¿Cómo verificar los e-CF y asegurarte de que tus clientes estén al día con la facturación electrónica?

En República Dominicana, la facturación electrónica es obligatoria de manera gradual según la Ley 32-23. En este artículo explicamos cómo verificar los e-CF (comprobantes fiscales electrónicos) y ofrecemos recomendaciones prácticas para cumplir con esta normativa.

Equipo Siempre Al Día

Actualizado el: 26 May 2025

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10 min de lectura

Cómo verificar e-CF en República dominicana

La facturación electrónica en República Dominicana se ha convertido en obligatoria para todos los contribuyentes de manera escalonada tras la Ley 32-23. Como contador, debes asegurar que tus clientes estén al día con esta reglamentación de la DGII, por eso, en este artículo te explicamos cómo verificar los e-CF (comprobantes fiscales electrónicos) y te brindamos recomendaciones prácticas para asegurar el cumplimiento. 

¿Qué exige la DGII sobre facturación electrónica?

La Ley General de Facturación Electrónica No. 32-23 estableció la obligatoriedad del uso de la factura electrónica en República Dominicana como medio para documentar todas las transacciones comerciales. Entró en vigor el 16 de mayo de 2023 y dispuso la creación de un Sistema Fiscal de Facturación Electrónica de carácter obligatorio y de alcance general para todos los contribuyentes y responsables con obligaciones tributarias. En otras palabras, todas las empresas y personas físicas que facturan en el país deberán emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) de forma gradual según un calendario definido en la ley.

Para estar al día con esta reglamentación, tus clientes deben asegurarse de varios aspectos, incluyendo cómo verificar los e-CF, obtener certificación como emisor electrónico y otros requisitos:

  • Emitir sus facturas como e-CF autorizados dentro del plazo que les corresponde. Esto implica obtener la autorización como emisor electrónico ante la DGII y emitir comprobantes con el formato electrónico estándar.
  • Cumplir los requisitos formales y técnicos: contar con un certificado digital tributario, haber completado el proceso de certificación de su sistema de facturación electrónica con la DGII, y acatar la Norma General 06-2018 sobre comprobantes fiscales tradicionales, entre otras disposiciones vigentes.
  • Utilizar secuencias válidas de e-CF asignadas por la DGII. Todos los e-CF deben tener el formato correcto (inician con la letra “E”, seguido del código de tipo de comprobante y una secuencia numérica) y solo pueden ser emitidos por contribuyentes previamente autorizados.
  • Reportar y validar electrónicamente cada factura. El modelo operativo requiere que cada e-CF emitido sea enviado a la DGII para su validación y obtención de un Track ID (comprobante de recepción). Además, los contribuyentes receptores de facturas electrónicas deben declararlas en sus reportes de compras (Formulario 606) igual que antes.

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En síntesis, la DGII exige emitir facturas bajo el nuevo esquema electrónico dentro de los plazos legales, siguiendo los protocolos de autorización y envío electrónico. 

Cómo verificar los e-CF y asegurarse del cumplimiento de la normativa de facturación electrónica

Como contador, es fundamental verificar proactivamente que tus clientes estén cumpliendo con la normativa de facturación electrónica. A continuación, te presentamos pasos prácticos y herramientas para corroborar el estado de cumplimiento de un contribuyente:

1. Verifica la clasificación del contribuyente y su fecha límite 

Primero, determina en qué categoría DGII se encuentra tu cliente (GCN, GCL/Mediano, Pyme, etc.) y si ya pasó su plazo obligatorio. Si, por ejemplo, es un Gran Contribuyente Local, tiene plazo para emitir e-CF hasta noviembre de 2025.

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2. Confirma la autorización como emisor electrónico

Un cliente cumplidor debe haber obtenido autorización formal de la DGII para emitir e-CF. La DGII publica un Listado de Emisores Electrónicos Autorizados – verifica si el RNC de tu cliente figura allí, lo cual indicaría que completó exitosamente el proceso de certificación. Si no está en la lista, pero ya debería estar facturando electrónicamente según su categoría, es una señal de alerta. 

En tal caso, asegúrate de que tu cliente haya enviado el Formulario de Solicitud de Autorización (FI-GDF-016) vía Oficina Virtual y cumplido los requisitos (RNC activo, certificado digital vigente, sistema listo para emitir e-CF). Sin la autorización de DGII, cualquier “factura electrónica” que emita no tendría validez fiscal.

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3. Revisa la numeración de las facturas que emite

Una comprobación sencilla es inspeccionar las facturas recientes del cliente. ¿Están identificadas como e-CF? Deberían tener una numeración con el formato E + Tipo de comprobante + Secuencia de 13 caracteres. Por ejemplo: E3100000001234 podría ser una factura electrónica de crédito fiscal (tipo 31) con su secuencia. 

Tip Alegra: Si tu cliente sigue emitiendo comprobantes con la nomenclatura tradicional (por ejemplo, B010000000… o similar, sin la “E”), y ya está en etapa obligatoria, entonces no está cumpliendo. Todos los comprobantes válidos tras su fecha límite deben ser electrónicos. Verifica también que esté usando el tipo de e-CF correcto para cada caso (factura de crédito fiscal electrónica Tipo 31, de consumo Tipo 32, etc.).

4. Verifica los e-CF emitidos

La DGII ofrece una herramienta en línea para validar comprobantes. Tanto emisores como receptores pueden consultar el estado de un e-CF en el portal web de DGII, entrando al menú “Servicios” > “Consulta/NCF” e ingresando el RNC del emisor y el número de e-CF. Al realizar la consulta, presta atención a los mensajes de respuesta:

  • “El NCF digitado es válido”: indica que la secuencia existe, está autorizada y el e-CF fue recibido por la DGII. Es decir, la factura electrónica fue debidamente reportada y aceptada. Si ves este mensaje, el comprobante es válido y tu cliente va por buen camino.
  • “El Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) no fue encontrado”: significa que la secuencia estaba autorizada, pero el emisor no ha enviado aún el e-CF a DGII. Esto es un foco de atención: la factura podría no estar cumpliendo el proceso completo de validación. Puede ser un retraso (la DGII permite consultar más tarde nuevamente), pero si persiste, sugiere que el cliente emitió el documento a su comprador sin remitirlo electrónicamente a la DGII, lo cual constituye un incumplimiento.
  • “NCF ingresado no es correcto o no corresponde al RNC”: indica que posiblemente se digitó mal el número o se está verificando con el RNC equivocado. Asegúrate de introducir los datos exactos. Si aun así no valida, podría tratarse de un comprobante inválido.

Adicional a la validez del número, la consulta también refleja el estado tributario del e-CF: Aceptado, Aceptado Condicional, Rechazado o En Proceso. Un e-CF Aceptado tiene plena validez para crédito fiscal; uno Rechazado significa que la DGII lo invalidó (por errores o incumplimiento técnico), lo cual es grave; En Proceso indica que está pendiente de verificación (posiblemente instante después de emisión); Aceptado Condicional puede significar que fue aceptado con alguna observación menor. Si detectas comprobantes rechazados, es urgente que el cliente corrija las causas antes de seguir emitiendo.

Te puede interesar: Lo que necesitas saber sobre el comprobante fiscal electrónico (e-CF)

5. Comprueba las declaraciones y libros de ventas

Otra forma de verificar el cumplimiento es revisar si el cliente está reflejando la facturación electrónica en sus reportes fiscales. Por ejemplo, en el Formato 607 (Reporte de Ventas) que se envía a la DGII, desde 2024 en adelante las ventas de contribuyentes obligados deben registrarse con los nuevos tipos de comprobante electrónicos (31, 32, etc.). 

Si notas que el cliente sigue reportando secuencias antiguas o no cuadra el volumen de e-CF emitidos con lo declarado, podría haber incumplimiento o errores de reporte. Igualmente, los clientes receptores de e-CF deben incluirlos en su Formato 606 (Reporte de Compras) para poder aprovechar el crédito fiscal, lo cual solo es posible si esos e-CF fueron debidamente registrados en DGII.

Siguiendo estos pasos, podrás auditar de forma proactiva el estado de tus clientes en materia de factura electrónica. En resumen: confirma la obligación, verifica autorización, revisa comprobantes emitidos y utiliza las herramientas de validación de la DGII para no llevarte sorpresas.

6. Recomendaciones para asegurar el cumplimiento 

Finalmente, presentamos algunas recomendaciones prácticas que ayudarán a a mantenerse al día con la facturación electrónica y reducir riesgos de incumplimiento:

  1. Planificar con anticipación la implementación: no esperar al último momento. Si tu cliente tiene plazo hasta 2025 o 2026, comienza cuanto antes. 

Tip Alegra: La adaptación tecnológica y de procesos puede tomar tiempo (selección de software, capacitación del personal, obtención de certificado digital, etc.). Un plan temprano también permite aprovechar los incentivos fiscales por implementación voluntaria y evitar prisas de último minuto.

  1. Mantener el RNC y obligaciones al día: un requisito para la autorización como emisor electrónico es tener el RNC actualizado y estar al día en obligaciones tributarias. Asegúrate de que tus clientes no tengan estatus de “Omiso” en declaraciones ni deudas significativas, ya que la DGII podría frenar la certificación si detecta incumplimientos previos. Asimismo, cualquier cambio societario relevante debe actualizarse (por ejemplo, nuevo representante legal con certificado digital a su nombre).
  2. Capacitación constante al personal contable y de facturación: Implementar e-CF conlleva cambios operativos. Es recomendable capacitar a todos los involucrados (facturación, cuentas por cobrar, contabilidad) en el uso del sistema elegido, en cómo corregir errores (por ejemplo, anular un e-CF con una Nota de Crédito Electrónica tipo 34 si es necesario), y en la interpretación de los mensajes de la DGII. La DGII ha realizado congresos y talleres (por ejemplo, el Tercer Congreso de Facturación Electrónica para Grandes Contribuyentes en 2025) – anima a tu equipo a participar para estar actualizados.
  3. Revisiones periódicas y auditorías internas: No basta con implementar y olvidar. Establece un control interno mensual o trimestral para auditar muestras de e-CF emitidos y recibidos. Verifica que todos los e-CF de ventas estén en estado “Aceptado” y que no haya rechazos sin corregir. Igualmente, concilia el total de facturas emitidas con las enviadas a DGII (el TrackID o acuse de recibo) para detectar si alguna se quedó sin reportar. Esta práctica preventiva te ayudará a detectar a tiempo cualquier falla técnica o de cumplimiento, evitando que se acumulen infracciones.

Te puede interesar: Crédito fiscal por adopción voluntaria de la factura electrónica: ¿Cómo se registra en la contabilidad?

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