Regalía pascual e ISR en República Dominicana: Exención confirmada por la Ley 30-26

La regalía pascual en República Dominicana está exenta del ISR cuando corresponde a la duodécima parte del salario ordinario anual. Con la Ley 30-26, esta regla queda confirmada sin límite de cinco salarios mínimos, lo que despeja una duda frecuente al procesar la nómina de diciembre. En esta guía explicamos cómo calcularla, cuándo pagarla, cómo tratar los pagos adicionales y qué debe revisar el contador en el IR-3 y la TSS.

Escrito por:

Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 07 Jul 2026

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exención de ISR sobre la regalía pascual

La regalía pascual, también conocida como salario de Navidad o salario 13, está exenta del Impuesto sobre la Renta —ISR— cuando corresponde a la duodécima parte del salario ordinario anual del trabajador. Con la Ley 30-26, exención de ISR sobre la regalía pascual queda confirmada sin aplicar el límite de cinco salarios mínimos que generaba dudas en la práctica. En esta guía explicamos cómo calcularla, cuándo pagarla, qué ocurre si el empleador paga un monto adicional y cómo debe tratarla el contador en la nómina, el IR-3 y la TSS.

  • ¿La regalía pascual paga ISR? No. La Ley 30-26 (Art. 33) confirma que la duodécima parte del salario ordinario anual está exenta del ISR, sin límite de mínimos.
  • ¿Qué pasa si se paga más del mínimo legal? Solo la parte equivalente a la duodécima parte del salario ordinario está exenta. El excedente es ingreso gravable sujeto a retención de ISR.
  • ¿Cuándo vence el pago? Antes del 20 de diciembre de cada año, conforme al Art. 219 del Código de Trabajo.

Para el panorama completo de la reforma, consulte: Ley 30-26: ¿Qué cambia con la reforma al Código Tributario en República Dominicana?

¿Qué es la regalía pascual y quién tiene derecho?

La regalía pascual es el pago anual obligatorio que debe realizar el empleador a sus trabajadores en el mes de diciembre. Está regulada en los artículos 219 al 222 del Código de Trabajo y equivale a la duodécima parte del salario ordinario devengado durante el año calendario.

No se trata de una bonificación voluntaria ni de una gratificación discrecional. Es un derecho laboral de los empleados en relación de dependencia, incluidos quienes tienen contrato por tiempo indefinido, contrato por tiempo determinado o modalidad por tarea, siempre que hayan devengado salario ordinario durante el año.

También tienen derecho a recibirla de forma proporcional los trabajadores que ingresaron durante el año, así como quienes renunciaron o fueron despedidos antes de diciembre. En estos casos, la regalía se calcula con base en los salarios ordinarios efectivamente devengados hasta la fecha de terminación del contrato.

¿Cuánto es la regalía pascual y cómo se calcula?

La regalía pascual se calcula dividiendo entre 12 la suma de los salarios ordinarios percibidos por el trabajador durante el año calendario.

La fórmula general es: Regalía pascual = salarios ordinarios devengados en el año ÷ 12

Para efectos del cálculo, deben considerarse los salarios ordinarios. No se incluyen horas extras, bonificaciones, viáticos, dietas, comisiones ni beneficios variables, salvo que esos conceptos formen parte del salario ordinario pactado o tengan carácter salarial según la relación laboral.

Situación del empleadoFórmula de cálculoEjemplo
Tiempo completo, año completoSuma de salarios ordinarios ÷ 12RD$60,000/mes × 12 = RD$720,000 ÷ 12 = RD$60,000
Empleado por menos de 12 meses(Suma de salarios ordinarios ÷ 12) × (meses laborados ÷ 12)Ingresó en julio (6 meses): RD$60,000 × 6/12 = RD$30,000
Salario variable durante el añoSuma de todos los salarios ordinarios del año ÷ 12Salarios distintos cada mes → sumar los 12 y dividir entre 12

El pago debe realizarse antes del 20 de diciembre. Para el contador, este plazo exige revisar con anticipación la información de nómina, los ingresos ordinarios acumulados, los pagos proporcionales y cualquier política interna que otorgue valores adicionales.

¿La regalía pascual está exenta del ISR? Lo que confirma la Ley 30-26

Sí. La regalía pascual legal está exenta del Impuesto sobre la Renta. El Código de Trabajo dispone que el salario de Navidad no está sujeto al ISR, y la DGII ha explicado que esta exención cubre la duodécima parte del salario ordinario anual.

La Ley 30-26 refuerza este tratamiento al confirmar que la exención aplica sobre la regalía legal aunque su monto sea superior a cinco salarios mínimos. La ley fue promulgada el 18 de junio de 2026, según informó la Presidencia de la República Dominicana.

En la práctica, esto significa que el empleador no debe retener ISR sobre la regalía pascual legal. Por tanto, si un trabajador devengó RD$500,000 mensuales durante todo el año, su regalía legal de RD$500,000 está exenta del ISR, siempre que corresponda a la duodécima parte de su salario ordinario anual.

SituaciónAntes de Ley 30-26Desde Ley 30-26 (Art. 33)
Regalía pascual ≤ 5 salarios mínimosExenta (sin debate)Exenta (confirmado)
Regalía pascual > 5 salarios mínimosDebate: ¿solo exento hasta 5 mínimos?Toda la regalía (1/12 salario anual) exenta
Gratificación adicional sobre la regalíaGravable como ingreso ordinarioGravable como ingreso ordinario (sin cambio)

Para el contador que prepara la nómina de diciembre: la implicación es directa. No hay que calcular ni verificar cuánto equivalen cinco salarios mínimos para determinar la exención. La duodécima parte del salario ordinario anual queda exenta en su totalidad. El empleador no retiene ISR sobre ese monto.

Para la tabla de retención del ISR de personas físicas vigente en 2026 y la nueva escala 2027, consulte: Tabla de retención del ISR 2026 y nueva escala Ley 30-26.

Algunos empleadores pagan un monto superior a la duodécima parte del salario ordinario — por política interna, acuerdo colectivo o gratificación discrecional. En ese caso, solo la porción equivalente al cálculo legal (1/12 del salario ordinario anual) está exenta del ISR. El excedente se considera un ingreso adicional gravable y debe someterse a retención de ISR conforme a la escala progresiva del empleado.

  1. Regalía pascual legal: exenta del ISR.
  2. Excedente o pago adicional: gravable como ingreso ordinario.

Esta separación es clave para evitar errores en la retención de diciembre. La exención no cubre todo pago navideño o bonificación adicional; cubre únicamente la regalía legal calculada conforme al salario ordinario anual.

Ejemplo aplicado

Un gerente devenga RD$200,000 mensuales durante todo el año.

ConceptoValor
Salario ordinario anualRD$2,400,000
Regalía pascual legalRD$200,000
Pago realizado por la empresaRD$250,000
Monto exento de ISRRD$200,000
Excedente gravableRD$50,000

En este caso, los RD$200,000 correspondientes a la regalía legal están exentos. Los RD$50,000 adicionales deben sumarse a los ingresos gravables del mes y someterse a la retención de ISR que corresponda.

¿Cómo procesar la regalía pascual en la nómina de diciembre?

El procesamiento correcto de la regalía pascual exige separar el cálculo laboral del tratamiento fiscal. El contador debe validar el monto legal, identificar pagos adicionales y reflejar correctamente los valores en la nómina y en los reportes fiscales.

Estos son los pasos recomendados:

Sume los salarios ordinarios devengados durante el año calendario y divida el resultado entre 12. Para empleados con menos de un año, utilice los salarios ordinarios efectivamente devengados durante el período trabajado.

2. Verifique si existe un pago adicional

Si la empresa decide pagar un valor superior a la regalía legal, separe el monto exento del excedente gravable. Esta distinción debe quedar clara en el soporte de nómina.

La duodécima parte del salario ordinario anual no debe incluirse en la base gravable del mes para efectos del ISR.

4. Aplique retención sobre el excedente, si existe

El valor que exceda la regalía pascual legal se considera ingreso gravable y debe someterse a la escala de retención aplicable al trabajador.

5. Revise el reporte en el IR-3

El IR-3 de diciembre debe reflejar correctamente las remuneraciones gravadas, las exentas y la retención practicada. Si la empresa paga valores adicionales a la regalía legal, el contador debe verificar que el excedente gravable no quede registrado como exento.

Para el paso a paso del cálculo del ISR de un empleado, consulte: ¿Cómo calcular el ISR de un empleado en República Dominicana? Guía paso a paso.

Tip Alegra: con Alegra Nómina puede calcular la regalía pascual de cada empleado automáticamente sobre el salario ordinario acumulado, aplicar la exención del ISR conforme al Art. 33 de la Ley 30-26 y generar el IR-3 de diciembre sin cálculos manuales. Pruebe Alegra gratis por 15 días.

¿La regalía pascual se reporta en la TSS?

La regalía pascual no debe formar parte de la base de cotización de la Tesorería de la Seguridad Social —TSS—. Por tanto, no se incluye para calcular los aportes de seguridad social de diciembre.

Esta regla no fue modificada por la Ley 30-26. El cambio relevante de la reforma está en la confirmación del tratamiento fiscal frente al ISR, no en la base de cotización de la seguridad social.

Para el contador, la validación práctica es doble:

ControlQué revisar
ISRQue la regalía legal no se incluya en la base gravable
TSSQue la regalía pascual no se incluya como salario cotizable
NóminaQue el excedente, si existe, se registre separado de la regalía legal
IR-3Que los ingresos exentos y gravados estén correctamente clasificados

Preguntas frecuentes sobre la regalía pascual e ISR

Estas son las dudas más frecuentes al procesar la regalía pascual en la nómina de diciembre tras la Ley 30-26.

¿Cuándo se debe pagar la regalía pascual?

Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Aunque muchas empresas la pagan a inicios de diciembre por planificación de caja y cierre de nómina, el plazo legal máximo es antes del día 20.

¿Qué salarios se incluyen para calcular la regalía pascual?

Se incluyen los salarios ordinarios devengados durante el año calendario. No se incluyen horas extras, bonificaciones, viáticos, dietas ni pagos complementarios que no formen parte del salario ordinario del trabajador.

¿La Ley 30-26 aplica retroactivamente a regalías pagadas antes de 2026?

No. La Ley 30-26 fue promulgada el 18 de junio de 2026. La confirmación de la exención debe aplicarse hacia adelante, especialmente para la regalía pascual de diciembre de 2026 y períodos posteriores.

Si un empleado trabajó solo dos meses, ¿tiene derecho a regalía pascual?

Sí. El trabajador tiene derecho a la proporción correspondiente al tiempo laborado durante el año. La regalía proporcional se calcula sobre los salarios ordinarios devengados y conserva el tratamiento de exención del ISR.

¿La regalía pascual afecta el cálculo del ISR anual del empleado?

No, cuando corresponde a la regalía legal. Al estar exenta, no debe sumarse como ingreso gravable para determinar la base del ISR. Si hay un pago adicional por encima de la regalía legal, ese excedente sí debe tratarse como ingreso gravable.

¿La Ley 30-26 cambió la fórmula de cálculo de la regalía pascual?

No. La fórmula laboral no cambió: sigue siendo la duodécima parte del salario ordinario devengado durante el año calendario. Lo que confirma la Ley 30-26 es el tratamiento fiscal de la regalía legal frente al ISR.

¿La exención aplica si la regalía supera cinco salarios mínimos?

Sí. La Ley 30-26 confirma que la regalía pascual legal está exenta del ISR aunque supere el monto equivalente a cinco salarios mínimos. La clave es que el valor corresponda a la duodécima parte del salario ordinario anual.

¿La regalía pascual del sector público tiene el mismo tratamiento?

Sí. La exención del ISR sobre la regalía pascual legal aplica sin distinguir entre empleados del sector privado y del sector público, siempre que el pago corresponda al salario de Navidad legal y no a una gratificación adicional gravable.

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