Índice
ToggleEl verifone en República Dominicana es un terminal de pago con tarjeta, el cual facilita las ventas, pero puede traer una deuda tributaria oculta si se usa a nombre personal sin estar formalizado ante la DGII.
Muchas personas obtienen estos equipos como individuos (sin RNC o registro formal) para cobrar con tarjeta, desconociendo que cada transacción queda reportada a Impuestos Internos. La DGII interpreta esos ingresos como ventas no declaradas, por las cuales se adeudan impuestos como el ITBIS (18%) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondientes. En otras palabras, al cobrar con Verifone sin estar registrado, se podría acumular una deuda con la DGII sin saberlo, que con el tiempo trae multas y recargos.
Te puede interesar: DGII y el impuesto del 0.15 %: ¿Son realmente privadas las transferencias de mis clientes?
¿Por qué el uso del Verifone en República Dominicana genera una deuda con la DGII?
Si un negocio opera de forma informal y procesa pagos con tarjeta, la DGII recibe informes de esas transacciones directamente de las empresas procesadoras (CardNet, Visanet, Azul, etc.). Aunque el dueño del Verifone no presente declaraciones, el sistema fiscal detecta los montos cobrados en su cédula (que funge como RNC personal). La DGII asume entonces que esa persona está generando ingresos y no los está reportando. Esto da lugar a:
- ITBIS no declarado: el Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (18% del valor de cada venta gravada) se considera debido. Las procesadoras de pago actualmente retienen un 2% del monto de cada venta con tarjeta como adelanto de ITBIS, pero queda un 16% pendiente que el contribuyente informal no ha pagado ni declarado.
- ISR omitido: las ganancias por esas ventas también estarían sujetas al Impuesto Sobre la Renta (según las escalas vigentes, hasta un 25% anual dependiendo del monto). Al no estar registrado, el negocio no paga ISR por esos ingresos, acumulando otra deuda ante la DGII.
Tip Alegra: Cada venta con tarjeta genera impuestos que no desaparecen por el hecho de no estar formalizado. La DGII lleva un registro y eventualmente cobrará esos impuestos pendientes, incluso años después, sumando penalidades.
Te puede interesar: ¿Cómo optimizar el pago del ITBIS en República Dominicana? 5 consejos prácticos
Para ilustrar, supongamos una persona no registrada que cobra RD$200,000 en un mes a través de un Verifone bajo su cédula. La DGII considerará lo siguiente:
| Ventas mensuales con Verifone | ITBIS generado (18%) |
| RD$200,000 | RD$36,000 |
En este escenario, se generarían RD$36,000 de ITBIS en el mes, de los cuales la procesadora retuvo RD$4,000(2 %). Quedarían RD$32,000 de ITBIS sin declarar, que la DGII eventualmente reclamará. Adicionalmente, habría que considerar el ISR anual sobre las utilidades de estas ventas. Todo lo no pagado a tiempo empezará a generar recargos e intereses por mora desde el primer mes de atraso.
Tip Alegra: Según el Código Tributario, pagar impuestos fuera de plazo acarrea un recargo por mora del 10 % el primer mes, más 4 % por cada mes adicional, y alrededor de 1.10 % de interés indemnizatorio mensual sobre el monto debido. Esto significa que la deuda crece con rapidez si no se regulariza. Con el paso del tiempo, incluso montos pequeños pueden convertirse en sumas muy grandes.
¿Cómo evitar deudas por transacciones con Verifone?
La clave para no acumular deudas con la DGII es formalizarse y cumplir con las obligaciones fiscales. A continuación algunas recomendaciones prácticas:
- Registrar el negocio en la DGII: Inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) como persona física o empresa. Al hacerlo, su cédula o RNC queda habilitado para declarar impuestos. Es un deber legal de quien realiza actividades comerciales habituales.
- Declarar y pagar el ITBIS mensualmente: Si realiza ventas gravadas, debe presentar el formulario IT-1 cada mes, reportando el ITBIS facturado y pagando el saldo correspondiente (descontando retenciones aplicadas). De esta forma evitará que el impuesto se acumule. Recuerde que el 2 % retenido por las procesadoras es solo un anticipo del ITBIS, usted debe declarar el valor restante.
- Declarar el Impuesto Sobre la Renta (anual): Como persona física con negocio, presente su IR-1 anual indicando los ingresos y gastos del año. Si sus ingresos superan la exención (RD$416,220 anuales) deberá pagar ISR según la escala vigente. Declarar permite calcular correctamente el impuesto descontando costos y evitar pagar de más (o incurrir en evasión).
- Llevar un control contable y de facturación: Utilice herramientas que faciliten la emisión de comprobantes fiscales (NCF) y el registro de ventas. Por ejemplo, el sistemas en la nube Alegra permite facturar con los formatos aprobados por DGII y llevar la contabilidad al día. Con un buen control, sabrá cuánto debe pagar de ITBIS e ISR y podrá hacerlo a tiempo, evitando multas.
Tip Alegra: cobrar con un Verifone sin declarar las ventas es una bomba de tiempo fiscal. Tanto si es usted contador con un cliente en esta situación, como si es un emprendedor informal, es fundamental tomar acción: formalice el negocio, declare sus impuestos y evite el círculo vicioso de deudas tributarias. De lo contrario, podría enfrentar en el futuro reclamaciones inesperadas de la DGII que pongan en riesgo sus finanzas y patrimonio.
Te puede interesar: Prescripción de deudas con la DGII: ¿Cuándo y cómo realizar la solicitud?
¿Qué impuestos se generan al usar un Verifone sin RNC?
Principalmente dos: el ITBIS (18 % de cada venta gravada) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre las ganancias. Si opera informalmente, esos impuestos quedan sin pagar, pero la DGII igualmente los considera adeudados y empezarán a acumularse con el tiempo.
¿Cómo se entera la DGII de mis transacciones con tarjeta?
Las empresas procesadoras de pago (CardNet, VisaNet, Azul, etc.) reportan a la DGII los detalles de todas las transacciones con tarjetas, incluyendo el número de cédula o RNC del propietario del Verifone. Por eso, aunque usted no declare, la DGII sabe que realizó ventas y puede iniciar una fiscalización.
¿Qué pasa si no declaro ni pago los impuestos de las ventas con Verifone?
Se irá acumulando una deuda tributaria a su nombre. La DGII eventualmente le fiscalizará y exigirá el pago de todo el ITBIS no declarado (más recargos de 10 % el primer mes y 4 % por mes adicional) y los intereses (1.10 % mensual). También le requerirá el pago del ISR omitido, con sus respectivas sanciones.
¿Cómo puedo evitar deudas tributarias por uso de Verifone?
La única forma es formalizarse y cumplir las obligaciones fiscales. Debe inscribirse en la DGII, obtener su RNC (usando su cédula si es persona física) y comenzar a declarar mensualmente el ITBIS y anualmente el ISR que corresponda. Además, lleve registros contables y facture con NCF para tener respaldo de sus operaciones.
Te invitamos a estar Siempre Al Día. Recuerda llevar tus conocimientos siempre a otro nivel.

