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ToggleLos requisitos para certificado digital son una de las primeras validaciones que debes realizar cuando preparas a un cliente para convertirse en emisor electrónico en República Dominicana. Sin embargo, existe una precisión que puede cambiar por completo la forma en que gestionas este requisito: si tu cliente es una empresa, el certificado para procesos tributarios no se emite a nombre de la persona jurídica, sino de la persona física que actúa como delegado dentro del esquema de facturación electrónica.
Además, no cualquier certificado digital sirve para emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos —e-CF—. Debe tratarse de un certificado digital para procesos tributarios, emitido por una entidad habilitada para este propósito y con las características técnicas requeridas por la regulación aplicable.
Este control cobra especial relevancia en 2026. Los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micros y No Clasificados tienen hasta el 15 de noviembre de 2026 para completar su incorporación al Sistema Fiscal de Facturación Electrónica, según la extensión comunicada por la DGII mediante el Aviso 06-26.
En términos prácticos:
- El certificado utilizado para facturación electrónica debe ser para procesos tributarios.
- El titular del certificado debe ser una persona física, no la sociedad o empresa.
- Cada delegado que deba contar con certificado debe disponer del suyo.
- Si existen varios delegados, no deben compartir un mismo certificado como si perteneciera a la empresa.
- Una misma persona sí puede utilizar su certificado como delegado de varios contribuyentes, siempre que tenga asignado el rol correspondiente en cada uno.
- La DGII reconoce actualmente como opciones para adquirir certificados para procesos tributarios a Avansi, Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y Novosit.
- Los usuarios del Facturador Gratuito pueden acceder actualmente a un certificado digital gratuito para uso exclusivo dentro de esa solución.
Si necesitas revisar el panorama completo antes de preparar a un cliente, consulta nuestra guía de facturación electrónica en República Dominicana de la A a la Z.

¿Qué certificado digital exige la DGII para facturación electrónica?
Uno de los primeros errores que debes evitar es asumir que cualquier certificado de firma digital puede utilizarse para los e-CF.
Para facturación electrónica, la DGII exige un certificado digital para procesos tributarios, adquirido mediante una entidad de certificación o prestadora de servicios de confianza autorizada y que cumpla con las características establecidas en el artículo 17 de la Resolución núm. 035-2020.
Su función es permitir la identificación del titular y la aplicación de la firma digital correspondiente en las operaciones electrónicas.
Este certificado forma parte del ecosistema que permite autenticar los e-CF y asegurar la integridad de la información transmitida.
Si quieres profundizar específicamente en su funcionamiento y no en sus requisitos, revisa nuestro editorial ¿Qué es y cómo funciona el certificado digital para facturación electrónica en República Dominicana?.
También puedes consultar ¿Cuáles son los elementos del certificado digital tributario? para identificar los datos del titular, entidad emisora y elementos técnicos que contiene.
¿El certificado digital se emite a nombre de la empresa?
No. Esta es una de las principales correcciones que debes hacer frente a la forma tradicional de explicar este requisito.
La DGII establece expresamente que los certificados digitales para procesos tributarios utilizados en facturación electrónica deben ser emitidos a nombre de personas físicas, no jurídicas.
Por tanto, si estás habilitando a una SRL, SA u otra persona jurídica como emisor electrónico, no debes pensar en un “certificado de la empresa” en sentido estricto.
El certificado identifica a la persona física que actuará como delegado.
Por ejemplo: Comercial Ejemplo, SRL quiere convertirse en emisor electrónico.
La sociedad es el contribuyente que emitirá los e-CF, pero el certificado digital puede corresponder a María, quien figura como persona autorizada y tiene asignado el rol correspondiente dentro de la facturación electrónica.
El certificado identifica a María; la autorización y los roles determinan en qué contribuyente puede utilizarlo.
¿Entonces el certificado debe pertenecer siempre al representante legal?
No necesariamente. El punto determinante no es exclusivamente ostentar la representación legal, sino que la persona esté correctamente vinculada y delegada dentro del esquema de facturación electrónica.
La DGII contempla distintos tipos de relaciones que permiten posteriormente asignar roles de facturación electrónica. Entre ellas aparecen representante, socio, contador, administrador, apoderado, accionista, responsable por la solicitud, usuario administrador de e-CF y firmante de e-CF, entre otras.
Por eso, al preparar a una empresa no debes reducir el análisis a preguntar: “¿Quién es el representante legal?”
También debes verificar: “¿Quién será el delegado y qué rol tendrá dentro de la facturación electrónica?”
¿Qué es un delegado de facturación electrónica y por qué importa para el certificado?
El delegado es una persona física autorizada para ejercer determinadas funciones dentro del sistema de facturación electrónica de un contribuyente.
Entre los roles existentes se encuentra el rol de firmante, que permite al delegado firmar los e-CF de la empresa.
La DGII ha indicado que un delegado puede acumular varios roles y que un mismo representante puede actuar como delegado de varios contribuyentes simultáneamente, siempre que cumpla las condiciones correspondientes.
También establece que los e-CF firmados por personas que no posean el rol de firmante o cuyo certificado no esté vigente serán rechazados.
Esto significa que debes revisar dos controles diferentes:
1. Certificado digital
Demuestra la identidad digital de la persona y permite realizar la firma.
2. Rol dentro del contribuyente
Determina si esa persona está autorizada para ejecutar determinada acción respecto de ese RNC.
Tener un certificado válido por sí solo no convierte a una persona en firmante autorizado de cualquier contribuyente.
¿Cada delegado necesita un certificado digital?
Cuando existen varios delegados, debes identificar individualmente quién ejercerá cada rol.
La DGII establece que, si un mismo rol se asigna a varios delegados, cada uno debe contar con su certificado digital para procesos tributarios.
Por ejemplo:
Una empresa tiene tres personas autorizadas para desarrollar funciones de facturación electrónica:
- Ana.
- Carlos.
- José.
No debes adquirir un único certificado bajo la idea de que pertenece a la sociedad y distribuirlo entre los tres.
Los certificados identifican a personas físicas.
Además de ser un problema de control interno, compartir certificados y claves entre diferentes personas rompe la trazabilidad que precisamente busca proporcionar la firma digital.
¿Un contador puede usar el mismo certificado digital para varios clientes?
Sí. Esta es una precisión especialmente importante para tu trabajo como contador.
La DGII confirmó en abril de 2026 que una persona puede utilizar un mismo certificado digital como delegado de diferentes contribuyentes y también para su propia facturación electrónica.
También ha señalado que el mismo certificado para procesos tributarios puede utilizarse en diferentes empresas, pues el certificado es personal y acredita al individuo que actúa como delegado.
Por tanto, si eres contador de varias empresas, no necesitas automáticamente comprar un certificado distinto por cada RNC.
Ejemplo:
Tienes tu certificado digital para procesos tributarios y administras:
- Empresa A.
- Empresa B.
- Empresa C.
Podrás utilizar tu mismo certificado en esas organizaciones siempre que hayas agotado correctamente el proceso de delegación y tengas asignado el rol necesario en cada contribuyente.
La DGII también ha confirmado que el mismo certificado puede utilizarse para la facturación electrónica propia de la persona física titular.
Checklist para el contador que maneja varios RNC
Antes de utilizar tu certificado con un cliente, verifica:
- que aparezcas correctamente relacionado en los datos del RNC cuando corresponda;
- que tengas acceso a la Oficina Virtual;
- que te hayan asignado el rol necesario;
- que tu certificado corresponda a procesos tributarios;
- que esté vigente;
- que los datos de identidad coincidan;
- y que el software utilizado reconozca correctamente la configuración del contribuyente.
La DGII señala expresamente que un representante puede actuar como delegado de varios contribuyentes simultáneamente si cumple las condiciones establecidas.
¿Cuáles son los requisitos para certificado digital de una persona física?
Aquí debes separar dos conceptos que suelen mezclarse: los requisitos tributarios para utilizar el certificado en facturación electrónica y los documentos comerciales que solicita cada entidad certificadora para expedirlo. No son exactamente lo mismo.
Desde la perspectiva de facturación electrónica, debes verificar principalmente:
- que el certificado corresponda a una persona física;
- que sea un certificado habilitado para procesos tributarios;
- que haya sido expedido por una entidad autorizada para este servicio;
- que la identificación corresponda exactamente al titular;
- que el certificado esté vigente;
- y que la persona esté debidamente habilitada dentro del contribuyente para las funciones que realizará.
La DGII establece además que los certificados para procesos tributarios emitidos a extranjeros que no dispongan de Cédula de Identidad y Electoral dominicana deben estar vinculados al número de pasaporte, no al RNC que eventualmente les haya sido asignado.
¿Qué documentos debes presentar para comprar el certificado?
Aquí no conviene crear una lista universal. La documentación para validar la identidad y contratar el certificado puede variar dependiendo de:
- la entidad certificadora;
- el tipo de servicio;
- la modalidad de validación de identidad;
- y las políticas particulares del proveedor.
Por ello, documentos como Registro Mercantil, actas societarias, cartas de autorización o poderes no deben presentarse como requisitos generales exigidos por la DGII para todos los certificados digitales.
La recomendación correcta es confirmar directamente con la prestadora seleccionada cuáles documentos exige para la modalidad que contratará el titular.
Si tu intención de búsqueda es precisamente conocer el procedimiento de adquisición, continúa con nuestra guía ¿Cómo obtener el certificado digital para facturación electrónica?.
¿Cuáles son los requisitos para certificado digital cuando el cliente es una empresa?
La pregunta técnicamente correcta no es “¿qué documentos necesita la empresa para obtener su certificado?”, porque el certificado para procesos tributarios se expide a una persona física.
Cuando tu cliente es una persona jurídica, deberás revisar dos capas:
1. Requisitos relacionados con el titular del certificado
La persona física debe:
- acreditar su identidad;
- obtener un certificado para procesos tributarios;
- mantenerlo vigente;
- cumplir los requisitos de identificación de la certificadora.
2. Requisitos relacionados con la empresa
El contribuyente debe:
- tener correctamente actualizada la información de su RNC;
- definir las personas que actuarán como delegados;
- asignar los roles de facturación electrónica correspondientes;
- contar con Usuario Administrador de e-CF;
- y completar las demás etapas para obtener autorización como emisor electrónico.
La DGII establece que, durante el proceso de certificación como emisor electrónico, el Usuario Administrador de e-CF indicado en la solicitud también debe contar con certificado digital porque al final del proceso debe firmar la declaración jurada correspondiente.
Por eso, antes de comprar certificados sin una estructura definida, arma primero el mapa de usuarios y responsabilidades del cliente.
Para revisar todos los demás controles del proceso, consulta ¿Estás listo para el e-CF? Revisa los requisitos para la facturación electrónica aquí.
¿Dónde obtener el certificado digital para procesos tributarios?
Según la información vigente publicada por la DGII, el certificado digital para procesos tributarios exigido para facturación electrónica puede adquirirse actualmente mediante:
- Avansi.
- Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo.
- Novosit.
La DGII advierte que el certificado adquirido debe ser específicamente para procesos tributarios y cumplir las características previstas en el artículo 17 de la Resolución núm. 035-2020.
Por tanto, antes de pagar pregunta expresamente: ¿Este certificado está habilitado para procesos tributarios y facturación electrónica ante la DGII?
No te limites a preguntar si se trata de un certificado de firma digital.
¿Existe un certificado digital gratuito de la DGII en 2026?
Sí. Esta es una de las principales novedades que debe incorporar la actualización del artículo.
En abril de 2026, la DGII confirmó que tanto las personas físicas como jurídicas que utilizan el Facturador Gratuito tienen actualmente la posibilidad de solicitar un certificado digital sin costo para uso exclusivo dentro de esa solución.
La DGII volvió a reiterar esta facilidad en agosto de 2026 al informar que los usuarios que optan por el Facturador Gratuito pueden obtener un certificado digital sin costo por un año.
¿Qué debes saber sobre este certificado gratuito?
Según la DGII:
- corresponde a la facilidad implementada para usuarios del Facturador Gratuito;
- su uso es exclusivo dentro del Facturador Gratuito;
- tiene vigencia de un año desde su emisión;
- una vez vencido, la renovación debe ser gestionada y asumida por el contribuyente;
- y la facilidad continúa disponible actualmente hasta nuevo aviso.
Esto significa que no debes decirle a un cliente:
“Como la DGII me entregó un certificado gratuito, puedo llevar ese archivo a cualquier software”.
La restricción publicada por la propia Administración es clara: el beneficio gratuito está vinculado al Facturador Gratuito.
¿Cómo solicitar el certificado gratuito?
La DGII establece el siguiente procedimiento:
- Solicitar mediante la Oficina Virtual autorización para utilizar el Facturador Gratuito.
- Una vez autorizado, ingresar al Facturador Gratuito.
- Seleccionar la opción Solicitar Certificado Digital.
- Completar los términos y condiciones.
- Registrar los datos del solicitante.
- Completar la verificación de identidad.
- Firmar el contrato.
- Descargar el certificado.
- Finalizar el proceso.
Antes de recomendar esta alternativa, evalúa las necesidades operativas del cliente.
Este es el análisis específico para esta decisión: Facturador gratuito DGII vs. software certificado: ¿cuál elegir antes del 15 de noviembre?.
¿Cuánto cuesta el certificado digital en República Dominicana?
No existe una tarifa única fijada por la DGII para todos los certificados comerciales. Los precios, vigencias y condiciones dependen de cada prestadora y del servicio contratado.
Por eso, en esta actualización no recomendamos mantener rangos fijos de precios dentro del artículo, porque pueden quedar desactualizados rápidamente.
Antes de realizar la compra debes confirmar con la entidad certificadora:
- precio vigente;
- tiempo de vigencia;
- costo de renovación;
- procedimiento de validación de identidad;
- modalidad de entrega y custodia;
- y condiciones aplicables al servicio contratado.
En el caso particular del certificado gratuito asociado al Facturador Gratuito de la DGII, su vigencia informada es de un año desde la emisión.
Si necesitas profundizar en renovación, pérdida, seguridad y administración del certificado, consulta nuestro artículo ¿Conoces la importancia del certificado digital en RD? Resolvemos las preguntas frecuentes.
Checklist de requisitos para certificado digital antes de habilitar a tu cliente
Utiliza esta lista de control antes de continuar con la certificación como emisor electrónico:
| Validación | ¿Qué debes revisar? |
|---|---|
| Tipo de certificado | Debe ser para procesos tributarios |
| Titular | Debe ser una persona física |
| Identificación | Cédula o identificación aplicable correctamente asociada |
| Emisor del certificado | Debe corresponder a una entidad habilitada |
| Vigencia | El certificado no debe estar vencido o revocado |
| RNC del cliente | Datos y relaciones actualizados |
| Delegado | Debe figurar correctamente para poder recibir el rol |
| Rol de firmante | Debe estar asignado cuando la persona firmará e-CF |
| Usuario Administrador | Debe cumplir las condiciones del proceso de certificación |
| Varios delegados | Cada delegado debe disponer del certificado que corresponda |
| Varios clientes | Un mismo certificado personal puede utilizarse en varios RNC si existe delegación |
| Facturador Gratuito | Validar si se utilizará el certificado gratuito de uso exclusivo en esa plataforma |
| Vencimiento | Llevar control de la fecha de expiración y renovación |
| Implementación completa | No confundir tener certificado con estar habilitado como emisor electrónico |
Si el certificado ya está listo, el siguiente paso es comprobar que el cliente complete todo el proceso de habilitación. Puedes hacerlo con nuestra guía ¿Cómo habilitarse como emisor electrónico ante la DGII?: guía paso a paso 2026.
7 errores frecuentes con los requisitos para certificado digital
Antes de gestionar el certificado digital de tus clientes, conviene identificar los errores que más pueden retrasar la habilitación como emisor electrónico o provocar rechazos en la firma de e-CF. Estos son los 7 errores frecuentes con los requisitos para certificado digital que debes evitar durante la implementación.
1. Solicitar un certificado “a nombre de la empresa”
Para facturación electrónica, el certificado para procesos tributarios debe estar emitido a una persona física que actúa como delegado.
2. Comprar cualquier certificado de firma digital
Confirma que sea específicamente un certificado para procesos tributarios y que cumpla las características requeridas.
3. Pensar que solo el representante legal puede tenerlo
La estructura de facturación electrónica contempla delegados y diferentes roles. Lo importante es validar la relación del usuario con el contribuyente y su autorización.
4. Compartir el mismo certificado entre varias personas
El certificado identifica a una persona determinada.
Si existen varios delegados, cada uno debe contar con su certificado cuando corresponda.
5. Comprar un certificado diferente por cada cliente del contador
Esto tampoco es necesario automáticamente.
Un mismo certificado personal puede utilizarse como delegado de diferentes contribuyentes siempre que se complete la delegación correspondiente.
6. Pensar que el certificado gratuito de la DGII puede utilizarse en cualquier sistema
El certificado otorgado como facilidad por la DGII es para uso exclusivo en el Facturador Gratuito.
7. Obtener el certificado y creer que el cliente ya es emisor electrónico
Tener el certificado es solamente una parte del proceso.
El contribuyente todavía debe completar los requisitos, solicitud, pruebas, certificación y autorización necesarias para quedar habilitado para emitir e-CF.
Para revisar la ruta completa puedes consultar nuestros 8 pasos prácticos para cumplir con la facturación electrónica obligatoria en República Dominicana.
¿Qué pasa si el certificado digital vence?
Este debe convertirse en un control periódico de tu despacho.
La DGII establece expresamente que los e-CF firmados por un delegado cuyo certificado digital no se encuentre vigente serán rechazados.
Por ello, no basta con verificar el certificado durante la implementación inicial.
Registra para cada cliente:
- titular;
- entidad emisora;
- fecha de expedición;
- fecha de vencimiento;
- roles asociados;
- contribuyentes donde se utiliza;
- responsable de renovación.
También debes establecer un protocolo si el certificado aparece revocado. En una respuesta oficial de enero de 2026, la DGII indicó que, ante un certificado revocado, el usuario debe comunicarse con la entidad que lo emitió; para certificados utilizados en el Facturador Gratuito, señaló a Avansi como responsable de su emisión.
¿Qué pasa si el contribuyente no completa la implementación?
El certificado es apenas uno de los requisitos que debes tener listo antes de la fecha correspondiente.
Para los contribuyentes Pequeños, Micros y No Clasificados, la DGII reiteró que el plazo para completar la incorporación al sistema vence el 15 de noviembre de 2026.
No significa que ese día debas comenzar a tramitar el certificado.
El objetivo es llegar al vencimiento con:
- certificado listo;
- software o modalidad de emisión definida;
- solicitud realizada;
- proceso de certificación completado;
- roles asignados;
- y autorización para emitir e-CF.
Consulta nuestro Calendario de implementación de facturación electrónica en República Dominicana: fechas vigentes en 2026 para determinar qué plazo corresponde a cada cliente.
Si el cliente ya está fuera de plazo o quieres revisar las consecuencias del incumplimiento, consulta también Sanciones por facturación electrónica en República Dominicana: multas por no emitir e-CF.
Este último análisis explica las infracciones previstas por la Ley 32-23, las multas de 5 a 30 salarios mínimos y los demás efectos que pueden producirse una vez vencido el plazo correspondiente.
¿Cómo gestionar el certificado digital con Alegra?
Si tu cliente implementará la facturación electrónica con Alegra, hay una ventaja que debes considerar desde el inicio: Alegra incluye el certificado digital para facturación electrónica en los planes elegibles, por lo que el contribuyente puede gestionar este requisito como parte de su proceso de implementación y no necesariamente debe contratarlo por separado.
Actualmente, Alegra informa que en los planes PRO y superiores integra el certificado digital utilizado para firmar los Comprobantes Fiscales Electrónicos —e-CF—. El certificado debe cumplir con los requisitos aplicables para procesos tributarios y es emitido mediante una entidad certificadora autorizada.
Alegra integra la facturación electrónica con la gestión contable, de forma que el contribuyente puede emitir sus e-CF y mantener conectados desde una misma solución procesos como:
- facturación electrónica;
- contabilidad;
- inventario;
- cuentas por cobrar;
- reportes;
- cobros;
- e integraciones.
Además, una vez configurado el certificado, Alegra puede utilizarlo para firmar digitalmente los e-CF y enviarlos a la DGII para su validación, manteniendo el registro de la respuesta asociada a cada comprobante.
Esto cobra especial relevancia cuando comparas las alternativas disponibles para un cliente que debe implementar la facturación electrónica.
Por un lado, la DGII ofrece un certificado digital gratuito a determinados usuarios de su Facturador Gratuito, pero este certificado es de uso exclusivo dentro de esa herramienta. Por otro, si el contribuyente necesita integrar la emisión de e-CF con su contabilidad, inventario, cartera y demás procesos administrativos, puede evaluar una solución como Alegra, que incorpora la gestión del certificado dentro de sus planes elegibles.
Por tanto, no debes confundir ambos beneficios:
- Certificado gratuito de la DGII: está vinculado exclusivamente al Facturador Gratuito.
- Certificado digital incluido con Alegra: forma parte del beneficio ofrecido en los planes elegibles de Alegra para implementar y operar la facturación electrónica.
Antes de elegir, revisa nuestro comparativo de Facturador gratuito DGII vs. software certificado.
Preguntas frecuentes sobre los requisitos para certificado digital
Estas son algunas de las dudas que debes resolver antes de gestionar el certificado de tus clientes.
¿Una empresa puede tener un certificado digital a su nombre?
Para los procesos de facturación electrónica tratados por la DGII, el certificado para procesos tributarios debe estar emitido a nombre de una persona física, no jurídica.
¿El certificado debe ser del representante legal?
No necesariamente. Debes revisar quién actuará como delegado y qué rol tendrá asignado dentro de la facturación electrónica.
¿Puede el contador usar su certificado para varias empresas?
Sí. La DGII ha confirmado que una persona puede utilizar un mismo certificado digital como delegado de distintos contribuyentes, siempre que cuente con la delegación o rol correspondiente.
¿Puedo usar el mismo certificado para mi propia facturación y para la de mis clientes?
Sí. La DGII ha indicado que el titular puede utilizar su certificado para su propia facturación electrónica aunque también lo use como delegado de otros contribuyentes.
¿Si dos personas firman e-CF pueden compartir un certificado?
No debes compartir un mismo certificado como si perteneciera a la organización. Cuando un mismo rol es asignado a varios delegados, cada uno debe contar con su certificado para procesos tributarios.
¿Qué tipo de certificado necesito para facturación electrónica?
Debe ser un certificado digital para procesos tributarios que cumpla las características exigidas por la regulación aplicable.
¿Dónde puedo comprar el certificado digital?
La DGII identifica actualmente a Avansi, Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y Novosit como entidades donde puede adquirirse el certificado para procesos tributarios.
¿La DGII ofrece certificado digital gratis?
Sí. Actualmente existe una facilidad para usuarios del Facturador Gratuito, tanto personas físicas como jurídicas. El certificado es para uso exclusivo dentro de esa solución.
¿Cuánto dura el certificado gratuito de la DGII?
Tiene una vigencia de un año desde su emisión. Posteriormente, la renovación debe ser gestionada y asumida por el contribuyente.
¿Tener certificado significa que ya puedo emitir e-CF?
No. El certificado es uno de los requisitos. El contribuyente debe completar el procedimiento correspondiente y quedar autorizado como emisor electrónico ante la DGII.
¿Cuál es la fecha límite para obtener el certificado digital en 2026?
No existe una fecha general separada únicamente para “comprar el certificado”. Lo que existe es un plazo para completar la implementación de facturación electrónica.
Los Pequeños, Micros y No Clasificados tienen como fecha oficial comunicada por la DGII el 15 de noviembre de 2026.
Continúa preparando a tus clientes para la facturación electrónica
Si estás organizando la implementación de los e-CF desde tu despacho, continúa con estos contenidos de Siempre al Día República Dominicana:
- Facturación electrónica en República Dominicana de la A a la Z: guía pilar del sistema.
- ¿Qué es y cómo funciona el certificado digital para facturación electrónica?: fundamentos y funcionamiento.
- ¿Cuáles son los elementos del certificado digital tributario?: estructura y datos del certificado.
- ¿Cómo obtener el certificado digital para facturación electrónica?: proceso de adquisición.
- ¿Conoces la importancia del certificado digital en RD?: renovación, seguridad y dudas frecuentes.
- Requisitos para la facturación electrónica en RD: requisitos integrales para convertirse en emisor.
- ¿Cómo habilitarse como emisor electrónico ante la DGII?: procedimiento paso a paso.
- Calendario de implementación de facturación electrónica 2026: fechas vigentes.
- Sanciones por facturación electrónica en República Dominicana: consecuencias por incumplimiento.
- Facturador gratuito DGII vs. software certificado: comparativo para escoger la modalidad de emisión.
También puedes descargar la Guía de Certificado digital para Facturación Electrónica en República Dominicana para tener reunidos los principales conceptos, marco legal y recomendaciones de gestión.
Fuentes
- Dirección General de Impuestos Internos — consulta CA4921 sobre titular del certificado digital para procesos tributarios.
- Dirección General de Impuestos Internos — consulta CA5270 sobre entidades donde adquirir certificados para procesos tributarios.
- Dirección General de Impuestos Internos — consulta CA5268 sobre certificado gratuito para usuarios del Facturador Gratuito.
- Dirección General de Impuestos Internos — consulta sobre uso del mismo certificado como delegado de diferentes contribuyentes.
- Dirección General de Impuestos Internos — roles y delegados de facturación electrónica.
- Dirección General de Impuestos Internos — relaciones requeridas para asignar roles de facturación electrónica.
- Dirección General de Impuestos Internos — Aviso 06-26 sobre extensión del plazo de implementación.
- Dirección General de Impuestos Internos — información oficial de agosto de 2026 sobre adopción del e-CF, Facturador Gratuito y certificado gratuito.
- Ley núm. 32-23, General de Facturación Electrónica.
- Decreto núm. 587-24, Reglamento para la aplicación de la Ley núm. 32-23.
- Ley núm. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
- Resolución núm. 035-2020 del INDOTEL.