Índice
ToggleCon el propósito de tener claro la persona física que es responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la sociedad o entidad, la DGII a través del aviso informativo 21-24, anunció novedades en las solicitudes de RNC de sociedades.
Los responsables solidarios se encuentran señalados en el artículo 11 del Código Tributario (Ley 11-92) modificado recientemente con la Ley 25-24. Conoce los detalles de este cambio en nuestro artículo Modifican el Código Tributario respecto de la responsabilidad solidaria de la obligación tributaria.
¿Qué debe incluir la solicitud de RNC de sociedades?
Cuando se vaya a solicitar la inscripción o actualización del RNC de sociedades, será necesario declarar quién va a ser la persona física que fungirá como responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la sociedad o entidad.
Adicionalmente, se deberá adjuntar copia del acta de asamblea o del acto correspondiente en el que se indique de manera expresa la aceptación de dicha responsabilidad. Este documento deberá estar registrado en la Cámara de Comercio y Producción o en el órgano regulador competente.
Tip Alegra: La persona física que sea designada como responsable debe tener una o varias de las calidades indicadas en el literal j) del artículo 11 del Código Tributario, y no podrá ser ajeno a la administración, dominio y transacciones del negocio.
Las calidades, que se indican en el literal j) del artículo 11 del citado código, son las siguientes:
- Presidentes, vicepresidentes, directores, gerentes, administradores o representantes de las personas jurídicas y de los demás entes colectivos con personalidad reconocida.
- Los que dirijan, administren o tengan la disponibilidad de los entes colectivos y empresas que carecen de personalidad jurídica, incluso las sucesiones indivisas.
RNC de sociedades ya inscritas deberá ser actualizado
Las sociedades comerciales que ya estén inscritas en el RNC, tienen plazo hasta la próxima asamblea ordinaria para decidir quién será la persona responsable, y solicitar la respectiva solicitud de actualización del RNC de sociedades, anexando la copia del acta de asamblea.
Si no se actualiza el RNC de sociedades, la DGII asignará de oficio esta responsabilidad al gerente, administrador o la persona que tenga mayor participación dentro de la sociedad.
Te invitamos a estar Siempre Al Día, explora todo el contenido que tenemos para ti en nuestro portal.