El 17 de enero de 2024, la Junta Central de Contadores —JCC— emitió el Comunicado de Prensa N° 1, en donde realiza aclaraciones a la comunidad contable sobre los requisitos determinados en el artículo 2.2.2.4.10. del DUR 1083 de 2015 para la elección del director de la entidad, dado el debate generado por la actualización al manual de funciones y de competencias laborales de la planta de personal de la JCC, realizado mediante la Resolución D-0036 de noviembre de 2022.
El artículo en mención, contempla lo siguiente:
Artículo 2.2.2.4.10 Requisitos determinados en normas especiales. Para ejercer el empleo de Ministro o Director de Departamento Administrativo se requiere acreditar los requisitos señalados en el artículo 207 de la Constitución Política.
Para desempeñar los empleos de Director de Unidad Administrativa Especial, Superintendente, Director, Gerente o Presidente de entidades descentralizadas, en cualquiera de sus grados salariales, acreditarán como requisito título profesional en una disciplina académica, título de postgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada.
(…)
(El subrayado es del Equipo Siempre al día)
De acuerdo con lo anterior, para ejercer el cargo de director de la JCC, solo debe acreditarse el título profesional, en cualquier disciplina académica, junto con el título de postgrado y la experiencia profesional.
Anteriormente, para ejercer como director de la UAE Junta Central de Contadores, la Resolución 0173 del 29 de marzo de 2019, indicaba como requisito que debía ser contador público con tarjeta profesional, especializado y con 48 meses de experiencia profesional relacionada.
En este sentido, la Junta Central de Contadores, aclara en el comunicado referenciado, que la reciente designación del director general de la JCC como funcionario público, dio aplicación acorde a las disposiciones y normatividad vigente del artículo 2.2.2.4.10. del DUR 1083 de 2015, cumpliendo de manera estricta con la directiva presidencial y el marco legal vigente que aplica a la Unidad.
Finalmente, la JCC comparte que quien ocupe el cargo de director de la Unidad, sea contador público, pero que dicho ajuste se deberá hacer con mucho rigor incorporándose en la reforma a la Ley 43 de 1990.
¡Descarga la Resolución D-0036 de 2022 que modificó el manual de funciones de la planta de personal de la JCC!