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ToggleDentro de las etapas que debe surtir un contribuyente ante la DGII se encuentra la solicitud de autorización de comprobantes fiscales o de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), según corresponda, y de las respectivas secuencias (NCF/e-NCF). En este último caso, debe tener presente que existe una vigencia de las secuencias de los comprobantes fiscales.
Explora nuestros editoriales ¿Cómo validar NCF o e-NCF en la DGII? y Estos son los tipos de comprobantes fiscales especiales.
¿Qué son las secuencias de los comprobantes fiscales?
Las secuencias de los comprobantes fiscales o e-CF son rangos de números de comprobantes fiscales —NCF— o de números de comprobantes fiscales electrónicos (e-NCF); el primero en el caso de que el contribuyente esté autorizado para emitir comprobantes fiscales, y el segundo si está autorizado para emitir e-CF.
La cantidad y tipo de NCFs o e-NCFs que autorice la DGII dependerá de los siguientes criterios: actividad económica del contribuyente según lo registrado en el RNC, volumen de operaciones, nivel de cumplimiento y perfil de riesgo del contribuyente; ver el artículo 5 de la Norma General 06-2018 y el párrafo I del artículo 16 de la Ley 32-23.
Vigencia de las secuencias de los comprobantes fiscales
Imagina que después de tener autorizadas las secuencias de NCF o de e-NCF, las operaciones o actividades no son muy frecuentes y se emiten pocos comprobantes fiscales o e-CF frente al rango de secuencia autorizado, ante esto el contribuyente deberá estar muy atento a la vigencia de las secuencias de los comprobantes fiscales (NCF/e-NCF).
Tip Alegra: Los contribuyentes pueden emitir las secuencias de los comprobantes fiscales (NCF/e-NCF) en un periodo de dos años, incluyendo el año en que se generó la autorización por parte de la DGII; ver el artículo 6 de la Norma General 06-2018.
Por ejemplo, si la DGII autorizó la secuencia en 2023, el contribuyente puede hacer uso de esta hasta el 31 de diciembre de 2024, pues la secuencia perdería vigencia a partir del 1 de enero de 2025.
Hay que tener en cuenta que este tiempo de vigencia de las secuencias de los comprobantes fiscales no aplica para facturas de consumo, notas de crédito y el comprobante de registro único de ingreso.
Recordemos que el contribuyente puede solicitar nuevas secuencias antes de que se le agoten las autorizadas, para ello antes de la solicitud debe haber reportado los números de comprobantes fiscales emitidos en los formatos de envío correspondientes.
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