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ToggleEn Costa Rica, la determinación del crédito fiscal del IVA, debe realizarse conforme a la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) No. 6826 reformada por la Ley No. 9635 (Ley 9635) y su reglamento, por lo que es fundamental entender las reglas aplicables.
- ¿Qué es el crédito fiscal? Es el monto del impuesto al valor agregado (IVA) que un contribuyente ha pagado a sus proveedores por compras de bienes y servicios relacionadas con su actividad.
- ¿Cuál es el impacto en el IVA a pagar? El crédito fiscal puede restarse del IVA cobrado en ventas, disminuyendo el valor a pagar o generando un saldo a favor.
A continuación, explicamos a través de dos ejemplos prácticos (uno para una empresa y otro para una persona física con actividad lucrativa) cómo se debe realizar esta determinación.
¿Cuál es el efecto del crédito fiscal en IVA?
En términos simples, el crédito fiscal del IVA es el monto del Impuesto al Valor Agregado que un contribuyente ha pagado a sus proveedores por compras de bienes y servicios relacionadas con su actividad. Dicho monto puede restarse del IVA cobrado en las ventas (débito fiscal) al calcular el impuesto neto a pagar al fisco.
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¿Cómo se calcula el crédito fiscal en IVA?
Una vez claros qué compras dan derecho a crédito, la determinación del monto de crédito fiscal aplicable en un período es sencilla en concepto. Cada período fiscal (normalmente mensual) se calcula:
- Débito fiscal: la suma de IVA cargado en las ventas del período (IVA repercutido a los clientes).
- Crédito fiscal: la suma de IVA pagado en las compras del período relacionadas con la actividad (IVA soportado en facturas de gastos, insumos, inventarios, etc.).
El impuesto neto a pagar o saldo a favor se obtiene como la diferencia entre débito y crédito fiscal. En fórmula básica:
Impuesto IVA neto = Débito fiscal – Crédito fiscal
Si el débito fiscal excede al crédito, la diferencia se paga a Hacienda ese mes.
Ejemplo: Débito IVA ₡500.000 y crédito IVA ₡300.000 = Impuesto por pagar ₡200.000 (se ingresa ese monto al fisco).
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¿Qué ocurre si el crédito fiscal es mayor que el IVA por pagar (débito fiscal)?
Cuando el IVA pagado en compras de un período excede al IVA cobrado en ventas, no resulta impuesto por pagar sino un saldo a favor del contribuyente. Ese crédito fiscal sobrante se arrastra al siguiente período para restarlo allí. Si pasan varios períodos con saldo acumulado (por ejemplo, en empresas exportadoras suele suceder), el contribuyente puede solicitar la devolución de ese crédito a Hacienda siguiendo los trámites establecidos. Mientras tanto, el saldo a favor puede también usarse para compensar otras obligaciones tributarias, según las normas de compensación de créditos del Ministerio de Hacienda.
Ejemplo: Débito IVA ₡200.000 y Crédito IVA ₡300.000 → Saldo a favor de ₡100.000 (no hay pago ese mes, y queda ₡100.000 de crédito para utilizar posteriormente).
Tip Alegra: Este saldo a favor de IVA no se pierde, sino que puede usarse para compensar IVA por pagar en meses futuros o incluso solicitar su devolución.
A continuación, veamos dos ejemplos prácticos de cálculo del crédito fiscal, aplicando todos estos conceptos en situaciones reales: una para una empresa y otra para una persona física con actividad lucrativa.
Ejemplo práctico 1: Determinación del crédito fiscal en IVA empresa comercial con saldo a favor
La empresa ABC Ltda. se dedica a la venta de productos gravados con IVA. Durante el mes de mayo 2025 tuvo las siguientes transacciones:
- Ventas gravadas totales: ₡10 000 000 + IVA del 13%. Esto significa que cobró ₡1.300.000 de IVA a sus clientes en ese mes (débito fiscal).
- Compras gravadas del mes: ₡12.000.000 en insumos y mercadería para la reventa, + IVA 13%. La empresa pagó ₡1.560.000 de IVA en esas adquisiciones (crédito fiscal). Cabe señalar que todas las compras estaban directamente relacionadas con su actividad (mercadería para venta y materias primas) y cuentan con facturas electrónicas válidas.
- Cálculo: Al preparar la declaración de IVA de mayo, el contador de ABC determina lo siguiente:
Concepto | Valor |
Débito fiscal (IVA en ventas) | ₡1.300.000 |
Crédito fiscal (IVA en compras) | ₡1.560.000 |
Saldo a favor | ₡260.000 |
Comparando ambos, el crédito fiscal es mayor que el débito fiscal en ₡260.000. Este monto representa un IVA a favor de la empresa. En la declaración del mes, ABC no tendrá que pagar impuesto, más bien le queda un saldo de ₡260.000. ABC arrastrará ese saldo a favor para el siguiente período. Esto significa que en la declaración del mes siguiente podrá restar esos ₡260.000 de IVA contra el débito fiscal nuevo. Si el saldo a favor persiste por varios períodos, la empresa podría eventualmente solicitar una devolución a Hacienda (por ejemplo, muchas empresas exportadoras acumulan saldos a favor y gestionan devoluciones periódicas).
Este ejemplo ilustra cómo una empresa puede terminar con crédito fiscal excedente. En este caso, ABC hizo compras elevadas (posiblemente para acumular inventario o por una inversión) que generaron más IVA pagado que el IVA cobrado en ventas del mes.
Gracias al mecanismo de crédito fiscal, ese IVA extra pagado no se pierde, sino que queda como crédito para reducir impuestos futuros. Es fundamental llevar control de ese saldo a favor y aplicarlo correctamente. Además, ABC debe asegurarse de que todas las compras que generan el saldo a favor cumplen los requisitos (relacionadas con actividad gravada, etc.) en caso de alguna verificación por parte de la DGT.
Ejemplo práctico 2: Determinación del crédito fiscal en IVA de una persona física con actividad lucrativa
La Lic. Laura Pérez es una persona física con actividad lucrativa, específicamente una consultora independiente de servicios profesionales. Ella está debidamente inscrita como contribuyente de IVA. En mayo 2025 realizó estas operaciones:
- Facturó a sus clientes servicios profesionales por un total de ₡2.000.000 + IVA. Al tratarse de servicios gravados al 13%, cobró ₡260.000 de IVA en sus facturas ese mes (débito fiscal).
- Para ejercer su profesión, Laura incurrió en gastos necesarios y gravados con IVA: compró una nueva computadora por ₡1.000.000 + IVA (₡130.000 de IVA) y pagó servicios de oficina (internet, electricidad en un coworking) por ₡300.000 + IVA (₡39.000 de IVA).
Además, adquirió algunos suministros de papelería por ₡100.000 + IVA (₡13.000 de IVA). En total, pagó ₡182.000 de IVA en sus insumos del mes (crédito fiscal). Todas estas compras están respaldadas con facturas electrónicas a nombre de Laura y son gastos vinculados a su actividad lucrativa (computadora y papelería para poder brindar sus servicios, e internet/luz de la oficina).
- Cálculo: Al presentar su declaración de IVA de mayo, Laura determina lo siguiente:
Concepto | Valor |
Débito fiscal (IVA cobrado a clientes) | ₡260.000 |
Crédito fiscal (IVA en compras) | ₡182.000 |
Saldo a pagar | ₡78.000 |
Su impuesto neto a pagar ese mes es la diferencia: ₡260.000 – ₡182.000 = ₡78.000. Laura deberá pagar ₡78.000 a Hacienda para saldar el IVA de mayo. Su crédito fiscal fue menor que el débito, por lo que no queda saldo a favor para el siguiente período (quedó totalmente absorbido por el IVA por pagar).
En este caso, la persona física aprovechó el crédito fiscal para reducir significativamente su impuesto. Si Laura no pudiera acreditar el IVA de sus gastos, hubiese tenido que pagar ₡260.000 completos. Gracias al crédito fiscal de ₡182.000, terminó pagando solo ₡78.000. Esto demuestra cómo el crédito fiscal evita la doble tributación y asegura que Laura solo tribute sobre el valor agregado que ella generó (su servicio), y no por los insumos que ya tributaron IVA.
Es importante destacar que todos los gastos que acreditó están relacionados con su actividad profesional; por ejemplo, si Laura hubiera comprado mercadería para uso personal o pagado un viaje de vacaciones, esos IVA no serían acreditables en su declaración. Asimismo, Laura conserva todas sus facturas electrónicas de gasto por si la Administración Tributaria solicita justificaciones.
Tip Alegra: Uno de los principales retos para los profesionales independientes es mantener una clara separación entre sus gastos personales y los relacionados con su actividad económica. Intentar acreditar IVA de gastos personales es un error común y fiscalmente riesgoso. Por ejemplo, aunque un almuerzo con un cliente tenga intención de negocios, los gastos en alimentos y bebidas están generalmente excluidos para efectos del crédito de IVA.
La ley exige que los gastos sean «directa y exclusivamente» vinculados a la actividad económica para que proceda el crédito, lo que implica una carga probatoria importante para justificar cualquier gasto mixto que se quiera acreditar.
En ambos ejemplos; tanto para la empresa ABC como para la profesional Laura vemos el principio fundamental del IVA: es un impuesto neutral para el negocio cuando se aplican correctamente los créditos fiscales. Cada colón de IVA pagado en gastos de la actividad puede recuperarse contra el IVA cobrado, siempre que se respeten las reglas.
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