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ToggleSi aún no has tenido la oportunidad de revisar nuestro análisis Cálculo del IBC de un trabajador independiente en 4 sencillos pasos, te invitamos darle un vistazo: es el punto de partida para lo que exploraremos en cuenta a la liquidación de aportes a seguridad social de un trabajador independiente.
Así como un trabajador empleado por una empresa, el trabajador independiente está sujeto a la obligación de cotizar para salud y pensión, con la diferencia de que debe asumir la totalidad del aporte por su cuenta. Sin embargo, el aseguramiento ante riesgos laborales y los aportes a las cajas de compensación familiar pueden ser voluntarios en ciertos casos.
Paso 1: identifique qué aportes va a efectuar a seguridad social
Los conceptos por los cuales cada tipo de trabajador independiente debe contribuir a la seguridad social, pueden variar según su categoría. A continuación, te lo explicamos de forma sintética:
Paso 2: calcule el monto del aporte por cada concepto de cotización a seguridad social
Así pues, una vez el trabajador independiente ha determinado los conceptos sobre los cuales se realizará el aporte al sistema de seguridad social integral, ya sea de manera obligatoria o voluntaria en los casos permitidos, se deben imputar los siguientes porcentajes sobre el monto del IBC previamente depurado en cumplimiento de las reglas establecidas en el artículo 89 de la Ley 2277 de 2022:
Paso 3: identifique la planilla de reporte de seguridad social
El traslado de los aportes a seguridad social integral se oficializa a través de una planilla integrada de liquidación de aportes –PILA–; en esta, los trabajadores independientes tienen dos opciones: la planilla «Y – Independientes empresas», destinada a aquellos independientes cuyos contratantes realizan los aportes correspondientes, y la planilla «I – Independientes», para aquellos independientes que efectúan sus aportes de manera personal.
Además, en la respectiva planilla, el trabajador independiente tendrá que identificarse con un código de cotizante, así:
Paso 4: pague en los plazos establecidos para efectuar los aportes mensuales a seguridad social
Los trabajadores independientes deben liquidar y pagar sus aportes a la seguridad social de manera mensual, siguiendo las fechas establecidas en el artículo 3.2.2.1 del Decreto 780 de 2016, modificado por el Decreto 1990 de 2016 y, utilizando para ello la modalidad electrónica o asistida.
Estos plazos se determinan según los dos últimos dígitos del NIT o documento de identificación del cotizante, de la siguiente manera:
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