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ToggleSi tienes clientes que todavía deben cumplir con la facturación electrónica en República Dominicana, septiembre ya no es momento de preguntarse si deben comenzar, sino de identificar qué les falta para llegar completamente habilitados al 15 de noviembre de 2026. Esa es la fecha máxima otorgada mediante la prórroga general del Aviso 06-26 para Pequeños, Micros y contribuyentes No Clasificados. La extensión es automática y no requiere que el contribuyente presente una solicitud individual.
Además, desde el 1 de noviembre de 2026, los Grandes Contribuyentes Locales y Medianos deberán utilizar exclusivamente secuencias electrónicas tipo “E” en sus operaciones ordinarias; las secuencias “B” solo podrán utilizarse bajo las reglas de contingencia previstas en el Reglamento 587-24.
Como contador, el objetivo debe ser convertir su cartera de clientes en un plan de trabajo: quién está listo, quién todavía está en certificación y quién continúa en riesgo de llegar a noviembre sin completar su incorporación.
Antes de comenzar, tenga claras estas respuestas:
- ¿Quiénes tienen hasta el 15 de noviembre de 2026? Los Pequeños, Micros y contribuyentes No Clasificados.
- ¿Deben solicitar la prórroga? No. La ampliación otorgada por el Aviso 06-26 es general.
- ¿Puede esperar hasta noviembre para comenzar? No es recomendable. Obtener certificado, configurar el sistema, completar la habilitación y resolver rechazos requiere tiempo.
- ¿Qué sucede si llega el vencimiento sin completar la certificación? La DGII indica que pueden configurarse las infracciones previstas por la Ley 32-23.
- ¿Los comprobantes tipo “B” pueden seguir utilizándose normalmente después del vencimiento? No. Una vez vencido el calendario aplicable, los comprobantes no electrónicos previamente autorizados pierden validez para recepción o procesamiento si el contribuyente no cuenta con la debida autorización como emisor electrónico.
- ¿Los contribuyentes nuevos siempre tienen el mismo plazo? No. En determinadas condiciones, los nuevos inscritos en el RNC disponen de hasta 120 días para incorporarse al modelo electrónico.

1. Identifique qué clientes deben completar la facturación electrónica antes del 15 de noviembre
El primer paso para cumplir con la facturación electrónica no es solicitar el certificado ni contratar un software: es determinar la situación real de cada contribuyente.
La Ley 32-23 estableció un calendario escalonado. Para el último grupo —Pequeños, Micros y No Clasificados— la fecha original era el 15 de mayo de 2026. El Aviso 06-26 otorgó seis meses adicionales, por lo que la fecha límite pasó al 15 de noviembre de 2026.
Para efectos de este calendario, la DGII considera No Clasificados a las personas físicas o jurídicas que no reúnen las características de Grandes Nacionales, Grandes Locales, Medianos, Pequeños o Micros conforme con la clasificación correspondiente.
Una cartera de clientes puede organizarse así:
| Estado | Situación del cliente | Acción |
|---|---|---|
| 🔴 Rojo | No ha elegido solución de facturación | Definir modalidad inmediatamente |
| 🔴 Rojo | No tiene certificado digital | Iniciar gestión del certificado |
| 🔴 Rojo | No ha iniciado habilitación | Comenzar proceso ante DGII |
| 🟡 Amarillo | Está en certificación | Completar pruebas y corregir rechazos |
| 🟡 Amarillo | Ya fue autorizado pero tiene configuración pendiente | Revisar e-NCF, roles y producción |
| 🟢 Verde | Emisor autorizado y operativo | Mantener controles y contingencia |
Para consultar el calendario completo por tipo de contribuyente, revise nuestra guía de implementación de facturación electrónica. Calendario de implementación de la facturación electrónica
¿Qué ocurre con un contribuyente recién inscrito en el RNC?
El Reglamento 587-24 contempla una regla particular.
Si la inscripción en el RNC se realiza después del vencimiento aplicable al grupo, el nuevo contribuyente dispone de 120 días desde la inscripción para incorporarse al modelo de facturación electrónica. Cuando la inscripción se realiza antes del vencimiento pero no queda un tiempo razonable para completar el proceso, la DGII puede extender el plazo hasta completar esos 120 días.
Por eso no debe asignarse automáticamente el 15 de noviembre a todos los RNC nuevos sin revisar su fecha de inscripción.
2. Revise RNC, Oficina Virtual y responsables antes de iniciar
Una implementación puede detenerse incluso antes de comenzar si los datos del contribuyente no están actualizados.
Antes de gestionar certificado o software, revise:
- estado del RNC;
- datos básicos del contribuyente;
- acceso a la Oficina Virtual —OFV—;
- representante responsable del proceso;
- Usuario Administrador de e-CF;
- personas que actuarán como delegados;
- y quién tendrá el rol de firmante.
Este último punto es especialmente importante. La DGII permite asignar roles de facturación electrónica únicamente a personas que figuren en los datos básicos del RNC bajo determinadas relaciones, entre ellas Contador, Representante, Administrador, Apoderado, Usuario Administrador de e-CF o Firmante de e-CF, entre otras.
No deje esta revisión para después de obtener el certificado. Primero determine: ¿Quién hará qué dentro del proceso?
3. Elija la modalidad de facturación antes de comprar el certificado
En 2026 existen diferentes formas de implementar el e-CF y la elección condiciona varios pasos posteriores.
Las principales rutas son:
Facturador Gratuito de la DGII
Está pensado principalmente para operaciones con menor volumen. En agosto de 2026 la DGII informó que su herramienta permite emitir hasta aproximadamente 150 facturas al mes y que quienes la utilizan pueden obtener un certificado digital sin costo durante el primer año. El 64 % de los más de 80.000 emisores electrónicos autorizados reportados por la DGII había optado por esta modalidad.
Puede ser adecuada para una operación sencilla que no necesite integrar numerosos procesos administrativos.
Software de facturación electrónica
Puede resultar más conveniente cuando el cliente necesita conectar la emisión de e-CF con:
- clientes;
- productos;
- inventario;
- cuentas por cobrar;
- reportes;
- contabilidad;
- múltiples usuarios;
- o procesos operativos de mayor volumen.
Alegra, por ejemplo, permite emitir e-CF y utiliza a Alanube como Proveedor de Servicios de Facturación Electrónica —PSFE— autorizado por la DGII para el procesamiento técnico de los comprobantes.
Desarrollo propio
También existe la posibilidad de desarrollar o adaptar un sistema propio, pero esta ruta exige cumplir las especificaciones técnicas de la DGII y completar el proceso de certificación correspondiente.
Antes de decidir, compare operación, volumen y nivel de automatización que necesita el cliente. Facturador Gratuito DGII vs. software certificado: ¿cuál elegir?
4. Obtenga el certificado digital correcto
Uno de los cambios más importantes que debe incorporar esta hoja de ruta es entender correctamente a quién pertenece el certificado digital.
El certificado para procesos tributarios se emite a nombre de una persona física, no simplemente a nombre de la sociedad que emitirá los e-CF.
Esa persona debe tener el rol correspondiente dentro de la facturación electrónica.
La DGII también establece que cada delegado que tenga un rol asignado debe contar con su certificado digital para procesos tributarios y que un e-CF firmado por una persona sin el rol de firmante o con un certificado vencido puede ser rechazado.
¿Necesita un certificado por cada empresa?
No necesariamente. Un mismo representante puede actuar como delegado de varios contribuyentes, siempre que cumpla las condiciones para cada uno.
Por tanto, si un contador trabaja con varios clientes, el control correcto es: certificado de la persona + delegación y rol por cada RNC.
No: un certificado nuevo automáticamente por cada cliente.
Profundice en este escenario aquí: ¿Puede un contador usar el mismo certificado digital para varios clientes ante la DGII?
Y si el contribuyente todavía no lo tiene, revise: Cómo obtener el certificado digital para facturación electrónica
5. Inicie la habilitación como emisor electrónico
Una vez definido el sistema y resuelto el certificado, el contribuyente debe completar el proceso aplicable para obtener autorización como emisor electrónico.
La ruta depende de la modalidad utilizada, pero generalmente implica componentes como: postulación → configuración → pruebas → validaciones → declaración → autorización para producción.
No confunda: tener certificado digital con: estar autorizado como emisor electrónico. Son etapas diferentes. El cliente todavía no debe considerarse “listo” únicamente porque ya adquirió el certificado o contrató un software.
Si utiliza Alegra, su asistente acompaña diferentes etapas del proceso, incluida la preparación y firma de archivos requeridos durante la habilitación ante la DGII.
Consulte el procedimiento completo en: Cómo habilitarse como emisor electrónico ante la DGII
6. Complete las pruebas y no dé por terminado el proceso ante el primer rechazo
La certificación busca comprobar que la solución puede generar, firmar y transmitir correctamente los archivos requeridos por la DGII.
Durante esta fase pueden aparecer errores relacionados con:
- estructura del XML;
- datos obligatorios;
- certificado;
- firma;
- identificación del emisor;
- identificación del receptor;
- tipo de comprobante;
- totales;
- impuestos;
- secuencias;
- referencias;
- o configuración del software.
Un rechazo durante pruebas no significa necesariamente que la implementación haya fracasado.
Significa que debe identificar: qué validación falló → corregir → volver a probar.
Aquí es importante que el contador conserve evidencia de:
- pruebas realizadas;
- errores recibidos;
- correcciones;
- responsable;
- fecha;
- resultado final.
Esta trazabilidad facilita la implementación cuando administra varios RNC simultáneamente.
7. Revise los roles y delegaciones antes de comenzar a firmar e-CF
Uno de los controles que más fácilmente puede pasarse por alto es la correspondencia entre la persona que firma y el rol que posee.
La DGII reconoce distintos roles de facturación electrónica, incluido el rol de firmante, que es el que autoriza al delegado a firmar los e-CF de una empresa. El Administrador de e-CF puede gestionar otros roles mediante la Oficina Virtual.
Un delegado puede tener varios roles y un mismo rol puede asignarse a diferentes personas, pero cada delegado debe utilizar su propio certificado.
Por cada cliente confirme:
| Control | Validación |
|---|---|
| Persona | ¿Está correctamente relacionada con el RNC? |
| Certificado | ¿Corresponde a esa persona? |
| Vigencia | ¿Está activo? |
| Delegación | ¿Fue asignada? |
| Aceptación | ¿Fue aceptada? |
| Rol | ¿Puede ejecutar la función requerida? |
| Firmante | ¿Coincide con la configuración utilizada para firmar? |
No espere al primer e-CF rechazado para revisar estas relaciones.
8. Verifique las secuencias e-NCF y emita una primera operación controlada
Completar la certificación no significa que todos los elementos operativos deban darse por configurados automáticamente.
Antes de salir a producción verifique:
- disponibilidad de las secuencias electrónicas correspondientes;
- tipos de e-CF que utilizará el negocio;
- numeraciones;
- clientes;
- impuestos;
- productos o servicios;
- medios de pago;
- configuración del firmante;
- y flujo de transmisión.
Después realice una primera operación controlada.
Por ejemplo: Factura → firma → transmisión → respuesta DGII → comprobación de estado → representación impresa → registro contable.
El contador no debería considerar cerrada la implementación hasta comprobar que el recorrido completo funciona.
9. Parametrice correctamente impuestos y procesos contables
La facturación electrónica no es solamente un proyecto tecnológico.
Un e-CF puede ser técnicamente válido y, aun así, contener una parametrización tributaria incorrecta.
Antes de noviembre revise con cada cliente:
- ITBIS aplicable;
- operaciones exentas;
- retenciones;
- tipo de e-CF;
- datos del receptor;
- notas de débito y crédito;
- referencias entre comprobantes;
- tratamiento de anticipos;
- condiciones de pago;
- cuentas contables;
- inventario, cuando corresponda;
- y políticas internas de emisión y anulación.
Esto cobra especial relevancia en 2026 porque los cambios introducidos por la Ley 30-26 pueden incidir en determinadas operaciones tributarias que terminan reflejándose en la facturación y el registro contable.
Puede ampliar este punto en: ¿Cambió la facturación electrónica con la Ley 30-26?
10. Haga una prueba final y prepare el protocolo de contingencia
El objetivo no es llegar al 15 de noviembre con la certificación “casi terminada”.
El cliente debería llegar con su proceso probado.
Checklist final
Antes de marcar un contribuyente en verde, confirme:
- clasificación y fecha límite verificadas;
- RNC actualizado;
- Oficina Virtual operativa;
- solución de facturación definida;
- certificado digital vigente;
- responsable correctamente identificado;
- roles y delegaciones confirmados;
- autorización como emisor electrónico completada;
- secuencias e-NCF disponibles;
- primer e-CF probado;
- parametrización tributaria revisada;
- equipo capacitado;
- protocolo de contingencia documentado;
- responsables internos definidos.
No use el 15 de noviembre como fecha de prueba
La fecha límite debe interpretarse como el momento en que la implementación ya debería estar completada, no como el día para comenzar a verificar si el certificado funciona.
Cuanto mayor sea la cartera del despacho, mayor debe ser el margen de seguridad.
Controla qué clientes llegarán listos al 15 de noviembre
Si administra varios RNC, no basta con llevar una lista de clientes que “ya empezaron”.
Debe poder responder:
- ¿Quién ya tiene certificado?
- ¿Quién sigue sin elegir software?
- ¿Quién está en pruebas?
- ¿Quién tiene delegaciones pendientes?
- ¿Quién ya tiene e-NCF?
- ¿Quién está listo para producción?
- ¿Quién está realmente en riesgo?
Radar e-CF: identifica los clientes que requieren atención primero
Utilice nuestro Radar e-CF para contadores para clasificar su cartera en tres estados:
🟢 Listo: cuenta con los elementos necesarios para operar.
🟡 En proceso: tiene pendientes que todavía pueden resolverse antes del vencimiento.
🔴 En riesgo: no ha iniciado etapas críticas o presenta bloqueos que pueden impedir completar la implementación.
El objetivo es transformar su cartera en un plan de ejecución, no en una lista de clientes sin prioridad.
Ejemplo: si administra 25 RNC y detecta que 8 todavía no tienen certificado y 5 ni siquiera han elegido una solución de facturación, esos 13 clientes no deberían tener la misma prioridad que quienes ya están realizando pruebas.
¿Qué pasa si un cliente no completa la implementación antes del 15 de noviembre?
La prórroga otorgada a Pequeños, Micros y No Clasificados es de seis meses y tiene como nueva fecha máxima el 15 de noviembre de 2026. La DGII señala que, una vez vencida, los contribuyentes que no hayan completado el proceso de certificación para ser emisores electrónicos pueden incurrir en las infracciones previstas en la Ley 32-23.
Además, la DGII precisa que, vencido el calendario de implementación y sin autorización como emisor electrónico, las secuencias “B” previamente autorizadas se consideran vencidas y no válidas para fines de recepción o procesamiento.
Esto significa que no es correcto planificar: “Si no terminamos a tiempo, seguimos usando las facturas B normalmente.” La contingencia es un régimen excepcional, no una extensión del plazo de implementación.
Grandes Locales y Medianos: el 1 de noviembre cambia el escenario
Aunque la ola de noviembre está concentrando gran parte de la atención en Pequeños, Micros y No Clasificados, los contadores también deben revisar a sus clientes Grandes Locales y Medianos.
La DGII informó que desde el 1 de noviembre de 2026 estos contribuyentes deberán emitir exclusivamente e-CF mediante secuencias tipo “E” en sus operaciones ordinarias. Sus secuencias “B” serán válidas ordinariamente hasta el 31 de octubre de 2026.
Después de esa fecha, las secuencias no electrónicas solo podrán utilizarse en los casos de contingencia y bajo las condiciones previstas por el Reglamento 587-24.
Consulte nuestra guía específica: Emisión exclusiva de e-CF para Grandes Locales y Medianos
¿Qué pasa si falla el sistema después de estar operando?
Una vez el contribuyente es emisor electrónico, necesita conocer qué hacer cuando no puede transmitir o generar sus comprobantes.
No todas las fallas permiten utilizar comprobantes “B”.
Si el contribuyente todavía puede generar el e-CF pero no puede transmitirlo por falta de conectividad, debe conservarlo y enviarlo posteriormente. Cuando existe una imposibilidad técnica real de generar el e-CF, el Reglamento contempla el uso excepcional de comprobantes no electrónicos bajo el régimen de contingencia y con los procedimientos correspondientes.
En consecuencia: falla de internet ≠ autorización automática para volver a B.
Revise el protocolo completo aquí: Contingencia en facturación electrónica: cuándo puedes usar comprobantes B
¿Cómo puede Alegra ayudar a acelerar la implementación antes de noviembre?
Cuando un cliente todavía debe resolver certificado, habilitación, emisión y operación diaria, administrar cada elemento desde herramientas separadas puede añadir pasos y reprocesos.
Alegra permite integrar la facturación electrónica con otros procesos del negocio y utiliza a Alanube como PSFE autorizado para el motor técnico de la facturación electrónica en República Dominicana.
Además, Alegra ofrece certificado digital sin costo adicional en planes elegibles, incluidos PRO, PLUS, PREMIUM y determinados planes anuales. El trámite se realiza con Avansi.
Su asistente de habilitación también permite acompañar etapas como:
- preparación de la postulación;
- firma de archivos;
- pruebas;
- declaración jurada;
- configuración;
- y asignación final de roles.
Para un contador que administra varios clientes, esto permite abordar la implementación no solo como “emitir una factura”, sino como parte del flujo administrativo y contable.
¿Su cliente todavía no ha iniciado?
Con Alegra puede concentrar certificado digital en planes elegibles + proceso de habilitación + emisión de e-CF + operación administrativa y contable en un mismo ecosistema.
Conozca Alegra para facturación electrónica en República Dominicana
Errores frecuentes al preparar a un cliente para noviembre
La recta final de implementación puede generar decisiones apresuradas. Estos son algunos de los errores que debe evitar.
1. Esperar a noviembre para iniciar el proceso
El 15 de noviembre es la fecha máxima, no el momento recomendado para comenzar.
2. Comprar el certificado antes de definir al firmante
El certificado corresponde a una persona física y debe estar relacionado correctamente con los roles que ejercerá.
3. Creer que tener certificado significa estar habilitado
El certificado es uno de los componentes del proceso. El contribuyente todavía debe completar las etapas correspondientes para convertirse en emisor electrónico.
4. Elegir el Facturador Gratuito únicamente porque no tiene costo
Antes revise volumen, usuarios, contabilidad, inventario y necesidad de automatización. La DGII reporta que la herramienta permite hasta aproximadamente 150 facturas mensuales.
5. No revisar las delegaciones
La persona que firma debe contar con el rol correspondiente.
6. Dar por hecho que las secuencias están listas
Verifique los e-NCF antes de comenzar la producción.
7. No probar todo el ciclo
No basta con generar la factura. Revise firma, transmisión, aceptación, representación impresa y registro.
8. Pensar que siempre podrá utilizar comprobantes B si algo falla
El uso de secuencias no electrónicas después de la incorporación está limitado por las reglas de contingencia.
9. Ignorar la capacitación
Facturación, ventas, contabilidad y administración deben conocer el nuevo flujo.
10. No tener un responsable por cliente
En una firma contable, cada RNC debe tener un dueño del proceso y una próxima acción definida.
Preguntas frecuentes sobre cómo cumplir con la facturación electrónica en 2026
A medida que se acerca noviembre, estas son algunas de las consultas que más debe tener resueltas.
¿Cuál es la fecha límite para Pequeños, Micros y No Clasificados?
El 15 de noviembre de 2026, debido a la prórroga general de seis meses otorgada mediante el Aviso 06-26.
¿Debo solicitar esa prórroga a la DGII?
No. La DGII indica que es una prórroga administrativa y general, por lo que no requiere una solicitud individual.
¿Qué pasa si no termino la certificación antes del 15 de noviembre?
La DGII advierte que los contribuyentes que no hayan completado su certificación quedan sujetos al régimen de infracciones establecido en la Ley 32-23.
¿Puedo seguir utilizando comprobantes B después del plazo?
No como mecanismo ordinario para evitar la obligación. Vencido el calendario aplicable y sin la autorización correspondiente, las secuencias no electrónicas previamente autorizadas pierden validez para recepción o procesamiento.
¿Qué pasa si mi cliente es un nuevo contribuyente?
Cuando la inscripción ocurre después del vencimiento aplicable, existen reglas que otorgan hasta 120 días desde la inscripción para incorporarse.
¿El certificado digital debe estar a nombre de la empresa?
No. Para estos procesos el certificado identifica a una persona física que ejerce el rol correspondiente dentro de la facturación electrónica.
¿Un contador puede utilizar su certificado con varios clientes?
Sí, siempre que esté correctamente autorizado y delegado en cada contribuyente. La DGII permite que un representante actúe como delegado de varios contribuyentes simultáneamente si cumple las condiciones exigidas.
¿La DGII tiene un Facturador Gratuito?
Sí. La DGII informó en agosto de 2026 que la herramienta puede manejar hasta aproximadamente 150 facturas mensuales y que sus usuarios pueden acceder a un certificado digital gratuito durante el primer año.
¿Alegra incluye certificado digital?
Sí, en planes elegibles. La documentación de Alegra identifica PRO, PLUS, PREMIUM y determinados planes anuales, sujeto a sus condiciones.
¿Los Grandes Locales y Medianos también deben revisar noviembre?
Sí. Desde el 1 de noviembre de 2026 deben utilizar exclusivamente secuencias “E” en operaciones ordinarias.
Continúe preparando a sus clientes para la facturación electrónica
Esta guía funciona como hoja de ruta. Para ejecutar cada etapa puede profundizar en:
- Facturación electrónica en República Dominicana de la A a la Z
- Requisitos para facturación electrónica: checklist DGII 2026
- Cómo obtener el certificado digital
- Facturador Gratuito DGII vs. software certificado
- Cómo habilitarse como emisor electrónico ante la DGII
- Contingencia en facturación electrónica República Dominicana
Fuentes
- La actualización se soporta principalmente en la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, el Decreto 587-24, el Aviso 06-26 y los criterios publicados por la DGII sobre implementación, prórroga, nuevos contribuyentes, roles y emisión exclusiva.
- La DGII confirmó nuevamente en agosto de 2026 la fecha del 15 de noviembre de 2026 para Pequeños, Micros y No Clasificados y reportó más de 80.000 emisores electrónicos autorizados y más de 2.000 millones de e-CF recibidos.
- Para Grandes Locales y Medianos, la DGII comunicó el 26 de agosto de 2026 que la emisión ordinaria exclusivamente mediante secuencias “E” inicia el 1 de noviembre de 2026