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Ley de insolvencia empresarial: adoptan de manera permanente medidas para la estabilidad empresarial con la Ley 2437 de 2024

El Gobierno nacional emitió la Ley 2437 de diciembre 12 de 2024 con el objetivo de incorporar como legislación permanente diferentes disposiciones de los decretos leyes 560 y 772 de 2020 en cuanto a insolvencia empresarial y mecanismos para protección de las empresas en Colombia.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 02 Ene 2025

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4 min de lectura

¿Qué pasaría si por situaciones externas la empresa que asesoras no está en la capacidad de continuar con su operación? ¿Sabes cómo afrontar los procesos de insolvencia o liquidación empresarial?

Con el objetivo de proteger las empresas, cuidar los empleos y apoyar el impacto que se ha generado en los últimos años pospandemia COVID-19, el Gobierno nacional con la Ley 2437 de diciembre 12 de 2024 adoptó diferentes medidas establecidas en los Decretos Leyes 560 y 772 de 2020 y derogó algunas medidas del Régimen de insolvencia Ley 1116 de 2006. Explora en este artículo las novedades más relevantes.

Mejoras al proceso para acceder a los mecanismos de reorganización

Se agilizan los procesos para acceder a los mecanismos de reorganización empresarial presentadas por deudores, los cuales se tramitarán de forma expedita. 

Para esto ya no se realizará la auditoría por parte del juez del concurso sobre el contenido o la exactitud de las políticas contables e información financiera sino que se aceptará de forma automática el proceso teniendo en cuenta que la información certificada por contador público y revisor fiscal se entiende como veraz. 

Cabe anotar que, esto no implica que no se pueda solicitar información adicional por medio de un auto de admisión. 

Te podría interesar leer nuestros artículos: Insolvencia empresarial: datos, cifras y procesos de liquidación y reorganización e Indicios que determinan si una entidad está incumpliendo con la hipótesis de negocio en marcha.

Herramientas de reactivación económica

Con el objetivo de fomentar iniciativas para que se rescaten las empresas que están llegando a instancias de reorganización y evitar su posible liquidación, se generan mecanismos de alivio financiero y reactivación empresarial cuando se cumplan las siguientes condiciones que se exponen con detalle en el artículo 3 de la Ley 2437 de diciembre 12 de 2024:

  • Capitalización de pasivos: reestructurar financieramente las obligaciones de pago mediante la suscripción voluntaria por parte de los acreedores interesados.
  • Descarga de pasivos: que implica valorar una sociedad como empresa en marcha y descargar los pasivos que exceden el valor de esta valoración, para esto el acuerdo debe:
    • Tener una valoración elaborada bajo una metodología aceptada y cumpliendo con los requisitos del artículo 226 del Código General del Proceso.
    • Ser aprobada por una mayoría de acreedores externos que representen por lo menos el 60 % de aquellos con vocación de pago. 
    • No afectar derechos de acreedores laborales, pensionados, alimentos de menores u otros bajo los términos de la Ley 1676 de 2013.
    • Disponer la cancelación, sin contraprestación, de los derechos de accionistas o socios.
    • Exponer la nueva estructura del capital social del deudor donde se evidencia qué acreedores hacen parte del pasivo interno, con sus participaciones y valores nominales correspondientes.
  • Pactos de deuda sostenible: pactos en los cuales no se contempla un cronograma de pago y la extinción total de las obligaciones sino su reestructuración, para lo cual debe tenerse una aprobación del 60 % de los acreedores financieros.

Protección de empleos y crédito

Se busca salvaguardar el tejido empresarial y proteger los derechos de los trabajadores. Por esto, en diferentes apartados de la Ley 2437 de diciembre 12 de 2024 se logra percibir que en cuanto a pasivos, se da prelación a los trabajadores.

También se evidencia que cuando se vayan a aplicar sanciones y multas se podrá considerar tener una disminución de estas para las empresas que estén en procesos de reorganización y, en cuanto a medidas cautelares o procesos de cobro coactivo, estos se levantarán con la expedición del auto de inicio del proceso de reorganización.

Se abrevian diferentes procesos para atender empresas de menor tamaño y con esto aplicar principios de equidad reconociendo que estas empresas tendrán un costo y esfuerzo desproporcionado al asumir esta nueva carga administrativa al estar en procesos de reorganización empresarial.

Esto aplicará para quienes tengan activos inferiores o iguales a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($6.500.000.000 o 593.553 UVB en 2024).

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Cuéntanos en los comentarios cuáles de las medidas mencionadas consideras que es más acertada para las Pymes en procesos de reorganización empresarial.

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