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ToggleEn este editorial conocerás detalles clave como quiénes deben pagar el ISR, qué ingresos están exentos y cómo se determinan las tasas. Si alguna vez te has preguntado cómo funciona este impuesto y por qué es tan importante, ¡Sigue leyendo para descubrirlo y aclarar todas tus dudas!
¿Qué es el ISR?
El ISR es un impuesto directo que se aplica sobre los ingresos percibidos por personas físicas y jurídicas. La base del impuesto es la renta, que incluye salarios, ganancias de negocios, rentas de bienes, entre otros. En términos generales, el ISR tiene como finalidad gravar las ganancias obtenidas en el territorio donde se origina el ingreso.
Tip Alegra: Cada país cuenta con su normativa particular para determinar qué tipos de ingresos son sujetos a este impuesto y qué deducciones aplican.
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¿Para qué sirve el ISR?
El ISR tiene como finalidad recaudar fondos para el funcionamiento del estado. Estos recursos permiten a los gobiernos financiar una variedad de servicios públicos esenciales, como salud, educación, infraestructura y seguridad. En otras palabras, el ISR es crucial para garantizar que el gobierno disponga de los recursos necesarios para atender las necesidades de la población.
Algunos de los principales usos del ISR incluyen:
- Salud pública: financiación de hospitales y centros de atención médica.
- Educación: construcción y mantenimiento de escuelas, pago de docentes y acceso a programas educativos.
- Seguridad: mantenimiento de fuerzas policiales y sistemas de justicia.
- Infraestructura: obras públicas como carreteras, puentes y redes de agua.
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¿Quiénes pagan este impuesto?
El ISR debe ser pagado por todas las personas físicas y jurídicas que obtengan ingresos dentro de República Dominicana. Según la Dirección General de Impuestos Internos —DGII—, se considera sujeto de este impuesto:
- Personas físicas residentes: son aquellas que obtienen ingresos dentro del territorio nacional o fuera del país, siempre que provengan de inversiones y ganancias financieras.
- Personas jurídicas: las empresas y sociedades comerciales que operan en el país.
- Sucesiones indivisas: los bienes o rentas obtenidos tras la muerte de una persona, hasta que se realice la distribución legal.
¿Quiénes están exentos del ISR?
Existen ciertos ingresos y contribuyentes que están exentos del pago del ISR. En la República Dominicana, algunas de las exenciones incluyen:
- Ingresos estatales: las rentas del estado, municipios y distritos municipales están exentas.
- Instituciones religiosas y de beneficencia: asociaciones sin fines de lucro, como las religiosas o de caridad, están exentas siempre y cuando sus ingresos no sean utilizados con fines comerciales.
- Asociaciones civiles y deportivas: entidades que promueven actividades sociales, literarias, científicas o deportivas, siempre que no tengan fines lucrativos.
- Rentas bajas: en el caso de personas físicas, los ingresos anuales que no superan un umbral determinado están exentos. En la República Dominicana, por ejemplo, las rentas anuales inferiores a RD$416,220 están exentas.
¿Cuál es la tasa del ISR?
El monto del ISR varía según el tipo de contribuyente (persona física o jurídica) y el nivel de ingresos anuales. A continuación, desglosamos cómo se aplica la tasa para cada caso:
Personas físicas
Para personas físicas residentes en la República Dominicana, el ISR se aplica de manera progresiva. Esto significa que a medida que los ingresos aumentan, también lo hace el porcentaje que se debe pagar en impuestos.
La tabla para el año 2025, según el artículo quinto de la Resolución DDG-AR1-2025-00001 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), publicado el 14 de enero de 2025, es la siguiente:
| Escala anual | Tasa |
| Rentas hasta RD$416,220.00 | Exento. |
| Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 | 15 % del excedente de RD$416,220.01 |
| Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 | RD$31,216.00 más el 20 % del excedente de RD$624,329.01 |
| Rentas desde RD$867,123.01 en adelante | RD$79,776.00 más el 25 % del excedente de RD$867,123.01 |
Ten presente que estos montos se actualizan cada año conforme al índice de inflación que publica el Banco Central.
Personas jurídicas
En cuanto a las personas jurídicas, como empresas y sociedades comerciales, la tasa del ISR es fija y corresponde al 27 % de la renta neta gravable.
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¿Cuáles son las fechas de presentación y pago del ISR?
El cumplimiento de las fechas de presentación y pago del ISR es fundamental para evitar sanciones o recargos:
Personas físicas
La fecha límite para presentar la declaración jurada del ISR es el 31 de marzo de cada año. En caso de que esta fecha caiga en fin de semana o día festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
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Personas jurídicas
Para las empresas, el plazo varía según el cierre de su ejercicio fiscal. En general, se establece un límite de 120 días después de la fecha de cierre para presentar la declaración jurada y pagar el impuesto correspondiente. Algunos ejemplos para el año 2025 son:
- Fecha de cierre al 31 de marzo: a más tardar el 29 de julio del 2025.
- Fecha de cierre al 30 de junio: a más tardar el 28 de octubre del 2025.
- Fecha de cierre al 30 de septiembre: a más tardar el 30 de enero del 2025.
- Fecha de cierre al 31 de diciembre: a más tardar el 30 de abril del 2026.
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El impuesto sobre la renta es un tributo esencial que todo estudiante de contaduría debe entender a la perfección. Conocer quiénes están obligados a pagarlo, cuáles son las tasas y fechas de vencimiento te ayudará a cumplir con tus obligaciones fiscales y asesorar correctamente a tus futuros clientes.
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Para cumplir con el ISR en República Dominicana, es clave presentar los reportes 606 y 607. Alegra es el software de facturación electrónica para cumplir la DGII en República Dominicana que facilita la generación de estos formatos, haciendo más sencillo y preciso el cumplimiento de tus obligaciones fiscales. ¡Optimiza tu gestión tributaria con Alegra y cumple fácilmente con la DGII!
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Hola, si en cada factura se le retiene el 10 de ISR, también debe pagar en la declaración anual
Hola Prisila, en nuestro editorial https://siemprealdia.co/republica-dominicana/impuestos/retencion-del-10-de-isr-en-servicios-profesionales/ podrás despejar todas tus dudas.