Nuevo límite de pago en efectivo en transacciones de alto valor en República Dominicana: Aviso DGII

La DGII estableció un nuevo límite de pago en efectivo para pagos de transacciones de alto valor en República Dominicana. Ahora la compra de bienes inmuebles tiene un tope de RD$1.5 millones en efectivo, junto con nuevos montos para vehículos, artículos de lujo y otros. ¡Conoce las novedades aquí!

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

favicon-alegra.png

Equipo Alegra

Actualizado el: 04 Dic 2025

9 min de lectura

Compartir:

Resume esta entrada del blog con:

Nuevo límite de pagos en efectivo

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció mediante el Aviso 27-25  un nuevo límite de pago en efectivo en transacciones de alto valor. Esta medida se enfoca especialmente en la compra, venta o transferencia de bienes inmuebles en República Dominicana, elevando significativamente el límite permitido de efectivo.

La actualización forma parte de los esfuerzos por reforzar la prevención del lavado de activos en el país, siguiendo lo dispuesto en la Ley 155-17 del Congreso Nacional, emitida el 31 de mayo del 2017, contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. 

A continuación, detallamos cuáles son los nuevos límites, cómo se comparan con los anteriores y qué implicaciones tienen para contadores, notarios y contribuyentes en general.

¿Cuál es el nuevo límite de pago en efectivo en transacciones de alto valor?

La DGII estableció nuevos montos máximos para liquidar o pagar ciertas transacciones en efectivo (billetes y monedas) a partir de la Resolución CONCLAFIT-2025-01, emitida el 1 de septiembre de 2025 por el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Los umbrales actualizados quedaron de la siguiente manera:

Tipo de transacciónLímite anterior (Ley 155-17)Nuevo límite (2025)
Constitución o Transmisión de derecho sobre inmuebles (Compra/venta de bienes inmuebles)RD$1,000,000RD$1,500,000
Constitución o Transmisión de derechos sobre vehículo de motor, aeronaves y embarcaciones (Compra/venta de vehículos de motor, aeronaves, embarcaciones)RD$500,000RD$800,000
Compra de joyas, relojes de lujo, obras de arte (ya sea por pieza o por lote y de obras de arte)RD$450,000RD$700,000
Otras transacciones de alto valor (por ejemplo, boletos de lotería, juegos de azar, venta de empresas, alquileres costosos)RD$250,000RD$400,000

Como se observa en la tabla, el límite de efectivo para inmuebles pasó de RD$1.0 millón a RD$1.5 millones. De igual modo, se incrementaron los topes en otras categorías relevantes. Por ejemplo, ahora para vehículos, aeronaves y embarcaciones el máximo en efectivo será de RD$800 mil (antes medio millón), mientras que para artículos de lujo como joyas, relojes o arte subió a RD$700 mil (antes RD$450 mil). 

Asimismo, otras operaciones contempladas en el Artículo 64 de la Ley 155-17 (literal d, e, f, g) – que incluyen pagos en juegos de azar, premios, compra de empresas o alquileres onerosos – incrementaron su límite de RD$250 mil a RD$400 mil en efectivo.

Tip Alegra: Esta actualización entró en vigencia el 1 de septiembre de 2025, por lo que ya aplica a todas las transacciones nuevas que se realicen desde esa fecha en adelante. Es importante recalcar que estos montos representan el máximo permitido en efectivo; cualquier excedente debe canalizarse por vías bancarias o electrónicas para cumplir con la normativa.

¿Cuál es el nuevo tope de pagos en efectivo para bienes inmuebles? 

 El nuevo límite es de RD$1,500,000 en efectivo para la compra, venta o transferencia de bienes inmuebles en República Dominicana.

¿Cuál era el límite anterior para pagos en efectivo en inmuebles? 

Antes estaba fijado en RD$1,000,000 para transacciones inmobiliarias en efectivo, según la Ley 155-17, por lo que el límite se incrementó en 500 mil pesos.

¿Qué otros límites de pagos en efectivo actualizó la DGII? 

Los vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones ahora tienen un tope de RD$800,000 (antes RD$500,000). En compras de joyas, relojes y obras de arte, el límite subió a RD$700,000 (antes RD$450,000). Otras transacciones de alto valor (por ejemplo,  boletos de lotería, juegos de azar, compra de empresas, alquileres costosos) tienen un límite de RD$400,000 (antes RD$250,000).

¿Por qué se establecen límites al pago en efectivo?

 Para prevenir el lavado de activos y garantizar la trazabilidad de transacciones grandes. La Ley 155-17 prohíbe pagos en efectivo que superen ciertos umbrales, de modo que las compras de alto valor se realicen por medios bancarios verificables. Esto dificulta ocultar el origen de fondos ilícitos.

¿Qué sucede si se supera el límite de pago en efectivo? 

Realizar o aceptar pagos en efectivo por encima de los topes legales es una violación grave. Los notarios no pueden legalizar la transacción sin constancia de un medio de pago legítimo. Además, exceder los límites constituye una infracción administrativa muy grave bajo la Ley 155-17, exponiendo a sanciones y consecuencias legales.

¿Cuál es el objetivo detrás del nuevo límite de pago en efectivo?

Los nuevos límites de efectivo no buscan facilitar las transacciones en efectivo, sino mejorar la transparencia y trazabilidad de las operaciones financieras de alto valor. 

El incremento de los umbrales responde a la necesidad de ajustar las normas al contexto económico actual (por ejemplo, la inflación y valores de mercado crecientes) sin dejar de lado la seguridad financiera. 

La Ley No. 155-17 originalmente estableció estos topes en 2017 para desalentar el uso de grandes sumas de dinero en efectivo en compras importantes, ya que tales operaciones en efectivo pueden usarse para ocultar actividades ilícitas. Ahora, mediante la Resolución Conclafit-2025-01 del organismo antilavado (CONCLAFIT), dichos montos fueron actualizados para reflejar los riesgos identificados actualmente y cerrar brechas posibles.

En otras palabras, aunque los límites subieron en cifras absolutas, la intención sigue siendo preventiva: asegurar que montos mayores a los permitidos queden registrados en el sistema financiero (por ejemplo, mediante transferencias bancarias, cheques certificados, pagos electrónicos, etc.), lo que crea un rastro documentado. 

Esta trazabilidad dificulta el lavado de activos porque cada gran transacción queda respaldada por comprobantes que las autoridades pueden verificar. La DGII destacó que la medida refuerza la transparencia en el mercado inmobiliario y otros sectores, reduciendo los riesgos asociados al uso excesivo de efectivo.

Obligaciones de contadores, notarios y contribuyentes

El cumplimiento de estos límites de efectivo es obligatorio para todas las personas y empresas que realicen los actos u operaciones mencionados. Esto incluye tanto a compradores y vendedores (personas físicas o jurídicas) como a los notarios públicos que dan fe de estas transacciones. 

De hecho, el Artículo 64 de la Ley 155-17 prohíbe expresamente a “toda persona, física o moral, liquidar o pagar, así como aceptar el pago” de las operaciones listadas mediante efectivo por encima de los umbrales señalados. 

Por su parte, la ley y su normativa complementaria le exigen a los notarios que se abstengan de registrar actos que incumplan esta limitación, salvo que se les presente evidencia del medio de pago utilizado.

En la práctica, esto significa que si alguien intenta, por ejemplo, vender una propiedad inmobiliaria y pagar RD$2 millones en efectivo, el notario no podrá formalizar la transferencia a menos que se entregue una constancia fehaciente del pago por los montos que exceden el límite (por ejemplo, comprobante de una transferencia bancaria por el monto que excede RD$1.5 MM). Esta exigencia está respaldada por la Norma General 07-2022 de la DGII, emitida el 29 de marzo de 2022,  la cual obliga a los notarios a requerir y conservar pruebas del medio de pago utilizado en estos actos.

Adicionalmente, la DGII emitió el Aviso 07-2025, que dispone que en los trámites de transferencias y descargos inmobiliarios se debe detallar claramente cuáles pagos se han realizado y cuáles quedan pendientes en una transacción de propiedad. Esto asegura que, al momento de emitir la autorización de pago de impuestos para transferir un inmueble, la DGII pueda verificar que no se están excediendo los topes en efectivo y que cualquier saldo pendiente se liquidará adecuadamente. 

Igualmente, para los trámites vehiculares, sigue vigente la Norma General 06-2022, que requiere presentar constancia de pago (por ejemplo, el recibo o certificación bancaria) ante la DGII para validar procesos de traspaso de vehículos, aeronaves o embarcaciones, dada la restricción de RD$800 mil en efectivo.

Tip Alegra: Incumplir estas disposiciones conlleva sanciones severas. Según la Ley 155-17, realizar pagos en efectivo por encima de los límites establecidos constituye una infracción administrativa “muy grave”. Los involucrados se exponen a multas significativas e incluso a posibles consecuencias penales si se comprueba la intención de evadir los controles antilavado. Además, cualquier sujeto obligado podría enfrentar sanciones administrativas y penales por facilitar u omitir reportar operaciones que violen estas normas.

Alegra te ayuda a mantener la tranquilidad tanto de los contadores como de sus clientes, ya que su uso garantiza un manejo ordenado y conforme a la ley de las finanzas del negocio. Si quieres experimentar cómo Alegra puede optimizar tu gestión contable y asegurarte el cumplimiento de las regulaciones de la DGII prueba Alegra gratis por 15 días y descubre una forma más fácil de llevar tus números, minimizar riesgos por manejo de efectivo y dedicar más tiempo al crecimiento de tu negocio en vez de al papeleo.

Referencias

¡No te pierdas nada! Sigue leyendo el portal Siempre Al Día y mantente informado con las últimas novedades, tendencias y consejos que tenemos para ti.

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados

Notas relacionadas

Guía de las retenciones del ISR en República Dominicana: tarifas por concepto tras la Ley 30-26, agentes de retención, IR-17 y ejemplos prácticos.
11 Ago

25 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Aprende cómo enviar certificados de retención masivamente en RD, qué revisar antes del envío y cómo reducir tareas manuales con varios proveedores.
11 Ago

15 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Conoce qué es el certificado de retención DGII, qué datos debe incluir, cuándo se emite y cómo respaldar las retenciones de ITBIS e ISR.
10 Ago

23 min de lectura

noticias para contadores, comparte

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!

Guía Ley 30-26 sin dolor — descarga gratis el manual del contador dominicano
Descarga gratis el manual del contador con los 62 artículos de la Ley 30-26 traducidos en acciones, casos reales y checklist.
Gracias por compartirnos tus datos

Haz clic en el botón para descargar el recurso. Si tienes algún problema con la descarga, contáctanos a siemprealdia@alegra.com.

0
Me encantaría conocer su opinión.x