Tasa de interés moratorio: Así quedó establecida para junio de 2026

Conoce la certificación de la tasa de interés bancario corriente para junio de 2026, emitida por la Superfinanciera mediante la Resolución 0823 de 2026. Con esta tasa se calcula el interés moratorio de las deudas tributarias conforme al artículo 635 del Estatuto Tributario.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 01 Jun 2026

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Aquí te actualizamos sobre los cambios en la tasa de interés bancario corriente, la tasa de usura y la tasa de interés moratorio para obligaciones tributarias:

A través de la Resolución 0823 de 2026, la Superintendencia Financiera certificó el interés bancario corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito de bajo monto, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

  • ¿Cuál es la tasa de interés corriente para junio de 2026? 19,19 % E.A., según la Resolución 0823 de la Superfinanciera.
  • ¿Cuál es la tasa de usura para junio de 2026? 28,79 % E.A. (1,5 veces el interés bancario corriente).
  • ¿Cuál es la tasa de intereses moratorios para obligaciones fiscales? 26,79 % E.A. (usura menos 2 puntos, Art. 635 ET).

¿Cómo quedó la tasa de interés corriente para junio de 2026?

El interés bancario corriente para crédito de consumo y ordinario quedó estipulado en 19,19 % E.A. y tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de junio de 2026.

Esta nueva certificación representa un aumento de 41 puntos básicos (0,41 %) frente a la vigente en mayo de 2026 (18,78 %).

Tip Alegra: De acuerdo con el artículo 635 del Estatuto Tributario, para efectos de las obligaciones administradas por la Dian, el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos 2 puntos.

¿Cómo quedó la tasa de interés moratorio para obligaciones fiscales en junio de 2026?

Recuerda que la tasa de usura representa el valor máximo de los intereses moratorios y remuneratorios que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1,5 veces el interés bancario corriente (28,79 % E.A. para junio de 2026).

Conforme a lo anterior, la tasa de interés moratorio para deudas tributarias durante el mes de junio de 2026 es del 26,79 % E.A. (28,79 % menos 2 puntos).

¿Qué otras tasas certifica la Superfinanciera para junio de 2026?

Además, con relación a las otras modalidades de crédito, la Resolución 0823 de 2026 certificó el interés bancario en:

ModalidadEfectivo anual
Crédito de consumo de bajo monto41,40 %
Crédito productivo de mayor monto27,37 %
Crédito productivo rural22,23 %
Crédito productivo urbano39,95 %
Crédito popular productivo rural48,63 %
Crédito popular productivo urbano59,82 %

¿Cómo automatizar el cálculo con el liquidador de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias?

Si necesitas liquidar los intereses mora que tienes frente a obligaciones tributarias con la Dian, realiza los cálculos de forma automática con este Liquidador de intereses moratorios para obligaciones fiscales. ¡Accede de forma gratuita y explora todo el desglose de los cálculos relacionados!

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📅 Tasa vigente junio 2026: 26,79 % E.A. — Res. 0823 Superfinanciera
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Tasa Superfinanciera vigente junio 2026 – Resolución 0823 de mayo 30 de 2026
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¿Cómo automatizar el cálculo con el liquidador de intereses moratorios sobre obligaciones tributarias?

(Este bloque se conserva intacto — solo actualizar la referencia a la tasa por defecto en el tooltip del campo «Tasa de interés de usura» del liquidador: cambiar «26,76 % para abril de 2026» → 26,79 % para junio de 2026 y la referencia a la Resolución 0823 de 2026)

Fuentes oficiales

Cuéntanos si vienes contemplando estas condiciones en la liquidación de los intereses moratorios para las obligaciones fiscales vencidas de las empresas que asesoras.

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4 Comentarios
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Brayan
Brayan
1 año hace

Excelente servicio

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Brayan

Hola, Brayan. ¡Muchas gracias por tu comentario! Nos alegra saber que el artículo te fue útil.

Wilson Martinez
Wilson Martinez
1 año hace

Muy buen día. Existe forma de tener un hostorial de interes moratorio de años atras hasta la fecha del 2025? Alguien sabe donde esta esto publicado? gracias.

Siempre Al Día
Editor
1 año hace
Responder a  Wilson Martinez

Buenos días, Wilson. El portal de la Dian tiene habilitada esta sección donde puedes ubicar todas las resoluciones de la Superfinanciera con las tasas de interés anteriores: Tasa de interés moratorio Dian.

No obstante, debes tener en cuenta que si bien anteriormente se utilizaban todas las tasas de interés correspondientes al período en mora para el cálculo, desde las aclaraciones realizadas por la Dian en 2021 (ver minuto 19:36 del video) se interpreta que la liquidación de intereses moratorios se realiza teniendo en cuenta la tasa de interés de mora para obligaciones fiscales vigente al momento de realizar la liquidación y pago (ver el artículo 635 del Estatuto Tributario), por lo que no necesitas conocer las tasas anteriores para realizar el cálculo.

Te compartimos nuestro Liquidador de intereses moratorios para obligaciones fiscales de descarga gratuita que actualizamos cada mes, donde podrás ver un ejemplo y hacer las simulaciones de los casos que necesites. ¡Que tengas un lindo día y gracias por seguir nuestros contenidos! .

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