Buscar

¿Cuál es la diferencia entre bienes gravados, exentos y excluidos de IVA?

Entender la diferencia entre bienes gravados, exentos y excluidos de IVA es crucial. Este conocimiento es una habilidad esencial en el mundo de la contabilidad y los impuestos. No solo es fundamental para los contadores en ejercicio, sino también para los estudiantes de contaduría que se están preparando para su futuro profesional.

Equipo Siempre al Díа

Actualizado el: 14 Feb 2024

Compartir:

5 min de lectura

Si eres un estudiante que busca aprender o un profesional experimentado que quiere refrescar sus conocimientos, este editorial está diseñado para ofrecerte una comprensión clara sobre estos importantes conceptos fiscales. ¡Conozcamos uno por uno! ✅

¿Qué son bienes gravados? 

Los bienes gravados son aquellos que están sujetos a una tarifa específica del Impuesto al Valor Agregado —IVA—, lo que implica que en cada etapa de su producción y comercialización, se aplica un porcentaje del impuesto. En Colombia, la tarifa general del IVA para los bienes gravados es del 19 %. Sin embargo, existen tarifas especiales como la del 5 % aplicadas a ciertos bienes y servicios, como se detalla en el artículo 468-1 del Estatuto Tributario —ET—.

Estos bienes gravados son de gran relevancia en la contabilidad y la gestión fiscal de las empresas. Afectan directamente el cálculo del impuesto a pagar y también influyen en el crédito fiscal o saldos a favor que las empresas pueden solicitar en devolución o compensación. Por ejemplo, los contribuyentes que producen, distribuyen y comercializan bienes gravados deben declarar este impuesto, lo que tiene un impacto significativo en sus operaciones financieras y obligaciones tributarias.

Entre los ejemplos de bienes gravados en Colombia se encuentran productos como: pasta alimenticia, cereales preparados, derivados lácteos, dulces, gaseosas, maltas, y bienes del hogar como muebles, utensilios de cocina, electrodomésticos, prendas de vestir y servicios para mascotas. Estos bienes, al estar gravados con el IVA, representan una parte importante de la recaudación fiscal del país y juegan un rol crucial en la economía.

¿Qué son bienes exentos?

Los bienes exentos ocupan una posición única. Aunque están clasificados como bienes gravados, su particularidad radica en que la tarifa del IVA aplicable es del 0 %. Esto significa que, en el momento de la venta, estos bienes no generan IVA, lo que a primera vista podría sugerir una completa exención. Sin embargo, la realidad es más compleja y tiene implicaciones significativas en el proceso de producción y en la contabilidad fiscal (ver artículos 477, 478, 479, 480481 del ET.)

Durante la producción de estos bienes, los productores incurren en costos que incluyen el IVA pagado en la adquisición de materias primas y otros insumos necesarios. A pesar de que la tarifa de IVA aplicada a los bienes finales es del 0 %, estos costos iniciales no son ignorados en el sistema tributario. Los productores deben declarar estos costos en su declaración de impuestos, lo que les permite recuperar el IVA pagado en sus insumos. Este mecanismo fiscal es crucial, ya que permite a los productores solicitar un saldo a favor en su declaración de impuestos, que puede ser reclamado como devolución ante la Dian.

¿Qué son los bienes excluidos? 

Estos bienes, por su naturaleza o por disposición legal específica, están completamente fuera del ámbito del IVA. Esto implica que, en el momento de su venta o importación, no se les aplica este impuesto, lo que tiene consecuencias significativas tanto para los productores como para los consumidores.

Una característica distintiva de los bienes excluidos es que los productores o comerciantes no pueden recuperar el IVA pagado en sus insumos. A diferencia de los bienes gravados o exentos, donde el IVA pagado en la cadena de producción puede ser recuperado o compensado de alguna manera. En el caso de los bienes excluidos, este costo debe ser absorbido como parte del gasto o del costo del producto. Esto puede influir en la estructura de costos de estos bienes y, por ende, en su precio final en el mercado.

Los bienes excluidos suelen incluir productos y servicios considerados esenciales o de importancia crítica para el bienestar social. Por ejemplo, según los artículos 424 y 476 del ET, se incluyen en esta categoría ciertos alimentos, medicamentos, y servicios educativos, entre otros. Estos bienes son excluidos del IVA como parte de una política pública destinada a hacerlos más accesibles y asequibles para la población en general, especialmente para los sectores más vulnerables.

¿Cuál es la diferencia entre bienes gravados, exentos y excluidos de IVA?

Aunque ya podemos deducir cuáles son las diferencias entre los bienes gravados, exentos y excluidos de IVA, ¡te dejamos esta tabla que sin duda te salva el examen! 🤓📖

AspectoBienes gravadosBienes exentosBienes excluidos
DefiniciónBienes y servicios sobre los cuales se aplica el IVA en todas las etapas de producción y comercialización.Bienes y servicios que, aunque están sujetos al IVA, tienen una tarifa impositiva del 0 %.Bienes y servicios que están completamente fuera del ámbito del IVA por su naturaleza o disposición legal.
Tarifa de IVASu tarifa varía, generalmente es el 19 % en Colombia. Existen tarifas especiales (ej. 5 %) para ciertos bienes.0 %. Aunque están dentro del sistema del IVA, no generan impuesto en la venta.No aplicable. No se cobra IVA en su venta o importación.
Recuperación de IVA en insumosPosible. Los productores pueden reclamar créditos fiscales por el IVA pagado en insumos.Posible. Los productores pueden recuperar el IVA pagado en insumos, aunque la venta del bien final no genera IVA.No es posible. El IVA pagado en insumos no es recuperable y se considera como un costo/gasto adicional.
Ejemplos comunesAlimentos procesados, electrodomésticos, prendas de vestir, servicios comerciales.Alimentos básicos con tarifa 0 %, ciertos servicios educativos y de salud.Alimentos básicos no procesados, medicamentos esenciales, servicios educativos públicos.

¡Listo! Ahora conoces la diferencia entre los bienes gravados, exentos y excluidos de IVA. Si quieres seguir aprendiendo y mantenerte Siempre Al Día con temas relevantes en este campo, te invitamos a explorar más editoriales en nuestro portal. 

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
10 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados
Feedbacks de Inline
Ver todos los comentarios
laura
laura
7 meses hace

Me quedo muy claro, muchas gracias

Laura
Laura
5 meses hace

Tengo una duda en cuanto a los productos excluidos del IVA, y es: si éste impuesto debe ser llevado al mayor costo del producto ¿Como puede ser más accesible a los sectores más vulnerables teniendo en cuenta que el precio final se ve afectado?

Leydi Herrera
Leydi Herrera
4 meses hace

Perfecto el cuadro. Gracias por la explicación.

Dana Becerra
Admin
4 meses hace
Responder a  Leydi Herrera

¡Gracias, Leydi Herrera, por tu comentario! Nos alegra saber que el cuadro te ha sido útil y que la explicación te resultó clara. Seguiremos esforzándonos para ofrecerte herramientas y contenidos que faciliten tu trabajo diario. ¡Gracias por confiar en Siempre Al Día!

ivan
ivan
3 meses hace

Muchas gracias por la informacion, entendi a la perfección.

Equipo Siempre Al Día
Editor
3 meses hace
Responder a  ivan

Hola Iván ¡Nos alegra mucho saber que la información te ha sido útil y que la entendiste a la perfección! No dudes en seguir consultando nuestros artículos para mantenerte siempre al día con las novedades. ¡Gracias por tu comentario!

Jorge David Cortes Ruiz
Jorge David Cortes Ruiz
1 mes hace

Buen día Excelente información. Gracias

Equipo Siempre Al Día
Editor

¡Hola Jorge David! Muchas gracias por tu comentario. Nos alegra saber que la información te ha sido útil. Seguiremos trabajando para ofrecerte contenido de valor. ¡No dudes en visitarnos nuevamente o compartir el artículo con quienes puedan necesitarlo!

LUZ ELENA GALVIS JIMENEZ
LUZ ELENA GALVIS JIMENEZ
2 días hace

Yo tendo la duda es si una empresa que vende servicios deportivos por ejemplo una media maraton eso servicios son exentos o excluidos de iva para la declaracion de IVA?

Equipo Siempre Al Día
Editor

¡Hola, Luz Elena! Gracias por tu consulta. En relación con tu pregunta, el artículo 476 del Estatuto Tributario aborda este tema en los numerales 18 y 29:
a. El numeral 18 establece que las boletas para eventos deportivos están excluidas del IVA.
b. El numeral 29 señala que los servicios de promoción y fomento deportivo ofrecidos por los clubes deportivos, definidos en el artículo 2 del Decreto Ley 1228 de 1995, también se consideran excluidos del IVA.
Te invitamos a revisar los detalles de esta normativa para verificar si tu caso específico cumple con las condiciones requeridas y así determinar si aplica este tratamiento.

Suscríbete para leer la nota completa 🌟

Accede a todo el contenido sin costo y mantente Siempre Al Día con información especializada.

Notas relacionadas

¡Descubre la diferencia entre ingreso y utilidad con ejemplos prácticos!
13 Dic

4 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Descubre qué es la inteligencia emocional, su importancia en la vida profesional y cómo desarrollarla en 8 sencillos pasos.
05 Dic

6 min de lectura

noticias para contadores, comparte
El kárdex es un sistema de registro utilizado para llevar un control detallado de los movimientos de inventario dentro de una empresa. ¡Conoce todo aquí!
28 Nov

6 min de lectura

noticias para contadores, comparte
10
0
Me encantaría conocer su opinión.x

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!