Formato 607 de ventas bienes y servicios: ¿En qué consiste y para qué sirve?

El formato de envío 607 debe remitirse los primeros 15 días de cada mes a través de la oficina virtual de la DGII, así sea de manera informativa. Te comentamos qué tipo de información se debe reportar a través de este y cuáles son los casos en que el contribuyente se encuentra eximido de enviarlo.

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

Contenido revisado por:

favicon-alegra.png

Equipo Alegra

Actualizado el: 18 Feb 2026

2 min de lectura

Compartir:

Resume esta entrada del blog con:

formato 607

Mediante el formato 607, los contribuyentes mensualmente remiten información a la DGII referente a ventas y operaciones, de esta manera el artículo 4 de la Norma General 07-18 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), modificado por el artículo 1 de la Norma General 10-18 de la misma entidad, indica que se debe reportar lo siguiente: 

  • Información de ventas y operaciones realizadas. 
  • Retenciones practicadas por terceros, específicamente las retenciones del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios —ITBIS— y las retenciones del impuesto sobre la renta —ISR—.   
  • Operaciones sustentadas en facturas de consumo, siempre y cuando su  valor sea igual o superior a RD$250,000 (monto que podrá ser ajustado con la inflación).
  • Resumen de las operaciones realizadas y que se encuentren sustentadas en facturas de consumo, donde se deben incluir aquellas que tengan un valor igual o superior a RD$250,000.

Tip Alegra: ¿Sabías qué en Alegra puedes realizar reportes inteligentes?,  entre estos se encuentran los formatos 606, 607 y 608. Si aún no tienes cuenta con nosotros, ¡Prueba Alegra gratis por 15 días!

En el siguiente video te contamos cómo configurar y generar los reportes 606 y 607 con Alegra:

¿Cuándo no es necesario remitir el formato 607?

A continuación, se mencionan dos casos en los cuales los contribuyentes no tienen que enviar el formato 607:

¿Cuál es la fecha límite para remitir el formato 607 a la DGII?

Las informaciones sobre las ventas efectuadas por el contribuyente, deben ser remitidas mensualmente, a través del Formato de envío de Ventas de Bienes y Servicios (607), a más tardar el día 15 de cada mes.

Siempre-al-día-formato-607-República-Dominicana

Referencias

Para seguir recibiendo guías prácticas y mantenerte informado sobre las últimas actualizaciones tributarias y contables, ¡suscríbete a nuestro newsletter de Siempre Al Día y no te pierdas ninguna novedad!

Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Siempre al Día 👋

Compartir

¿Contabilidad Siempre Al Día?

Con Alegra Contabilidad le das poder a tu trabajo, conoce la Contabilidad Inteligente y gestiona más rápido tu día a día.
guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más reciente Más votados
Feedbacks de Inline
Ver todos los comentarios

Notas relacionadas

Te comentamos qué tipo de información se debe reportar a través del formato 607 y cuáles son los casos en que el contribuyente se encuentra eximido de enviarlo.
18 Feb

2 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Exploramos el tratamiento fiscal de las licencias de software en República Dominicana.
17 Feb

8 min de lectura

noticias para contadores, comparte
Conoce las características del formato 608 de comprobantes anulados, además del paso a paso de cómo generar este reporte a través de tu cuenta con Alegra.
16 Feb

2 min de lectura

noticias para contadores, comparte

Recibe información Siempre
Al Día en tu celular

Únete a la comunidad en WhatsApp donde podrás tener novedades y noticias
al momento, ¡y sin tener
que mover un dedo!

0
Me encantaría conocer su opinión.x