¿Qué es una factura de crédito fiscal?

La factura de crédito fiscal es un comprobante fiscal utilizado en transacciones entre contribuyentes (empresas o profesionales con RNC) que permite al comprador deducir el ITBIS pagado y registrar el gasto para fines del ISR.  En este artículo explicamos qué es este documento y en qué se diferencia de una factura de consumo. 

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Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 20 Nov 2025

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¿Qué es una factura de crédito fiscal?

Una factura de crédito fiscal es un comprobante fiscal (NCF) utilizado en República Dominicana para documentar la venta de bienes o servicios entre contribuyentes registrados (negocios o profesionales con RNC). En otras palabras, es la factura que se emite en operaciones empresa a empresa (B2B) o a personas que necesitan sustentar fiscalmente esa compra. 

Este tipo de comprobante registra las transacciones comerciales de compra y venta de bienes y/o servicios entre contribuyentes. Su principal característica es que permite al comprador usar el ITBIS pagado como crédito fiscal en sus declaraciones de impuestos y también respaldar el gasto a efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En términos simples, la factura de crédito fiscal tiene “valor fiscal”: el cliente que la recibe podrá deducir el ITBIS y considerar el monto como gasto deducible, reduciendo así su carga tributaria.

La legislación dominicana exige el uso de comprobantes fiscales autorizados para todas las transacciones comerciales formales, siguiendo las disposiciones de la Ley 11-92 (Código Tributario) del Congreso Nacional publicada en marzo de 1992 y sus normas complementarias. 

En particular, la emisión y uso de las facturas de crédito fiscal está regulada por la Norma General 06-2018 de la Dirección General de Impuestos Internos  (DGII ) emitida el 1 de febrero de 2018, que define su contenido y estructura, entre otras normativas. 

Adicionalmente, los contribuyentes deben obtener de la DGII rangos de Números de Comprobante Fiscal (NCF) para poder emitir facturas válidas.A diferencia de las facturas simples de consumo, las de crédito fiscal requieren una gestión previa: los nuevos contribuyentes deben solicitar autorización a la DGII para poder emitir este tipo de comprobantes. Esto se hace una sola vez (al inicio de actividades) como parte del alta de NCF, asegurando que quienes emitan facturas con valor fiscal cumplan con los requisitos formales.

Te puede interesar: Certificación como emisor electrónico en la DGII: Esto debes saber para facturar electrónicamente

¿Cuál es la diferencia entre factura de crédito fiscal y factura de consumo?

Es importante no confundir la factura de crédito fiscal con la factura de consumo. Ambos son tipos de comprobantes fiscales en República Dominicana, pero tienen finalidades distintas:

Te puede interesar: ¿Qué es la factura de consumo electrónica (e-CF 32)?: Esto debes saber para identificarla

Tipo de facturaDescripción
Factura de consumoSe utiliza para ventas a consumidores finales, es decir, clientes que no usarán la factura para crédito fiscal. Por ejemplo, ventas a personas del público general. 
Este comprobante no permite justificar gastos para ISR ni créditos de ITBIS ante la DGII. De hecho, bajo la Norma 06-2018, en las facturas de consumo no se incluyen los datos del cliente (no llevan RNC/cédula del comprador) justamente porque el adquiriente no las empleará en su declaración.
Factura de crédito fiscalSe utiliza en transacciones entre contribuyentes (B2B o ventas a profesionales registrados). Sí requiere los datos del cliente (nombre, RNC o cédula) en la factura y sí permite sustentar costos, gastos e ITBIS por parte del comprador ante la DGII.

Tip Alegra:  Si tu cliente te provee un RNC o información fiscal, corresponde emitir una factura de crédito fiscal; si es un consumidor particular que no te solicita comprobante fiscal para crédito, emitirás una factura de consumo. Emitir el comprobante correcto es crucial: si una empresa recibe por error una factura de consumo, no podrá deducir esos impuestos, lo que afecta su contabilidad; y si emites una factura de crédito fiscal a alguien que no la necesita, estarás gastando un NCF válido innecesariamente.

Para mayor claridad, observa la siguiente tabla comparativa:

AspectoFactura de crédito fiscal (Tipo 01 / e-CF 31)Factura de consumo (Tipo 02 / e-CF 32)
Uso principalVentas entre contribuyentes (B2B).Ventas a consumidor final (B2C).
Crédito fiscal (ITBIS)Sí. Permite al comprador usar el ITBIS como crédito fiscal en sus declaraciones (y deducir el gasto para ISR).No. No permite crédito fiscal ni deducción de esos impuestos por parte del cliente.
Datos del receptorSe requiere información del comprador (nombre, RNC o cédula) en la factura.No requiere datos del cliente (se emite al “consumidor final” genérico).
Autorización DGIIEl emisor debe estar autorizado por la DGII para emitirlas (los nuevos negocios piden habilitación al inscribirse).No requiere autorización previa especial para emitir.
Código y formato NCFSerie con letra (por ejemplo, B) + “01” + 8 dígitos secuenciales (por ejemplo B0100000123). Versión electrónica: inicia con E31 seguido de 10 dígitos.Serie con letra + “02” + 8 dígitos secuenciales (por ejemplo, B0200000456). Versión electrónica: inicia con E32 seguido de 10 dígitos.

Como se aprecia, la factura de crédito fiscal aporta un valor tributario añadido (el crédito de impuestos) y exige más datos, mientras que la de consumo es más simple pero no sirve para fines impositivos del cliente. Ambas, sin embargo, deben registrarse y reportarse a la DGII por parte del vendedor en sus reportes fiscales mensuales.

¿Qué es una factura de crédito fiscal electrónica (Tipo 31)?

Con la modernización tecnológica, República Dominicana ha introducido los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), que son la versión digital de los NCF tradicionales. 

En este esquema, la Factura de Crédito Fiscal Electrónica se identifica como Tipo 31 (a veces verás “e-CF 31”). Efectivamente, cumple la misma función que la factura de crédito fiscal en papel (Tipo 01), pero con algunas diferencias en formato y emisión:

  • Formato del NCF: las facturas electrónicas llevan una secuencia alfanumérica de 13 caracteres. En el caso del crédito fiscal electrónico, comienza con “E31” seguido de 10 dígitos. Por ejemplo: E310000123456. En cambio, las facturas impresas o pre-numeradas tienen 11 caracteres (ej.: B0100001234, donde la letra puede variar según la serie autorizada).
  • Emisión digital: una factura e-CF se genera mediante un sistema autorizado y se firma digitalmente, cumpliendo con requisitos técnicos de la DGII (uso de certificado digital, formato XML, código QR, etc.). Tiene la misma validez legal que una factura física, según lo establece la Ley de facturación electrónica de la República Dominicana 32-23 del Congreso Nacional, publicada el 16 de mayo de 2023.
  • Autorización: solo los contribuyentes autorizados por la DGII pueden emitir e-CF. Esto implica haberse inscrito en el sistema de factura electrónica y obtenido los rangos de e-NCF correspondientes. La Norma General 05-2019 de la DGII, emitida el 8 de abril de 2019 y posteriores regulaciones de la DGII establecieron los lineamientos para la implementación progresiva de estos comprobantes electrónicos.
  • Ventajas: la factura electrónica tipo 31 ofrece mayor seguridad, ahorro de papel y transmisión inmediata a la DGII. Además, simplifica el control fiscal tanto para la autoridad tributaria como para las empresas, pues cada e-CF queda registrado en línea. El comprador puede verificar la validez del comprobante en el portal de DGII casi en tiempo real.

Tip Alegra: En esencia, “factura de crédito fiscal” y “factura de crédito fiscal electrónica” representan el mismo comprobante (misma finalidad tributaria), diferenciándose únicamente por el medio: físico vs. digital. Si tu empresa ya se encuentra obligada a emitir facturación electrónica, deberás emitir los comprobantes de tipo 31 en lugar de 01. Ten en cuenta que durante el período de transición es posible convivir con ambas modalidades, pero la tendencia (y eventualmente la obligación legal) es migrar totalmente a los e-CF.

¿Cuáles son los requisitos para emitir correctamente una factura de crédito fiscal?

Al momento de generar una factura de crédito fiscal, ya sea en papel o electrónica, debes asegurarte de cumplir con los requisitos formales establecidos por la DGII y la normativa vigente:

Factura de crédito fiscal electrónica (Tipo 31)
  • Número de Comprobante Fiscal: Utiliza un NCF válido y vigente, en la secuencia autorizada por la DGII para tu negocio. Verifica que corresponda al tipo correcto (01 o 31). Un NCF inválido o fuera de rango puede invalidar la factura. Más detalles en: Este es el tiempo de vigencia de las secuencias de los comprobantes fiscales (NCF/e-NCF)
  • Datos del emisor y receptor: Incluye los datos de tu empresa (emisor) y los del cliente (receptor). Esto implica: Nombre o razón social, RNC (o cédula si es persona física contribuyente) y dirección. Sin el RNC/cédula del cliente, la factura no tendrá valor de crédito fiscal para este.
  • Fecha de emisión y fecha de vencimiento: las facturas con valor fiscal llevan una fecha de vencimiento (generalmente 30 días después de emisión) impresa en el documento. Esto garantiza que el NCF no sea utilizado fuera del tiempo permitido. En la factura electrónica, el sistema también registra fecha y hora de emisión.
  • Descripción y montos: detalla claramente los bienes o servicios vendidos, indicando cantidad, precio unitario y monto total. Debes desglosar el ITBIS por separado del subtotal, y mostrar el total general. El ITBIS debe calcularse conforme a la tasa vigente (18 % en la mayoría de casos).
  • Imprenta autorizada o medio de emisión: para comprobantes fiscales impresos, estos deben ser emitidos a través de una imprenta autorizada por la DGII, con su número de autorización en la factura. En el caso de comprobantes electrónicos, el sistema utilizado (software de facturación) actúa como medio de emisión autorizado, integrando la firma digital correspondiente.
  • Leyendas obligatorias: si aplica alguna condición especial, inclúyela. Por ejemplo, si es un comprobante exento de ITBIS (caso de ciertas ventas exentas o bajo regímenes especiales) debe indicarlo; si es emitido en Contingencia (por fallo del sistema electrónico), también debe reflejar la leyenda que corresponda, etc.

Cumplir estos requisitos asegura que la factura de crédito fiscal sea válida ante la DGII y que tu cliente pueda aprovecharla. Recuerda que todas las facturas de crédito fiscal emitidas deben ser reportadas en el formato 607 (ventas) que presentas mensualmente a la DGII, indicando el RNC del cliente y los montos, para que la autoridad cruce la información con lo declarado por tus compradores.

Cómo Alegra facilita la emisión de facturas de crédito fiscal

Llevar el control de los comprobantes fiscales puede ser complejo, especialmente cuando manejas volúmenes altos de facturación o estás adoptando la factura electrónica. Alegra es un sistema de facturación y administración en la nube que ofrece una solución integrada para empresas en República Dominicana. 

Con Alegra, puedes emitir facturas de crédito fiscal (tipo 01) de forma sencilla, llenando automáticamente los datos de tu cliente registrado y calculando el ITBIS de cada factura. Además, Alegra está preparado para la Facturación Electrónica en RD, lo que te permite generar e-CF (tipo 31) cumpliendo con todos los requisitos técnicos y legales (incluyendo la firma digital y formato XML autorizado por la DGII).

Algunas bondades de utilizar Alegra para tu facturación fiscal:

  • Secuencias automáticas: el sistema lleva el control de los NCF autorizados, evitando saltos o duplicados, y te avisa cuando estés próximo a agotar una secuencia.
  • Validaciones fiscales: Alegra incorpora las validaciones requeridas (por ejemplo, campos obligatorios como el RNC del cliente para facturas de crédito fiscal, estructura correcta del NCF, etc.), minimizando errores que podrían resultar en rechazos por parte de la DGII.
  • Envío electrónico y respaldo: puedes enviar las facturas electrónicas directamente a tus clientes por correo y almacenar copias digitales seguras. Alegra conserva un historial de tus comprobantes por el tiempo necesario, facilitando consultas o auditorías.
  • Integración contable: las facturas generadas se reflejan en tus informes contables y en tus declaraciones de ITBIS e ISR dentro de la plataforma, agilizando el cumplimiento tributario. Por ejemplo, podrás ver el total de ITBIS para créditos fiscales acumulado en un período, lo que ayuda al preparar el Formularios IT-1.

Alegra te ayuda a simplificar la emisión y gestión de tus facturas de crédito fiscal, asegurando el cumplimiento con la normativa dominicana.  ¡Prueba Alegra gratis hoy mismo!  Haz clic ahora y empieza a facturar electrónicamente con la mejor solución del mercado.

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