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ToggleSe considera de vital importancia conocer los diferentes tipos de comprobantes fiscales y comprobantes fiscales electrónicos (e-CF), ya que estos documentos son fundamentales para asegurar la transparencia y legalidad en las transacciones económicas.
En este sentido, la emisión de comprobantes, así como la recepción de los mismos, constituyen un proceso o ciclo que beneficia a todas las partes, como son los contribuyentes, consumidores y la DGII.
¿Qué son los comprobantes fiscales y e-CF y para qué sirven?
Tanto los comprobantes fiscales como los e-CF son documentos que acreditan la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, y sirven para sustentar créditos fiscales, costos y gastos. Esto de acuerdo con lo expuesto en el numeral 2 del artículo 2 de la Norma General 04-14 de la Dirección General de Impuestos Internos, publicada el 4 de junio de 2014; el literal a del artículo 3 de la Norma General 01-20 de la Dirección General de Impuestos Internos, publicada el 9 de enero de 2020; los artículos 13 y 14 de la Ley 32-23 del Congreso Nacional de la República Dominicana, promulgada el 16 de mayo de 2023; y el literal e) del artículo 3 del Decreto 587-24 del Poder Ejecutivo, publicada el 10 de octubre de 2024.
Todas las personas físicas y jurídicas deben emitir comprobantes fiscales o e-CF cuando realicen operaciones que impliquen la transferencia de bienes o prestación de servicios, ya sea a título oneroso o gratuito; lo anterior, conforme al literal k) del artículo 50 de la Ley 11-92, del Congreso Nacional, promulgada el 16 de mayo de 1992.
El numeral 16 del artículo 254 ibidem, establece que se considera un incumplimiento de los deberes formales, la no emisión oportuna de los comprobantes fiscales o e-CF. Profundiza sobre el tema en nuestro editorial Sanciones de la DGII ante incumplimiento de los deberes formales del contribuyente.
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Recordemos que el artículo 55 del Decreto 587-24 dispone que se considerarán vencidos los comprobantes fiscales de los contribuyentes que no cumplan con la implementación de la facturación electrónica dentro de los plazos establecidos, los cuales puedes conocer en detalle en el artículo Plazos y prórroga para facturación electrónica en República Dominicana.
Similitudes y diferencias entre comprobantes fiscales y e-CF
Sobre el tema, es importante tener presente que los e-CF a diferencia de los comprobantes fiscales, se caracterizan por emitirse, firmarse y recibirse electrónicamente.
En la siguiente infografía se pueden apreciar tres semejanzas y tres diferencias principales entre estos:

¿Cuáles son los tipos de comprobantes fiscales y e-CF?
Actualmente, existen once tipos de comprobantes fiscales y diez comprobantes fiscales electrónicos. El único comprobante que no se puede emitir electrónicamente es el registro único de ingresos.
Tip Alegra: Te sugerimos consultar nuestros editoriales Lo que necesitas saber sobre el comprobante fiscal electrónico (e-CF) y Generalidades de los comprobantes fiscales y los Números de Comprobantes Fiscales —NCF—
A continuación, se describen cada uno de los tipos de comprobantes fiscales y e-CF, considerando lo establecido en el artículo 4 del Decreto 254-06 del Poder Ejecutivo, publicado el 19 de junio de 2006; La Norma General 05-19 de la Dirección General de Impuestos Internos del 8 de abril de 2029; el artículo 3 de la Norma General 01-20; y el artículo 15 de la Ley 32-23:
| Nombre del Comprobante | Tipo de comprobante físico | Tipo de (e-CF) | Descripción |
| Factura de crédito Fiscal | 1 | 31 | Registra la compra y venta de bienes o servicios. Sirve para sustentar gastos, costos o crédito fiscal. |
| Factura de consumo | 2 | 32 | Se emite en transacciones con consumidores finales. |
| Nota de débito | 3 | 33 | Es usado por los vendedores para recuperar costos y gastos en que incurrió después de haber emitido el comprobante, motivo por el cual solo puede emitirse al mismo adquiriente. |
| Nota de crédito | 4 | 34 | Es utilizado por los vendedores cuando se presentan modificaciones en las condiciones de venta originalmente pactadas, al igual que el anterior, solo puede emitirse al mismo adquirente. |
| Comprobante de compras | 11 | 41 | Soporta las compras realizadas a personas no registradas como contribuyentes. |
| Registro Único de Ingresos | 12 | N/A | Se utiliza para registrar un resumen de las transacciones diarias realizadas a consumidores finales, se usa cuando las ventas se concentran en productos o servicios exentos del ITBIS. |
| Gastos menores | 13 | 43 | Justifica pagos por pequeños gastos relacionados con el trabajo, realizados por el personal. |
| Regímenes especiales | 14 | 44 | Para facturar a contribuyentes bajo regímenes especiales de tributación, por bienes o servicios exentos de ITBIS o ISC. |
| Gubernamental | 15 | 45 | Para facturar al Gobierno Central y otras entidades gubernamentales que no realizan actividades comerciales. |
| Exportaciones | 16 | 46 | Reporta la venta de bienes fuera del territorio nacional, utilizado por exportadores nacionales, empresas de zonas francas y zonas francas comerciales. |
| Pagos al exterior | 17 | 47 | Se emite al realizar pagos de rentas gravadas a personas (físicas o jurídicas) no residentes fiscales, aplicando la retención del ISR. |
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Referencias normativas
- Congreso Nacional de la República Dominicana. (1992). Ley 11-92 Código Tributario de la República Dominicana.
- Congreso Nacional de la República Dominicana. (2023). Ley 32-23 sobre Facturación Electrónica.
- DGII. (2014). Norma General 04-14. Dirección General de Impuestos Internos.
- DGII. (2019). Norma General 05-19. Dirección General de Impuestos Internos.
- DGII. (2020). Norma General 01-20. Dirección General de Impuestos Internos.
- Poder Ejecutivo. (2006). Decreto 254-06.
- Poder Ejecutivo. (2024). Decreto 587-24.
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