Retenciones de ITBIS: puntos clave para contribuyentes y agentes de retención

Descubre los conceptos que dan lugar a las retenciones de ITBIS, tarifas aplicables y normativas que las respaldan. Además, de los aspectos que deben considerar los agentes de retención y los contribuyentes sobre este tipo de retenciones al momento de declarar y pagar.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 03 Dic 2024

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Retenciones de ITBIS

Las retenciones de ITBIS son parte del impuesto que el agente de retención le retiene a las personas físicas, personas jurídicas, negocios de único dueño o personas no registradas en la DGII, por los pagos realizados a estos por los servicios o bienes recibidos.

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Conceptos sujetos a retención de ITBIS y sus tarifas

En la siguiente tabla se listan los agentes de retención, los conceptos sujetos a retención de ITBIS, así como su respectiva tarifa de retención y la normatividad que la sustenta:

Agentes de retención y conceptos objeto de retenciónTarifaNormatividad
1Son agentes de retención, las personas jurídicas y negocios de único dueño cuando paguen prestaciones de servicios gravados a personas físicas. 100%Párrafo I del artículo 25 del Decreto 293-11
2Deben practicar retenciones de ITBIS, las personas jurídicas y negocios de único dueño cuando  adquieran bienes gravados de personas físicas. 100%Párrafo II del artículo 25 del Decreto 293-11
3Actúan como agentes retenedores las sociedades de cualquier naturaleza, cuando paguen prestaciones de servicios profesionales liberales a otras sociedades, indistintamente, de que estas sean o no de carácter lucrativo.

En el artículo 2 de la Norma General 02-05 se enuncian a modo de ejemplo los servicios de ingeniería en todas sus ramas, arquitectura, contaduría, auditoría, abogacía, computacionales, administración, diseño, asesorías y consultorías.
30%Artículos 1, 2 y 5 de la Norma General 02-05
(Sobre el tema es válido mencionar que los artículos 1 y 5 de la citada norma fueron modificados por los artículos 1 y 2 de la Norma General 07 -2009 respectivamente).
4Las sociedades de cualquier naturaleza deben practicar retenciones de ITBIS cuando paguen servicios de seguridad o vigilancia a otras sociedades, indistintamente, de que estas sean o no de carácter lucrativo.100%
5Se instituyen como agentes de retención las sociedades de cualquier naturaleza, cuando paguen las prestaciones de servicios de alquiler de bienes muebles a otras sociedades independientemente de si son o no lucrativas.

En el artículo 4 de la Norma General 02-05 se enuncia el alquiler de equipos, exceptuando los telefónicos, maquinarias, vehículos de motor, alquiler de bienes muebles para la organización de eventos.
30%Artículos 3 a 5 de la Norma General 02-05
6Son agentes de retención las líneas aéreas cuando paguen comisiones a las agencias de viaje por concepto de venta de boletos.100%Artículo 6 de la Norma General 02-05
7Los hoteles deben practicar retenciones de ITBIS cuando paguen comisiones a las agencias de viaje por concepto de venta de alojamiento u ocupación.100%Artículo 6 de la Norma General 02-05
8Actuarán como agentes de retención las empresas constructoras cuando los servicios facturados sujetos a ITBIS sean brindados por una persona física.100%Párrafo IV del artículo 3 y artículo 4 de la Norma General 07-2007
9Deben practicar retenciones de ITBIS las empresas constructoras cuando los servicios recibidos sean prestados por personas jurídicas.30%Párrafo IV del artículo 3 y artículo 4 de la Norma General 07-2007
10Se consideran agentes de retención las personas jurídicas, cuando efectúen pagos a entidades no lucrativas por servicios de publicidad u otros servicios gravados con ITBIS.100%Artículo 1 de la Norma General 01-2011
11Las personas físicas y jurídicas que emitan comprobantes de compras (tipo 11 o 41) deben practicar retenciones de ITBIS al adquirir bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes.100%Artículo 7 de la Norma General 05-2019
12Son agentes de retención las empresas de adquirencia o adquirentes, agregadores de pago y entidades de pago electrónico, en las transacciones pagadas mediante tarjetas de crédito, tarjetas de débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico, y el afiliado (persona física o jurídica) esté inscrito ante la DGII como contribuyente y su estado se encuentre activo.2%Literal a) del artículo 4 de la Norma General 06-2023
13Las personas físicas o jurídicas no acogidas al RST deberán practicar retenciones de ITBIS cuando adquieran bienes o servicios de contribuyentes acogidos a dicho régimen.100%Párrafo II del artículo 9 del Decreto 265-19

Recordemos que con la modificación efectuada por el artículo 1 de la Norma General 13-07 al artículo 6 de la Norma General 02-05, las compañías aseguradoras ya no practican retenciones de ITBIS cuando pagan servicios de intermediación prestados por sus corredores o agentes de seguros.

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Retenciones de ITBIS

Consideraciones sobre las retenciones de ITBIS al declarar y pagar

En la siguiente infografía se enuncian varios puntos clave que deben considerar los agentes de retención y los contribuyentes respecto de las retenciones de ITBIS al momento de declarar y pagar:

Retenciones de ITBIS

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