Listado de bienes exentos del ITBIS en República Dominicana

Un bien exento es un producto que, por su naturaleza y de acuerdo con la legislación fiscal dominicana no está sujeto al pago del ITBIS, por lo tanto, su tarifa es del 0 %. En este artículo listamos los principales bienes exentos del ITBIS y los productos a los que se les aplica la tasa reducida del 16 %

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 27 Oct 2025

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Listado de bienes exentos del ITBIS

El Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) es fundamental para la gestión contable y fiscal en República Dominicana. Aunque su tasa general es del 18 %, el manejo correcto de este impuesto exige conocer las exenciones aplicables, como las que abordamos aquí. 

Es esencial identificar los bienes exentos del ITBIS para una óptima planificación fiscal de los clientes y para garantizar el cumplimiento riguroso de la ley. Una exención del ITBIS no significa que la transacción desaparece del radar fiscal. Al contrario, el Código Tributario es claro: la exención de la obligación de pago no libera al contribuyente del cumplimiento de sus demás deberes formales. Esto implica que cada operación exenta debe ser registrada y reportada adecuadamente, añadiendo una capa de complejidad a la gestión contable.

Te puede interesar: Créditos del ITBIS en República Dominicana: Guía completa

¿Qué son bienes exentos del ITBIS?

Un bien exento es un producto que, por su naturaleza y de acuerdo con la legislación fiscal dominicana, no está sujeto al pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Por lo tanto, su tarifa de ITBIS es del 0 %, lo que significa que no se aplica el impuesto a su venta o transferencia. 

Esta categoría generalmente incluye productos de primera necesidad como alimentos básicos, medicamentos y material educativo, con el fin de aliviar la carga tributaria en artículos esenciales para la población.

bienes exentos del ITBIS

¿Cuáles son los bienes exentos del ITBIS? 

El artículo 343 del Código Tributario del Congreso Nacional publicado en marzo de 1992 y sus modificaciones establecen los bienes exentos del ITBIS.

Este listado se enfoca principalmente en productos de primera necesidad, salud, educación y el sector agropecuario, buscando proteger el acceso a bienes esenciales.

Para facilitar su consulta, hemos organizado los principales bienes exentos en la siguiente tabla resumen.

CategoríaEjemplos de bienes exentosNota clave
Alimentos básicosAnimales vivos (bovinos, porcinos, aves), carnes frescas o congeladas, pescado de consumo popular o reproducción, leche (no incluye yogurt ni mantequilla), huevos, miel natural, arroz, pan, pastas alimenticias, harinas, legumbres y hortalizas sin procesar (papas, tomates, cebollas, etc.), frutas frescas.La exención aplica a productos sin procesar o con un procesamiento mínimo. Productos derivados o procesados pueden estar gravados.
Productos agropecuariosPlantas y semillas para siembra, abonos y fertilizantes, insecticidas, fungicidas, herbicidas, alimentos para animales (piensos) e insumos pecuarios.Esta categoría busca incentivar la producción agrícola y ganadera del país.
Salud y bienestarMedicamentos, prótesis articulares, sillas de ruedas y vehículos para personas con discapacidad.La exención se centra en productos indispensables para el tratamiento de enfermedades y la mejora de la calidad de vida.
Educación y culturaLibros, revistas y material educativo a nivel preuniversitario (cuadernos, lápices, etc.).Fomenta el acceso a la cultura y la educación, eliminando la carga fiscal sobre materiales esenciales de aprendizaje.
OtrosAgua natural (embotellada o no) y combustibles.Incluye bienes de consumo masivo y de importancia estratégica para la economía.

El ITBIS se aplica a la mayoría de bienes y servicios. Sin embargo, la normativa vigente exime del ITBIS a ciertas prestaciones de servicios. Las listamos aquí: Servicios exentos del ITBIS: ¿Cuáles son? 

¿Cuál es la diferencia entre un bien exento y uno con tasa del 16 % de ITBIS?

Un error común es confundir un bien «exento» (tasa del 0 %) con un bien sujeto a una «tasa reducida». En República Dominicana, ciertos productos de consumo masivo no están exentos, pero se benefician de una tasa de ITBIS del 16 % en lugar del 18 % general.

Los productos gravados con la tasa del 16 % son:

  • Yogurt y mantequilla.
  • Café (tostado o descafeinado).
  • Grasas animales o vegetales comestibles.
  • Azúcares.
  • Cacao y chocolate

Tip Alegra: La distinción entre 0 %, 16 % y 18 % es más que un detalle técnico; es un pilar de la estrategia fiscal. Una clasificación incorrecta puede llevar a pagos de impuestos en exceso, mermando la liquidez de la empresa, o a pagos insuficientes, generando contingencias y posibles sanciones por parte de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Para el contador, asegurar esta correcta clasificación es un servicio de alto valor que protege la salud financiera del cliente.

Gestión contable del ITBIS: Del reto a la oportunidad con Alegra

La carga administrativa para un contador es considerable: registrar cada transacción, clasificarla según su tasa de ITBIS, gestionar la proporcionalidad cuando hay ingresos mixtos y, finalmente, compilar toda la información para los formatos 606, 607 y la declaración IT-1. Este proceso manual es propenso a errores y consume un tiempo valioso.

Aquí es donde la tecnología se convierte en el mejor aliado. Alegra es un software contable diseñado para automatizar y simplificar estas complejidades fiscales.

Te puede interesar: ¿Cuándo se debe llevar el ITBIS al costo en República Dominicana?

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  • Generación automática de reportes: Alegra utiliza la información de sus facturas de compra y venta para generar los reportes 606 y 607, listos para ser presentados a la DGII, minimizando errores y ahorrando horas de trabajo.
  • Declaración IT-1 simplificada: la plataforma consolida automáticamente el ITBIS pagado en compras y el cobrado en ventas, facilitando el cálculo del impuesto a pagar y la preparación del formulario IT-1.
  • Cumplimiento con la facturación electrónica: adáptese sin complicaciones a la normativa de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), emitiendo facturas válidas ante la DGII directamente desde el sistema.
  • Manejo de casos complejos: Puede configurar impuestos específicos para gestionar operaciones como el «ITBIS llevado al costo» o el «ITBIS sujeto a proporcionalidad», asegurando que cada registro contable sea preciso y cumpla con la normativa.

Al automatizar estas tareas, libera tiempo para enfocarse en el análisis estratégico y el asesoramiento fiscal, aportando un valor superior a sus clientes. Pruebe Alegra gratis por 15 días y descubre una forma más inteligente de gestionar la contabilidad.

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