de usura representa el valor máximo de los intereses moratorios y remuneratorios que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1,5 veces el interés bancario corriente (24,86 % E.A. para enero de 2025).
Conforme a lo anterior, la tasa de interés moratorio para deudas tributarias durante el mes de enero de 2025 es del 22,86 % E.A. (24,86 % menos 2 puntos).
Con relación a las otras modalidades de crédito productivo, la Resolución 002620 de diciembre 27 de 2024 certificó el interés bancario en:
Modalidad | Efectivo anual |
Crédito productivo de mayor monto | 25,22 % |
Crédito productivo rural | 16,08 % |
Crédito productivo urbano | 34,59 % |
Crédito popular productivo rural | 52,20 % |
Crédito popular productivo urbano | 58,86 % |
Además, con base en la información trimestral reportada por los establecimientos de crédito entre el 30 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024, el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto quedó establecido con la Resolución 001901 de 2024 en 37,50 %, el cual estará vigente desde octubre 1 de 2024 hasta septiembre 30 de 2025.
Tip Alegra: Si necesitas liquidar los intereses mora que tienes frente a obligaciones tributarias con la Dian, realiza los cálculos de forma automática con el Liquidador de intereses moratorios para obligaciones fiscales.
¡Conoce más detalles sobre la resolución emitida por la Superfinanciera!