Índice
ToggleEl régimen de obligatoriedad de la factura electrónica en República Dominicana comenzó a materializarse en 2024. Si bien, son múltiples los beneficios de la facturación electrónica, hay que destacar que en este país se establecieron incentivos fiscales para aquellos que realicen la implementación durante el periodo de voluntariedad.
Tip Alegra: Se consideran beneficios de la facturación electrónica aquellas ventajas derivadas de su implementación, por su parte, los incentivos fiscales de la facturación electrónica se encuentran estipulados en la Ley 32-23, los cuales aplican bajo ciertas condiciones.
Consulta nuestros artículos 5 puntos esenciales que necesitas saber sobre facturación electrónica y Esto debes saber sobre la reglamentación de la ley de facturación electrónica. También te invitamos a vivir la facturación electrónica más rápida con Alegra.
¿Cuáles son los beneficios de la facturación electrónica?
A continuación, se enuncian los beneficios o ventajas que ha señalado la Dirección General de Impuestos Internos —DGII— respecto de la implementación de la facturación electrónica:
- Mayor validez del crédito fiscal.
- Facilidad en el cumplimiento tributario.
- Mayor trazabilidad y certeza de la información.
- Optimización de tiempos y recursos.
- Incremento en la eficiencia y automatización de los procesos administrativos.
- Estandarización de las relaciones entre las empresas.
- Reducción en los costos de papel, impresión y almacenaje.
- Contribuye con el medio ambiente.
- Disminución en los documentos perdidos o extraviados.
- Propicia el comercio electrónico y uso de nuevas tecnologías.
Incentivos fiscales durante el periodo de voluntariedad
Mediante el artículo 38 de la Ley 32-23 se dispuso como periodo de voluntariedad el lapso de tiempo que fuera previo a las fechas límite de implementación de la facturación electrónica; las cuales puedes conocer en detalle en nuestro artículo Plazos y prórroga para facturación electrónica en República Dominicana.
Tip Alegra: Se estableció un incentivo pecuniario para aquellos que hayan sido autorizados a emitir comprobantes fiscales electrónicos —e-CF— durante el periodo de voluntariedad; este se otorga mediante certificado de crédito fiscal y puede ser imputado en los anticipos del impuesto sobre la renta, ITBIS operacional, impuesto sobre la renta o en el impuesto sobre los activos, siempre y cuando la imputación se realice en el mismo ejercicio fiscal.
El monto máximo del incentivo varía según la clasificación del contribuyente, en este sentido para las microempresas y no clasificados el valor máximo a otorgar es de RD$25,000, en el caso de los pequeños contribuyentes es RD$75,000, para los medianos RD$200,000, RD$300,000 para las grandes mipymes (grandes locales), y para los grandes contribuyentes nacionales el tope máximo será de RD$2,000,000.
En el caso de los grandes contribuyentes nacionales el otorgamiento del incentivo tributario estará condicionado a la validación de los comprobantes correspondientes a los gastos incurridos para la implementación de la facturación electrónica.
Es importante señalar que estos incentivos tributarios no aplican bajo las siguientes circunstancias:
- No pueden acogerse a estos incentivos los contribuyentes que opten por el facturador gratuito.
- Estos incentivos no aplican para aquellos contribuyentes que están acogidos a regímenes especiales de tributación con exenciones del pago de impuestos.
Continúa navegando por nuestro portal Siempre Al Día para enterarte de las últimas novedades. ¡Con Alegra tus conocimientos van a otro nivel!
Igualmente, te invitamos a conocer las soluciones que Alegra tiene para ti.