Aprende paso a paso cómo se calcula la bonificación en República Dominicana

Descubre cómo se calcula la bonificación anual en República Dominicana de forma clara y sencilla. En este artículo te explicamos paso a paso las fórmulas clave, cómo obtener el salario diario, los topes según la antigüedad, el factor de prorrateo para ajustar montos y los plazos legales para el pago.

Escrito por:

Sharon Grueso

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 09 Ene 2026

7 min de lectura

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Cómo se calcula la bonificación en República Dominicana

La bonificación anual es un derecho laboral fundamental en República Dominicana que permite a los empleados participar en las utilidades generadas por la empresa. Según el Artículo 223 del Código de Trabajo, las empresas deben destinar el 10 % de sus utilidades netas anuales a sus trabajadores. Este artículo te guía paso a paso sobre cómo se calcula la bonificación en República Dominicana y aspectos relevantes sobre su tratamiento, asegurando que tanto empleadores como empleados comprendan este proceso.

¿En qué consiste la bonificación anual?

El fundamento legal para la bonificación anual se encuentra en el Artículo 223 del Código de Trabajo. Este artículo establece que todas las empresas deben otorgar a sus empleados una participación equivalente al 10 % de las utilidades o beneficios netos anuales. Esta disposición busca fomentar la corresponsabilidad entre la empresa y sus trabajadores en los resultados económicos.

Tip Alegra: Si una empresa en República Dominicana no genera utilidades netas en el año fiscal, no está obligada a pagar la bonificación anual, ya que esta se calcula como el 10 % de dichas utilidades.

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¿Cómo se calcula la bonificación total?

Para calcular el monto total de la bonificación, se toma el 10 % de las utilidades netas anuales de la empresa. Las utilidades netas se determinan antes de calcular la renta neta imponible y antes de deducir las bonificaciones correspondientes a los miembros del consejo de administración, directores, administradores o gerentes.

Observa el siguiente ejemplo:  la empresa obtiene utilidades netas de RD $1,000,000. Para este caso, el monto total de la bonificación será:

[Bonificación total = 1,000,000 * 10% = $100,000]

¿Cómo se calcula la bonificación individual?

El monto individual que cada empleado recibe depende de su antigüedad en la empresa y de su salario. Según el Código de Trabajo, los empleados con menos de 3 años de servicio tienen derecho a un máximo de 45 días de salario ordinario, mientras que aquellos con 3 o más años tienen derecho a un máximo de 60 días de salario ordinario.

Para los empleados que no han trabajado todo el año, la bonificación se calcula proporcionalmente al tiempo trabajado. Además, el monto total de las bonificaciones no puede exceder el 10 % de las utilidades netas. Si la suma de los montos individuales calculados supera este porcentaje, cada bonificación se ajusta proporcionalmente para no exceder el límite total.

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Cálculo de la bonificación para empleados con más de un año

Para los trabajadores con un contrato por tiempo indefinido y más de un año en la empresa, el cálculo de la bonificación individual sigue un proceso claro y estructurado.

Paso 1: Calcular el Salario Diario

 El primer paso es determinar el salario promedio diario del trabajador. Para ello se utiliza un divisor estándar en la contabilidad dominicana: 23.83, que representa el promedio de días laborables en un mes.  

 Salario Mensual​/23.83 = Salario diario

Paso 2: Determinar los días de bonificación por antigüedad 

El artículo 223 del Código de Trabajo establece dos topes máximos para la bonificación individual, basados en la antigüedad del empleado :  

  • Menos de 3 años de servicio: le corresponden hasta 45 días de salario ordinario.
  • 3 o más años de servicio: le corresponden hasta 60 días de salario ordinario.

Paso 3: Calcular la bonificación individual bruta

 Finalmente, se multiplica el salario diario por el número de días que corresponden según la antigüedad.

Salario diario × (45 o 60 días) = Bonificación bruta

Por ejemplo, un empleado con 2 años de antigüedad y un salario de RD$30,000 tendría un salario diario de RD $1,258.92 (RD $30,000/23.83). De esta manera, su bonificación bruta sería de RD $56,651 (RD $1,258.92×45).

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¿Cuál es el cálculo de la bonificación cuando se lleva menos de un año de servicio?

Cuando un trabajador no ha completado el año fiscal completo, su participación es proporcional al tiempo trabajado. El cálculo se ajusta de la siguiente manera :   

  • Obtener salario promedio mensual proporcional: (salario mensual × meses trabajados)/12
  • Calcular salario diario proporcional: salario promedio mensual proporcional/23.83
  • Calcular bonificación proporcional: salario diario proporcional×45 días

Factor de prorrateo: ¿Qué pasa si el 10 % no es suficiente?

Un escenario común es que la suma de todas las bonificaciones individuales (calculadas con 45 o 60 días) exceda el monto total a repartir (el 10 % de los beneficios netos de la empresa). La ley prioriza el límite del 10 %. Para ajustar los pagos, se aplica un «factor de prorrateo» o «convertidor».  

Factor de prorrateo = Monto total a repartir (10 % de beneficios)​ / suma de todas las bonificaciones individuales calculadas

Luego, la bonificación final de cada empleado se recalcula: 

Bonificación a pagar= Bonificación individual calculada × factor de prorrateo.

¿Cuáles son los plazos de pago de la bonificación?


La bonificación debe ser pagada entre 90 y 120 días después del cierre del ejercicio fiscal de la empresa, que puede ser el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre o 31 de diciembre, dependiendo de la política de la empresa (Artículo 300 del Código Tributario).

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¿El pago de bonificaciones es un gasto deducible?

Desde la perspectiva contable, la bonificación es un gasto deducible para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre que se cumplan ciertas condiciones: el pago debe realizarse dentro del plazo establecido, debe estar debidamente documentado y reportado en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) como otros ingresos gravados con la retención del impuesto sobre la renta e INFOTEP.

¿Todas las empresas deben pagar la bonificación a sus empleados? 

El Código de Trabajo exime a ciertas empresas de esta obligación :   

  • Empresas agrícolas, agroindustriales, industriales, forestales y mineras durante sus primeros tres años de operación.   
  • Empresas agrícolas cuyo capital social no exceda de RD $1,000,000. 
  • Empresas de Zonas Francas.

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