¿Cómo empezar con la facturación electrónica en República Dominicana? Guía paso a paso (Ley 32-23)

La factura electrónica es legalmente denominada Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) en República Dominicana. Conoce cómo empezar con la facturación electrónica, los requisitos, pasos y herramientas para que los contadores implementen el e-CF cumpliendo la normativa de la DGII de forma fácil y segura.

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

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Equipo Alegra

Actualizado el: 08 Abr 2026

13 min de lectura

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Para empezar con la facturación electrónica, es importante saber que esta se ha implementado gradualmente para modernizar el sistema tributario, mejorar el control fiscal y disminuir la evasión. Si eres contador o empresario, es esencial que te prepares para implementar los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) a tiempo.

En este artículo te explicamos de manera práctica los requisitos y pasos para empezar con la facturación electrónica en República Dominicana, así como las herramientas disponibles que facilitan su adopción.

¿Cuál es la diferencia entre una factura digital en PDF y un e-CF válido?

Desde la estricta óptica tributaria, el e-CF es el archivo XML que contiene la firma digital validada. Este lenguaje de programación asegura la inalterabilidad de la base imponible y del ITBIS retenido.

El documento PDF actúa únicamente como una representación gráfica orientada al consumidor final. Para tu revisión fiscal o auditoría de campo, exige siempre el XML original para evitar contingencias

Un PDF es una representación visual. Un e-CF es un XML estructurado, con firma digital y validación en tiempo real de la DGII, ausentes en un PDF.

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¿Cómo es el proceso de validación en tiempo real de la DGII?

Al emitir un e-CF, se envía a la DGII, que verifica estructura, firma y datos. Si es correcto, otorga acuse de recibo y número de validación, confirmando su legalidad.

¿Es obligatoria la facturación electrónica según la DGII?

La Ley de facturación electrónica de la República Dominicana 32-23, obliga al uso de la factura electrónica en República Dominicana.  Abarca a todos los contribuyentes, públicos y privados. Fija plazos de implementación progresiva y ofrece incentivos fiscales por adopción temprana.

¿Quiénes deben facturar electrónicamente en República Dominicana?

Cualquier contribuyente que facture está obligado según el calendario. La DGII estableció grupos: grandes nacionales primero, luego grandes locales/medianos, y finalmente pequeñas y micro.

En República Dominicana, la obligación de facturar electrónicamente está establecida en la Ley No. 32-23 de Facturación Electrónica. Esta ley aplica a todas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y a los entes sin personalidad jurídica domiciliados en el país que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación y locación de servicios, ya sea a título oneroso o gratuito.

Te puede interesar: Emisión de factura electrónica o del e-CF: ¿Cuáles son los modelos de operación?

¿Cuáles son las fechas límite de implementación por tamaño de empresa?

Los Grandes contribuyentes locales y medianos tienen hasta el 15 de noviembre de 2025 para cumplir con esta obligación, mientras que los pequeños, micros y no clasificados podrán hacerlo hasta el 15 de mayo de 2026

Cada grupo debe prepararse para estos momentos clave, ya que el calendario fue diseñado para facilitar la migración progresiva hacia la facturación electrónica como única forma válida. Conoce en detalle todo el calendario y cómo prepararte en nuestro artículo: Calendario de implementación de facturación electrónica en República Dominicana: ¡Que no se te pase la fecha! 

📅 Herramienta interactiva

¿Cuándo debe facturar
electrónicamente tu cliente?

Consulta la fecha límite de cada uno de tus clientes para implementar el e-CF según su categoría, conforme a la Ley 32-23 y los Avisos DGII Nos. 07-23 y 08-23.

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Mis datos
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Ingresa tus datos como contador para conocer la fecha límite de implementación del e-CF para cada uno de tus clientes.

Selecciona la categoría que mejor describe a tu cliente según los listados publicados por la DGII.

¿En qué categoría se clasifica tu cliente? *
Grande Nacional · Grupo 1
Primer listado de grandes contribuyentes nacionales publicado por la DGII (Aviso No. 07-23)
Grande Nacional · Grupo 2
Segundo listado de grandes contribuyentes nacionales publicado por la DGII (Aviso No. 07-23)
Grande Nacional · Grupo 3
Tercer listado de grandes contribuyentes nacionales publicado por la DGII (Aviso No. 07-23)
Grande Local o Mediano
Grandes contribuyentes locales y contribuyentes medianos — incluye prórroga de 6 meses otorgada por la DGII (Aviso No. 08-23)
Pequeño, Micro o No Clasificado
Pequeñas empresas, microempresas y contribuyentes aún no clasificados por la DGII — Ley 32-23, Art. 3
Selecciona la categoría de tu cliente.
Fecha límite de tu cliente
📌 Fecha límite — e-CF
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Con Alegra Facturación Electrónica tus clientes pueden emitir e-CF válidos ante la DGII desde el primer día, sin conocimientos técnicos y con soporte incluido. Miles de empresas en República Dominicana ya cumplen con la DGII usando Alegra.

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© Alegra · Software de Facturación Electrónica en República Dominicana

¿Qué incentivos fiscales existen por implementar la facturación electrónica antes de tiempo?

La normativa ofrece créditos fiscales por adopción temprana: grandes nacionales hasta RD$2,000,000; micro/no clasificados hasta RD$25,000; pequeñas hasta RD$75,000

Estos créditos se aplican como descuentos en impuestos (ISR, ITBIS, etc.) del mismo año fiscal, por gastos en software, servicios e implementación.

Tip Alegra: Consulta la Guía completa de facturación electrónica para conocer desde el marco normativo y certificación, hasta el flujo de emisión de e-CF y las sanciones fiscales. Descarga gratis esta herramienta clave para facilitar tu adaptación al sistema digital:

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¿Cuáles son los requisitos para la facturación electrónica en República Dominicana?

Antes de poder emitir facturas electrónicas (e-CF), debes asegurarte de cumplir con todos los requisitos establecidos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

Estos requisitos garantizan que estés habilitado legal y técnicamente para usar el nuevo esquema. Los principales son:

  • RNC activo: estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y tener tu registro al día.
  • Certificado digital: contar con un certificado digital para procesos tributarios válido, el cual se usará para firmar electrónicamente las facturas.
  • Sistema homologado: utilizar un sistema de facturación electrónica que cumpla con las especificaciones técnicas definidas por la DGII para generar y enviar los e-CF. Puede ser un software propio, el facturador gratuito de la DGII o un proveedor autorizado.
  • Solicitud y autorización de DGII: completar el Formulario de Solicitud de Autorización (a través de la Oficina Virtual de la DGII o formulario FI-GDF-016 presencial) para convertirse en emisor electrónico, y obtener la autorización formal de la DGII.
  • Proceso de certificación: aprobar satisfactoriamente el proceso de certificación ante la DGII, que consiste en pruebas técnicas de emisión de e-CF y validaciones, antes de iniciar la facturación electrónica real.
  • Normativa de comprobantes fiscales: cumplir con las disposiciones de la Norma General Sobre Comprobantes Fiscales 06-18 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) , publicada el 1 de febrero de 2018, que siguen vigentes como marco para la emisión de facturas (numeración, tipos de documentos, etc.).

Alegra Facturación te acompaña paso a paso para habilitarte como emisor electrónico de manera fácil y segura. Desde la configuración inicial hasta la integración de tu certificado digital:

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Tip Alegra: Si cumples con todo lo anterior, ya estás en posición de dar el siguiente paso: habilitarte como emisor electrónico y empezar a emitir e-CF. Con Alegra Facturación, este proceso es más simple y rápido, ya que su plataforma intuitiva y homologada te permite emitir comprobantes electrónicos de manera segura, cumpliendo con todas las normativas de la DGII y optimizando la gestión de tu negocio. ¡Regístrate ahora y prueba Alegra gratis por 15 días! 

A continuación, describimos paso a paso cómo empezar el proceso ante la DGII.

¿Cuáles son los pasos para empezar con la facturación electrónica en República Dominicana?

Una vez reunidos los requisitos, el proceso para habilitar la facturación electrónica ante la DGII se puede resumir en los siguientes pasos principales:

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  1. Obtener el certificado digital de firma: Si aún no cuentas con el certificado digital para procesos tributarios, debes gestionarlo antes de comenzar. Consulta toda la información en nuestro editorial ¿Qué es y cómo funciona el certificado digital para facturación electrónica en República Dominicana?
  2. Solicitar la habilitación como emisor electrónico: ingresa al portal de Oficina Virtual de la DGII (sección "Emisor Electrónico") con el RNC de tu empresa. Debes crear una postulación o solicitud en línea para ser reconocido como emisor electrónico, rellenando el formulario con los datos de tu empresa y del proveedor tecnológico o sistema que usarás. Es crucial que el representante legal que figure sea el mismo que generó el certificado digital, de lo contrario la DGII no permitirá continuar. Tras completar el formulario, envíalo a la DGII para su revisión. (Alternativamente, puedes presentar el Formulario FI-GDF-016 de manera presencial, pero el portal en línea agiliza el proceso).

Tip Alegra: Un emisor electrónico es todo contribuyente autorizado por la DGII para emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF). Consulta el paso a paso para obtener la certificación como emisor electrónico en la DGII

  1. Realizar las pruebas de emisión (certificación): Una vez postulada tu solicitud, la DGII te habilitará en un ambiente de pruebas para verificar que tu sistema de facturación electrónica funciona correctamente. Deberás emitir e-CF de prueba (ejemplos de facturas electrónicas) y enviarlos a la DGII a través de sus web services o del portal habilitado.  También se realizan pruebas de la representación impresa (la versión PDF/impresa de la factura) para asegurar que cumple los formatos requeridos. La DGII validará que cada comprobante electrónico: cumple con el esquema XML oficial, utiliza los catálogos de datos correctos, tiene una firma digital válida y contiene la información fiscal correcta. Este paso de certificación es obligatorio; solo si apruebas todas las pruebas la DGII te dará luz verde para facturar electrónicamente.
  1. Recepción de la autorización de DGII: Tras completar exitosamente el proceso de pruebas, la DGII emitirá la certificación como Emisor Electrónico. Recibirás la autorización formal que indica que ya estás habilitado para emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos de forma oficial. En este punto se te asignará el rango de e-NCF (Numeración de Comprobantes Fiscales Electrónicos) que usarás en tus facturas electrónicas.
  2. Emisión de facturas electrónicas en producción: con la autorización en mano, ya puedes comenzar a emitir tus facturas electrónicas reales a clientes. Cada e-CF que generes con tu sistema deberá firmarse digitalmente y enviarse automáticamente a la DGII para su validación en tiempo real. Una vez la DGII lo valida y devuelve el acuse de recibo (número de seguimiento), puedes entregar la factura electrónica al cliente (vía email, portal, etc.). Recuerda que todos los e-CF emitidos deben conservarse electrónicamente por al menos 10 años, según normativa vigente.

Siguiendo estos pasos, estarás cumpliendo con el nuevo esquema de facturación. Es recomendable iniciar el proceso con anticipación, ya que la etapa de pruebas y aprobación ante la DGII puede tomar varias semanas dependiendo de la preparación de tu sistema y la cantidad de contribuyentes solicitándolo simultáneamente.

¿Cuáles son las opciones tecnológicas para la facturación electrónica?

Implementar la factura electrónica puede parecer complejo, pero existen distintas opciones tecnológicas que facilitan el proceso:

  • Facturador gratuito de la DGII: la DGII ofrece una herramienta web gratuita para emisión de e-CF, pensada principalmente para micro y pequeños contribuyentes que cumplan ciertos criterios de uso. Esta plataforma permite crear y enviar facturas electrónicas individuales sin costo. Puede ser útil si tu volumen de facturación es bajo. Sin embargo, ten en cuenta que al ser una herramienta genérica, podría ser menos eficiente cuando manejas muchas transacciones o necesitas integrarla con tu contabilidad.
  • Sistema propio (desarrollo in-house): algunas empresas con recursos tecnológicos optan por desarrollar su propio sistema de facturación electrónica. Esto requiere programar la generación de XML según el estándar e-CF, conectarse vía API/Web Service con la DGII, administrar certificados digitales, etc. Si el contribuyente desea usar un sistema propio, debe asegurarse de cumplir con todos los requisitos técnicos y pasar por un proceso de certificación riguroso con la DGII. Esta opción ofrece flexibilidad total, pero implica altos costos de desarrollo y mantenimiento, por lo que suele ser viable solo para empresas grandes con departamentos de IT robustos.
  • Proveedor autorizado de facturación electrónica : para muchas empresas, la alternativa más práctica es utilizar un emisor de facturación electrónica certificado por la DGII, como Alegra. Esta plataforma funciona como un software especializado que genera las facturas en el formato correcto, las firma digitalmente, las envía automáticamente a la DGII y almacena los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).
    La DGII mantiene un listado oficial de Proveedores Certificados que cumplen con todas las normativas vigentes. Contratar un proveedor certificado como Alegra evita la complejidad de desarrollar soluciones desde cero y garantiza estar siempre actualizado ante los cambios regulatorios.

Tip Alegra: Como asesor, guiar a sus clientes en la elección del software correcto es una parte crucial de su servicio. La decisión debe basarse en un análisis de las necesidades del negocio, buscando una solución que ofrezca eficiencia y escalabilidad. Consulta más en este artículo:  Software de facturación electrónica: ¿Basta con la herramienta gratuita de la DGII?

¿Cuáles son los beneficios de facturar electrónicamente con un proveedor tecnológico autorizado? 

Ahora que conoces las opciones disponibles, imagina la tranquilidad de contar con un proveedor autorizado y certificado por la DGII como Alegra, que hace que la facturación electrónica sea un proceso ágil, seguro y confiable. 

Facturar electrónicamente con Alegra no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que simplifica cada etapa del proceso, ofreciéndote apoyo y facilidades en todo momento:

  • Facilidad y rapidez en el proceso de habilitación: Alegra simplifica la inscripción como emisor electrónico ante la DGII, ayudando a cumplir con los requisitos legales y técnicos de manera rápida y sin errores.
  • Plataforma intuitiva y homologada: cumple con las especificaciones técnicas oficiales, permitiendo emitir e-CF de forma segura y conforme a la normativa, tanto en la certificación como en la operación diaria.
  • Firma digital integrada: gestiona automáticamente la firma electrónica de cada factura, aportando validez legal y seguridad a todos los comprobantes emitidos.
  • Optimización y automatización de la gestión de facturación: Automatiza el envío, validación en tiempo real y almacenamiento seguro de los e-CF, cumpliendo con la obligación de conservar estos documentos por al menos 10 años.
  • Escalabilidad para distintos tamaños de negocio: ideal tanto para PYMEs como para empresas con altos volúmenes de transacciones o que requieren integración avanzada con sistemas contables.
  • Actualización y adaptación a cambios regulatorios: Alegra se mantiene siempre actualizado para asegurar el cumplimiento sin complicaciones frente a nuevas disposiciones legales.

¿Por qué Alegra es el sistema de facturación electrónica ideal en República Dominicana?

Alegra facilita cada paso del e-CF:

  • Emite e-CF y asigna el e-NCF de inmediato.
  • Genera automáticamente la firma digital y el XML estándar de la DGII (sin programar).
  • Integra inventario en tiempo real con cada venta.
  • Prepara los reportes 606/607 listos para presentar.
  • Interfaz intuitiva diseñada para contadores, con asistencia local.

Prueba Alegra gratis por 15 días y descubre cómo simplificar tu facturación electrónica con la solución más confiable y certificada por la DGII. ¡Comienza hoy mismo!

¿Qué pasa si el sistema de la DGII se cae mientras intento facturar?

La ley prevé la Representación Impresa (RI) para contingencias. Si el portal DGII falla, emite la RI (PDF firmado). Cuando se restablezca el servicio, envía los e-CF pendientes al sistema para validarlos.

¿Puedo emitir e-CF a clientes en el extranjero?

Sí. La normativa incluye comprobantes especiales: E46 para exportaciones y E47 para pagos al exterior. Usa el tipo correspondiente e ingresa los datos del cliente extranjero; la DGII validará el e-CF normalmente.

¿Cuánto tiempo se deben conservar los comprobantes electrónicos (e-CF)?

Se deben conservar los e-CF validados al menos 10 años, cumpliendo el plazo legal de documentación ante la DGII.

Referencias normativas

Ahora que conoces la ruta para el cumplimiento, ¿Cuál consideras que es el mayor desafío que enfrentan los dominicanos frente a esta transición a la Facturación Electrónica Obligatoria? Nos encantaría leer tu perspectiva en los comentarios. Para seguir recibiendo guías prácticas y mantenerte informado sobre las últimas actualizaciones tributarias y contables, ¡suscríbete a nuestro newsletter de Siempre Al Día y no te pierdas ninguna novedad!

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