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ToggleLas obligaciones tributarias en febrero representan un período crucial en República Dominicana. A continuación, te detallamos los plazos clave que no puedes pasar por alto.
Explora nuestros editoriales Medios o mecanismos para cumplir con la declaración y pago de impuestos ante la DGII, Guía sobre declaraciones en cero o informativas que deben presentarse ante la DGII y Determinación de la obligación tributaria ante omisiones o inconsistencias en las declaraciones.
Plazo para declarar y pagar retenciones: IR-3 e IR-17
El lunes 10 de febrero es la fecha máxima para declarar y pagar las retenciones de asalariados y las retenciones y retribuciones complementarias (formularios IR-3 e IR-17, respectivamente).
Vencimientos fiscales para el 17 de febrero
Esta es la fecha máxima para que las personas jurídicas y las personas físicas y sucesiones indivisas con actividades comerciales e industriales paguen el anticipo mensual del impuesto sobre la renta.
Este día también vence el plazo para remitir a la DGII los formatos de envío 606, 607, 608 y 609, las ventas de mercado local de zonas francas, los libros de ventas de soluciones fiscales y el impuesto de tarjeta de turista.
Obligaciones fiscales que vencen el 20 de febrero
El 20 de febrero culmina el plazo para las declaraciones del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios —ITBIS—, el impuesto selectivo al consumo —ISC— de productos del alcohol, del tabaco, de telecomunicaciones, de seguros —DSS— y otros bienes gravados con este impuesto.
Para el ITBIS se debe presentar el formulario IT-1. En el caso del ISC, es necesario verificar las declaraciones o formularios aplicables: IST-01–2012, DSS-2007, ISC-02-2024, formulario de cigarrillos y formulario de alcoholes
Te invitamos a leer nuestro editorial: Inconsistencias en la declaración jurada IT-1: ¿cómo corregirlas?
Obligaciones fiscales que vencen el 28 de febrero
Este día culmina el plazo para las siguientes obligaciones fiscales:
- Declaración jurada para los contribuyentes acogidos al régimen simplificado de tributación —RST—.
- Pago de primera cuota del RST de ingresos para personas físicas y sector agropecuario.
- Aceptación de la declaración jurada IR-18 del ISR propuesta por impuestos internos para los asalariados acogidos a la Ley de gastos educativos (179-09).
Otras obligaciones tributarias en febrero
A continuación, se enuncian las demás obligaciones tributarias en febrero, y sus respectivos plazos. Se considera que estas aplican a determinados sectores o actividades específicas:
- El impuesto a los hidrocarburos y la contribución especial por gas licuado de petróleo —GLP— son obligaciones semanales que se deben cumplir a más tardar el 6, 13, 20, y 28 de febrero
- El impuesto sobre cheques y transferencias electrónicas, así como el ITBIS retenido por las compañías adquirentes, son compromisos que se deben cumplir cada semana, en este caso el: 7, 14, 21, y 28 de febrero.
- El 5 de febrero vence el plazo para los impuestos sobre casinos y máquinas tragamonedas.
- Hasta el 10 de febrero hay plazo para cumplir con el impuesto a la organización de juegos telefónicos, impuesto sobre regalías minerales, y la contribución de salida de líneas áreas correspondiente a la segunda quincena de enero. La contribución por salida de líneas áreas correspondiente a la primera quincena de febrero vence el día 25 de este mes.
- El 24 de febrero es el plazo máximo para los impuestos únicos sobre bancas de lotería y apuestas.
Principales obligaciones tributarias en febrero
En la siguiente infografía se destacan las principales obligaciones tributarias en febrero:

Explora nuestro portal Siempre Al Día, aquí encontrarás contenido que te permite estar al tanto de tus obligaciones fiscales. ¡No olvides cumplir a tiempo!