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ToggleLos contribuyentes en el ejercicio de sus actividades económicas adquieren obligaciones tributarias que deben cumplir ante la Dirección General de Impuestos Internos —DGII—, esto implica una serie de procesos que se han catalogado como el ciclo de la vida del contribuyente.
¿Qué es el ciclo de la vida del contribuyente?
El ciclo de la vida del contribuyente comprende el conjunto de actuaciones, derechos y deberes que tienen los contribuyentes ante DGII. Dicho ciclo abarca actividades que pueden ser habituales o comunes entre los contribuyentes, como aquellas que se caracterizan por ser eventuales u ocasionales.
Tip Alegra: Te invitamos a consultar nuestro editorial Actividades eventuales u ocasionales ante la DGII que forman parte del ciclo del contribuyente, para que conozcas cuáles son y cómo se encuentran clasificadas. Recuerda que la realización de este tipo de actividades, depende de la situación que se le presente al contribuyente en el desarrollo de sus operaciones
En cuanto a las actividades habituales o comunes que tienen los contribuyentes en su interacción con la Dirección de Impuestos Internos, estas han sido agrupadas en siete etapas. Es decir, toda persona física o jurídica, durante el desarrollo de su actividad económica, tendrá que surtir cada una de estas etapas, las cuales se describen a continuación:
Etapa 1. Inscripción en el RNC
Tanto las personas físicas como las jurídicas deben inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes —RNC—, en este proceso se asigna un número de RNC que servirá para la respectiva identificación y localización de los contribuyentes.
Etapa 2. Solicitud de NCF o e-NCF
Una vez el contribuyente obtiene el RNC, los contribuyentes deben solicitar ante la DGII la asignación de los Números de Comprobantes Fiscales —NCF— o Números de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-NCF).
Estos números son secuencias alfanuméricas que se encuentran en los comprobantes fiscales o comprobantes fiscales electrónicos, según el caso. Recordemos que estos documentos, sirven para sustentar el crédito fiscal o consumo.
Etapa 3. Inicio de operaciones o de la actividad económica
En esta etapa el contribuyente le reporta a la DGII la fecha en que inicia actividades, por tanto, a partir de ese momento se empiezan a generar las obligaciones tributarias correspondientes.
Etapa 4. Registro de operaciones
Durante la ejecución de actividades por parte del contribuyente, este deberá llevar los registros a que haya lugar, por ejemplo, de ingresos, costos y gastos. En esta etapa, también se contempla la emisión de comprobantes y de facturas.
Etapa 5. Presentación de declaraciones juradas
Para dar cumplimiento a las obligaciones formales, el contribuyente presentará sus impuestos a través de una declaración jurada dentro de los plazos estipulados por la DGII.
Tip Alegra: Explora los artículos Declaraciones juradas de personas jurídicas: ¿Cuáles podrían aplicar a estos contribuyentes?, y Declaraciones juradas de personas físicas: identifica y evita incumplimientos ante la DGII.
Etapa 6. Pago de impuestos
Además de presentar las declaraciones juradas, si al momento de realizar la liquidación resulta un valor a pagar, el contribuyente deberá efectuar el respectivo pago.
Etapa 7. Finalización de la actividad económica
Cuando el contribuyente deja de desarrollar sus actividades económicas o profesionales que generan obligaciones tributarias, deberá notificarlo por escrito ante la DGII, para que de esta forma se efectúe su desvinculación ante dicha entidad.
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