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Obligaciones tributarias en julio 2024: estas son las fechas que no puedes olvidar

A lo largo del año, los contribuyentes deben revisar qué obligaciones tributarias deben cumplir ante la DGII. En esta ocasión te traemos el calendario del contribuyente aplicable para julio de 2024. Verifica cuáles te aplican, y de esta manera evita incumplimientos y sanciones.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 25 Jun 2024

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6 min de lectura

Obligaciones tributarias en julio 2024

Según el tipo de contribuyente y las actividades que desarrolle, así mismo se derivan los compromisos que este debe cumplir. Por eso, en esta oportunidad te detallamos las obligaciones tributarias en julio de 2024.

Pago de primer anticipo de ISR para personas físicas y sucesiones indivisas

Los vencimientos para el mes de julio inician con el primer anticipo del impuesto sobre la renta —ISR—, pago que debe efectuarse el 01 de julio de 2024 por parte de las personas físicas y sucesiones indivisas con actividades no comerciales e industriales.

El parágrafo I del artículo 314 del Código Tributario (Ley 11-92), establece que la primera cuota del anticipo corresponde al 50 % y debe ser pagada el sexto mes (recuerda que si la fecha estipulada corresponde a un día festivo, el plazo pasa para el siguiente día laborable).

Tip Alegra: En nuestro artículo Tips para la liquidación y pago de anticipos del impuesto sobre la renta de personas físicas, se pueden apreciar aspectos clave sobre el tema, dependiendo de si la persona física realiza o no actividades comerciales e industriales.

Plazos para declarar retenciones: IR-3 e IR-17

La declaración y pago de las retenciones de asalariados y las retenciones y retribuciones complementarias (formularios IR-3 e IR-17, respectivamente), debe efectuarse a más tardar el décimo día de cada mes, y en julio, no es la excepción.

Anticipos mensuales de ISR que vencen el 15 de julio

El 15 de julio es la fecha máxima para que tanto las personas jurídicas como las personas físicas y sucesiones indivisas con actividades comerciales e industriales, paguen el anticipo mensual del impuesto sobre la renta.

Tip Alegra: Te invitamos a consultar el editorial Guía para el cálculo y pago del anticipo de impuesto sobre la renta de personas jurídicas, en este contamos cómo calcularlo, cuándo es posible solicitar una exención, entre otros detalles.

Fecha máxima para remitir formatos de envío y libros de ventas de soluciones fiscales

Conforme a lo estipulado en el artículo 8 de la Norma General 07-18, el 15 de julio es la fecha máxima para remitir ante la DGII los formatos de envío 606, 607, 608 y 609.

Este mismo día también vence el plazo para que los contribuyentes envíen los libros de ventas de soluciones fiscales.

Vencimiento para presentar declaraciones de ITBIS e ISC

El 22 de julio vence el plazo para presentar las declaraciones del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios —ITBIS— y del impuesto selectivo al consumo —ISC—.

Para la primera obligación aplica el formulario IT-1 mientras que para el ISC es necesario verificar las declaraciones o formularios aplicables, según corresponda: IST-01–2012, DSS-2007, ISC-02-2024, formulario de cigarrillos y formulario de alcoholes.

Por disposición general, estas deben presentarse a más tardar el 20 de cada mes; sin embargo, en esta ocasión, es un día no laboral.

Plazo para enviar reporte maestro y reporte local

Los contribuyentes sujetos a precios de transferencia con fecha de cierre del 30 de septiembre de 2023 tienen hasta el 26 de julio para enviar el reporte maestro y/o el reporte local.

Los parágrafos IV y V del artículo 18 del Decreto 78-14 modificado por el artículo 4 del Decreto 256-21, disponen que estos reportes deben presentarse dentro de los 180 días siguientes a la fecha de haber presentado la declaración informativa de operaciones efectuadas con partes relacionadas —DIOR—.

Tip Alegra: Mediante el aviso 10-24, la DGII informó que se amplió el plazo para que las sociedades matrices últimas presenten el primer reporte país por país correspondiente al periodo fiscal 2022. La nueva fecha es el 30 de agosto de 2024.

Estos son los compromisos que vencen el 29 de julio

El 29 de julio vencen las siguientes obligaciones tributarias:

  • Impuesto sobre la renta de sociedades con fecha de cierre del 31 de marzo de 2024.
  • Presentación de la DIOR; deben cumplir con este requisito, los contribuyentes que tengan como fecha de cierre el 31 de marzo de 2024.
  • Pago de la primera cuota del impuesto sobre activos de sociedades con fecha de cierre del 31 de marzo de 2024. Las que tengan como fecha de cierre el 30 de septiembre de 2023, deberán pagar la segunda cuota.
  • Declaración jurada informativa de las instituciones sin fines de lucro —ISFL—, aplica para aquellas que tengan como fecha de cierre el 31 de marzo de 2024.

Otras obligaciones tributarias en julio de 2024

A continuación se listan las fechas y las respectivas obligaciones que vencen ese día. Se considera que estas aplican a determinados sectores o actividades específicas:

  • El impuesto a los hidrocarburos y la contribución especial de gas licuado de petróleo —GLP—, son obligaciones semanales que se deben cumplir a más tardar el 04, 11, 18 y 25 de julio.
  • El impuesto de cheques y transferencias electrónicas, y el ITBIS retenido por las compañías de adquirencia, son compromisos que se deben cumplir cada semana, en este caso: el 05, 12, 19 y 26 de julio.
  • También vencen el 05 de julio el impuesto de casinos e impuesto sobre máquinas tragamonedas.
  • Para el 10 de julio, se debe cumplir con el impuesto a la organización de juegos telefónicos, impuesto de regalías de minerales, y la contribución de salida de líneas aéreas correspondiente a la segunda quincena de junio de 2024. La contribución de salida de líneas aéreas de la primera quincena de julio 2024 vence el 25 de julio.
  • El 15 de julio se vence el plazo para los compromisos relacionados con las ventas del mercado local de zonas francas y el impuesto tarjeta de turista.
  • El 19 de julio, los sujetos obligados no financieros deben enviar el formato 647 por el período abril – junio de 2024.
  • Las siguientes obligaciones vencen el 22 de julio: impuesto sobre la renta aplicable a la minería, participación sobre utilidades netas —PUN—, impuesto mínimo anual —IMA—, impuesto único de bancas de lotería e impuesto único de bancas de apuestas.

Explora nuestro portal Siempre Al Día, aquí encuentras contenido que te permite estar al tanto de tus obligaciones fiscales.

Gracias por llegar hasta aquí,
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