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3 factores a considerar en la renuncia del contador público en una entidad

Ante la renuncia del contador público en una entidad en Colombia, se recomienda analizar 3 aspectos: cuáles son detalles que deben ser informados a la administración, los términos de la vinculación laboral y qué hacer si la administración requiere que se completen las tareas pendientes. ¡Sigue leyendo para conocer más!

Equipo Siempre al día

Actualizado el: 13 Dic 2023

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3 min de lectura

renuncia del contador público

En el entorno laboral, ninguna entidad está exenta a que la renuncia del contador público ocurra en cualquier momento del año, generando así dificultades como: obligaciones tributarias pendientes por cumplir, información contable sin registrar en el sistema de información, informes pendientes, entre otros.

¿Dichas dificultades deben ser resueltas por el contador entrante o saliente? Frente a esto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– ha realizado algunas precisiones sobre la renuncia del contador:

1. Informe o acta de entrega del contador saliente

Como los documentos e información de la empresa que prepare un contador a su servicio, son de la empresa y no del contador, al finalizar su contrato, además de cumplir debidamente con sus funciones, debe hacer entrega de los documentos que se le han facilitado para su cumplimiento.

Por ende, mediante el Concepto 194 de abril de 2023 el CTCP recomienda que el contador saliente elabore un informe de empalme con destino a la gerencia de la entidad o a la persona a la cual prestaba sus servicios, informando lo siguiente:

  • Estado actual de la contabilidad: transacciones pendientes por reconocerse en el sistema de información contable.
  • Informe de notas de contabilidad y demás comprobantes contables pendientes por realizarse: ajustes por depreciación, por deterioro de cuentas por cobrar, ajustes de valor razonable, entre otros. 
  • Detalle de impuestos: no liquidados y que se encuentran pendientes por cumplir con sus obligaciones formales.
  • Entrega de documentos: soportes contables y libros de contabilidad.
  • Las demás que considere pertinente el profesional que externamente lleva la contabilidad.

En caso de que el contador público retenga los libros y soportes de contabilidad de la entidad puede dar lugar a una investigación por parte del tribunal disciplinario de la Junta Central de Contadores.

Tip Alegra: recuerda que si no es posible realizar el acta de entrega de manera presencial, puede ser enviada por correo electrónico, con el objetivo de tener evidencia de la entrega de este documento y sus respectivos anexos. 

2. La renuncia del contador debe realizarse teniendo el cuenta el contrato suscrito

Ante la renuncia del contador en una entidad, es esencial tomar en consideración el acuerdo previamente celebrado entre las partes. Al respecto, el CTCP realizó algunas precisiones en el Concepto 271  de mayo de 2023

  • En caso de que dicho acuerdo se haya celebrado mediante un contrato laboral, deberán seguirse las regulaciones estipuladas en el Código Sustantivo del Trabajo
  • Si la relación contractual se rige por un contrato de prestación de servicios, se deben respetar los términos acordados en el contrato suscrito. 

3. Entrega de tareas finalizadas en la renuncia del contador

El CTCP aclara en el Concepto 425 de agosto de 2023 que, si la administración requiere que se completen tareas que han sido iniciadas pero aún no terminadas, deberá considerar que el contador público tiene derecho a recibir una retribución económica, según su capacidad científica y técnica, y conforme al acuerdo contractual que hayan suscrito las partes.

Tip Alegra: se recomienda que el contador público saliente planifique la entrega con anticipación, dejando claro los acuerdos establecidos con la administración y definiendo los recursos necesarios para esta actividad.

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