¿Estás listo para el e-CF? Revisa los requisitos para la facturación electrónica aquí

El plazo para emitir comprobantes fiscales electrónicos ante la DGII ya está vigente para la mayoría de contribuyentes. Para pequeños, micros y no clasificados, la DGII otorgó una prórroga hasta el 15 de noviembre de 2026. En esta guía te explicamos, fácil y rápido, los requisitos para la facturación electrónica que debes cumplir para estar listo a tiempo.

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Actualizado el: 06 May 2026

14 min de lectura

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Requisitos para la facturación electrónica en RD – Guía 2026

La transformación digital impulsada por la DGII ya es una realidad en República Dominicana. Con la entrada en vigor de la Ley 32-23, el país inició un proceso gradual donde cumplir con los requisitos para la facturación electrónica es el nuevo estándar obligatorio para emitir comprobantes fiscales.

Este calendario de implementación está en sus etapas finales. Para micro, pequeñas empresas y contribuyentes no clasificados, la fecha límite original era el 15 de mayo de 2026, pero la DGII otorgó mediante Aviso del 6 de mayo de 2026 una prórroga automática y excepcional de 6 meses: el nuevo plazo es el 15 de noviembre de 2026. No requiere solicitud — aplica de pleno derecho para todo ese grupo.

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El objetivo de esta guía es explicarte, de forma clara y práctica, cuáles son los requisitos para la facturación electrónica, a quiénes aplica la obligatoriedad en 2026 y qué debes hacer desde ahora para cumplir sin contratiempos.

facturación electrónica e-CF

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¿Qué es la facturación electrónica y por qué es obligatoria?

La facturación electrónica es el sistema mediante el cual las empresas emiten comprobantes fiscales en formato digital, conocidos como Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), que son validados en línea por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Estos comprobantes sustituyen a las facturas en papel tradicionales y tienen plena validez fiscal y legal.

La obligatoriedad de este sistema está establecida en la Ley de facturación electrónica de la República Dominicana 32-23 del Congreso Nacional, publicada el 16 de mayo de 2023, la cual define que todos los contribuyentes, sin excepción, deberán emitir e-CF dentro del calendario fijado por la DGII.

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¿Cuáles son los requisitos para la facturación electrónica ante la DGII?

✓ Checklist interactivo · Ley 32-23

¿Está su empresa lista para
la Facturación Electrónica en RD?

Verifique los 10 requisitos que exige la DGII para habilitarse como emisor electrónico de e-CF antes del 15 de noviembre de 2026.

Progreso: 0 de 10 requisitos
📄
Requisitos Legales y Tributarios
RNC activo e inscrito en la DGII
Su Registro Nacional de Contribuyentes debe estar en estado activo y con obligaciones tributarias asignadas. Verifique en la Oficina Virtual (OFV) de la DGII.
Obligatorio
Cero deudas tributarias y declaraciones al día
La DGII no habilita emisores electrónicos con obligaciones pendientes o declaraciones omisas. Si tiene deudas, solicite un plan de facilidades de pago primero.
Obligatorio
Cumplimiento con la Norma General Núm. 06-2018
Debe estar al día con las disposiciones sobre comprobantes fiscales NCF, incluyendo formularios 606 y 607 declarados correctamente ante la DGII.
Legal
🔒
7 requisitos más por verificar
Ingrese sus datos para ver los 7 requisitos restantes y obtener su diagnóstico de cumplimiento ante la DGII.
🔒 Sus datos están seguros. No enviamos spam.
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Su diagnóstico está listo
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Cumplidos
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Pendientes
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Cumplimiento
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Fecha límite: El 15 de noviembre de 2026 es el plazo máximo para pequeñas empresas, microempresas y contribuyentes no clasificados, tras la prórroga otorgada por la DGII el 6 de mayo de 2026. Tras esa fecha sus NCF en papel quedan automáticamente vencidos.

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Basada en la Ley 32-23 · Decreto 587-24 · DGII
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Para cumplir con la normativa y poder emitir e-CF en República Dominicana, los contribuyentes deben cumplir todos los siguientes requisitos:

  • Certificado digital tributario: es un certificado electrónico que permite firmar digitalmente las facturas y garantizar su autenticidad e integridad. Debe estar vigente y a nombre del contribuyente o su representante autorizado.
  • Software certificado o facturador gratuito: es obligatorio contar con un sistema que pueda conectarse con la DGII para enviar y validar los e-CF.
  • RNC activo y datos actualizados: el contribuyente debe tener su Registro Nacional de Contribuyentes activo y con información correcta en la OFV.
  • Autorización de la DGII como emisor electrónico: antes de emitir e-CF, es obligatorio pasar por el proceso de validación y certificación ante la DGII.

Tip Alegra: Consulta la guía completa de facturación electrónica para conocer desde el marco normativo y certificación, hasta el flujo de emisión de e-CF y las sanciones fiscales. Descarga gratis esta herramienta clave: Guía de Facturación Electrónica en República Dominicana

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¿Es obligatorio comprar un certificado digital para facturar electrónicamente?

Sí, el certificado digital para procesos tributarios es obligatorio. Sin este certificado, no es posible firmar digitalmente los e-CF, lo cual es un requisito legal.

¿Sabías que puedes obtener tu certificado digital sin costo adicional? El requisito indispensable para facturar electrónicamente, hoy es un beneficio exclusivo con Alegra.

¿Qué contribuyentes deben estar facturando electrónicamente y cuál es su plazo vigente?

La Ley 32-23 estableció un calendario escalonado según el tipo de contribuyente:

Clasificación del contribuyenteFecha límite originalNueva fecha límite
Grandes contribuyentes nacionales15 de mayo de 2024Plazo vencido
Grandes contribuyentes locales y medianos15 de mayo de 202515 de noviembre de 2025 — Vencido
Pequeños, micro y no clasificados15 de mayo de 202615 de noviembre de 2026

Este último grupo tiene ahora hasta el 15 de noviembre de 2026 gracias a la prórroga otorgada por la DGII el 6 de mayo de 2026. Aunque el plazo se extendió, la obligación es real y las sanciones aplican tras esa fecha. Incluye negocios pequeños y familiares, profesionales independientes y empresas acogidas al Régimen Simplificado de Tributación (RST).

¿Si estoy en el RST, cuándo debo empezar a facturar electrónicamente?

Los contribuyentes acogidos al RST tienen como fecha límite obligatoria el 15 de noviembre de 2026, conforme a la prórroga otorgada por la DGII mediante Aviso del 6 de mayo de 2026.

¿Cómo saber si mi empresa entra en este grupo?

La regla general es sencilla: si tu empresa NO está clasificada como “Gran Contribuyente Nacional” ni “Gran Contribuyente Local o Mediano”, perteneces al grupo de Micro, Pequeñas y No Clasificados, cuya obligatoriedad vence en mayo de 2026. Puedes verificarlo en la herramienta de Consulta de RNC ingresando tu RNC o Cédula.

Tip Alegra: La DGII suele enviar una notificación al Buzón de Mensajes de tu Oficina Virtual confirmando tu fecha. Si tienes acceso, revísalo para tener un respaldo oficial de tu plazo.

¿Qué pasa si después del 15 de noviembre de 2026 no estoy al día con la facturación electrónica?

No cumplir con la facturación electrónica dentro del plazo legal tiene consecuencias importantes:

Sanciones y multas

La Ley 32-23 y el Código Tributario contemplan multas económicas y sanciones administrativas para quienes incumplan la obligatoriedad.

Imposibilidad de emitir NCF válidos

Las facturas en papel no serán válidas fiscalmente, lo que impide a tus clientes deducir gastos o créditos fiscales.

Pérdida de competitividad

Muchas empresas grandes dejarán de comprar a proveedores que no emitan e-CF, afectando directamente tus ingresos y relaciones comerciales.

Tip Alegra: No esperes al 15 de noviembre. La prórroga no es una señal de que el plazo seguirá moviéndose — es excepcional. A medida que se acerque la fecha, la demanda de certificaciones y proveedores aumentará. Anticiparte es la mejor forma de cumplir sin estrés — y ahora Alegra tiene 30% de descuento con certificado digital incluido.

Referencias

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