Senado aprueba reformas al Código Fiscal de la Federación

El Senado de México aprobó el 28 de octubre de 2025 diversas reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) para reforzar las facultades del SAT y combatir la evasión fiscal. Destacan cambios en las retenciones de plataformas digitales, tasa de recargos al 1.38  % mensual, retención de intereses al 0.9  % y continuidad del programa de regularización fiscal.

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Dana Becerra

Equipo Siempre Al Día

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Actualizado el: 30 Oct 2025

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reformas al Código Fiscal de la Federación

El panorama fiscal mexicano experimenta una transformación significativa con la aprobación de diversas reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) por la Cámara de Senadores el pasado 28 de octubre de 2025. Este paquete legislativo, aprobado con 76 votos a favor y 36 en contra, ha sido enviado al Ejecutivo Federal para su promulgación, marcando el inicio de un ejercicio fiscal más riguroso en materia de cumplimiento y fiscalización.   

El objetivo central y explícito de esta reforma es dotar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de herramientas legales más robustas para combatir con mayor eficacia la evasión y la elusión fiscal. 

Entre las medidas aprobadas se incluyen nuevos mecanismos de fiscalización (ampliación de facultades de comprobación y penalización del CFDI falso). Tras su aprobación, el dictamen fue turnado al Ejecutivo Federal para su decreto y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Te puede interesar: Propuesta de Ley de Ingresos de la Federación para 2026: Impacto en ISR, IVA e IEPS

¿Cuáles son las reformas al Código Fiscal de la Federación aprobadas?

Las reformas aprobadas introducen los siguientes puntos centrales (en consonancia con las declaraciones oficiales del Senado):

  • Retención en plataformas digitales: Se establece una tasa única de retención de ISR sobre pagos en plataformas electrónicas:  2.5 % para personas físicas, 4 % para personas morales con RFC, 20 % para quienes no proporcionen RFC. 
  • Creación del artículo 30-B en el Código Fiscal de la Federación: Obliga a estas plataformas a compartir información con el SAT y busca evitar que las empresas subdeclaren ingresos o simulen operaciones para evadir impuestos
  • Programa de regularización fiscal 2025: Se da continuidad al programa especial de regularización fiscal (que permite condonación parcial de multas) tomando como base el ejercicio fiscal 2024. Este beneficio se extiende a personas físicas y morales, elevando el límite de ingresos maximizados hasta 300 millones de pesos
  • Retención de intereses: Se fija una nueva tasa de retención sobre los intereses pagados (por ejemplo, intereses bancarios) del 0.9 %, como parte de las medidas para fomentar el cumplimiento tributario.
  • Tasa de recargos: Se aumenta la tasa de recargos por pago extemporáneo al 1.38 % mensual sobre saldos insolutos, elevando así el costo de los adeudos fiscales atrasados
  • Facultades del SAT contra fraudes: Se refuerzan los poderes de fiscalización del SAT para identificar operaciones simuladas y detectar CFDI falsos. Por ejemplo, ahora se penaliza la emisión de comprobantes sin actos jurídicos reales, se amplía la potestad de visita domiciliaria a presuntos evasores, y se facilita la cancelación de sellos digitales usados indebidamente. Estas medidas buscan «modernizar los mecanismos de control» del SAT y garantizar la transparencia en el comercio digital.
  • Créditos incobrables: Se homologan los requisitos fiscales para deducir créditos incobrables entre las instituciones de crédito y el resto de los contribuyentes. Esto significa que los bancos e instituciones financieras deberán aplicar las mismas reglas de deducción de deudas incobrables que otros contribuyentes, eliminando tratamientos preferenciales anteriores.

A modo de resumen, la siguiente tabla sintetiza las principales tasas aprobadas:

ConceptoTasa aprobada en la nueva reforma al CFFImpacto principal
Retención ISR – Personas físicas2.5 %Mayor presión en flujo de efectivo y formalización.
Retención ISR – Personas morales4 %Aumento en el flujo retenido en operaciones de intermediación.
Retención ISR – Sin RFC20 %Deterrente fiscal masivo contra la informalidad.
Retención de intereses0.9 %Afectación inmediata a la liquidez de inversionistas.
Recargos (mensual)1.38 %Incremento del costo financiero por morosidad.

Los cambios reforzarán la recaudación fiscal histórica prevista para 2026 y permitirán al SAT actuar con mayor certeza jurídica. Sin embargo, la oposición advirtió riesgos de vigilancia excesiva («ley espía») y presión fiscal sobre empresas honestas.

¿Desde cuándo empiezan a regir las reformas al código fiscal de la federación?

Los cambios aprobados por el Senado al Código Fiscal de la Federación (CFF) entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2026, junto con el resto del Paquete Económico correspondiente al ejercicio fiscal 2026 en México.​

  • Las reformas están diseñadas expresamente para aplicarse en el año fiscal 2026, como parte del paquete que incluye, además del CFF, modificaciones a la Ley Federal de Derechos, la Ley de Ingresos y la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios.​
  • La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se realizará a finales de 2025. La entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2026, tal como ocurre con las reformas tributarias anuales.​
  • Esto implica que todos los contribuyentes y plataformas digitales deberán ajustar sus sistemas y procesos para cumplir con las nuevas reglas y tarifas desde esa fecha.​

La entrada en vigor desde el 1 de enero de 2026 es estándar y otorga tiempo para la adaptación antes de la aplicación generalizada de la reforma fiscal.

Fortalecimiento del SAT: Endurecimiento de la fiscalización digital y presencial

El núcleo de las reformas al CFF radica en el refuerzo de las facultades del SAT para combatir operaciones simuladas, facturas falsas (EFOS y EDOs) y la evasión en el comercio digital. Las modificaciones abarcan diversos artículos (como 17-F, 27, 29-A, 42, 48, y 113 Bis del CFF), creando un marco legal más agresivo y preventivo.

Te puede interesar: Operaciones simuladas: ¿Qué papel juegan las EFOS en la venta de facturas?

Negativa de Inscripción al RFC y Vínculos de Riesgo Fiscal

El SAT ahora está facultado para negar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a Personas Morales que soliciten su registro, si detecta vínculos de alto riesgo fiscal. Esto aplica si el representante legal, uno o varios de los socios, accionistas o asociados han participado previamente en empresas factureras (EFOS), han transmitido indebidamente pérdidas fiscales, o han sido declarados como no localizados por la autoridad.10 Esta es una medida preventiva diseñada para detener la creación de nuevas estructuras corporativas destinadas a la simulación.

Restricción del Certificado de Sello Digital (CSD) para receptores

Una de las disposiciones más impactantes es la facultad de restringir temporalmente el uso del CSD a los receptores de CFDI que amparen operaciones inexistentes (EDOs).

Los contribuyentes que reciban comprobantes falsos tendrán solo 30 días calendario para corregir su situación fiscal mediante una declaración complementaria o para comprobar la materialidad de dichas operaciones. El incumplimiento de este plazo resulta en la restricción temporal del CSD.11 Dado que la pérdida del CSD impide a cualquier empresa la emisión de facturas, se paraliza la operación del negocio. El riesgo operativo se traslada, de manera efectiva, al comprador (EDO), obligándolo a auditar proactivamente a sus proveedores y a resolver cualquier controversia con el SAT con una urgencia sin precedentes.

Nuevas facultades de verificación

El CFF fue modificado para permitir una fiscalización presencial más eficiente y con mayor certeza probatoria para la autoridad.

A partir del 1 de enero de 2026, los funcionarios del SAT podrán utilizar herramientas tecnológicas para tomar fotografías, grabar videos y audios durante el desarrollo de una visita domiciliaria.

Esta facultad, integrada a las revisiones bajo el Artículo 42 del CFF, se aplicará únicamente en la fiscalización de empresas fachada o factureras, cuyo objetivo es buscar pruebas que demuestren que los domicilios fiscales son lotes baldíos, casas abandonadas o inmuebles que carecen de la capacidad productiva necesaria para justificar las operaciones facturadas. Esta evidencia tecnológica se adjuntará a las actas levantadas, otorgando un poder probatorio significativo al SAT en las controversias fiscales.

Te puede interesar: Auditorías del SAT en 2026: indicadores de riesgo y cómo prepararse para enfrentarlas

Reducción del plazo de verificación

Las reformas establecen un período máximo de 24 días hábiles para la duración de la visita domiciliaria enfocada específicamente en verificar la veracidad de los CFDI y los actos jurídicos que amparan. Esta aceleración del proceso de fiscalización (modificaciones al Artículo 48 CFF) exige que los contribuyentes dispongan de una capacidad de respuesta extremadamente rápida para aportar pruebas de materialidad. El corto plazo, combinado con el alto costo de los recargos (1.38 % mensual), minimiza las estrategias de defensa que se basan en la dilación procesal, fomentando una cultura de cumplimiento constante y debidamente documentado.

Fiscalización del comercio digital: Acceso en línea y tiempo real

Ante el auge de los servicios digitales, el SAT obtuvo la facultad de requerir a los prestadores de estos servicios acceso permanente, en línea y en tiempo real a la información contenida en sus sistemas o registros, con el fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Esta facultad tiene un propósito definido: comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de las plataformas digitales y aplicaciones, especialmente en materia de IVA. La autoridad ha negado que esta disposición tenga fines de espionaje digital, limitando su alcance a la información fiscal de las plataformas. La entrada en vigor de esta capacidad de monitoreo está prevista para el 1 de abril de 2026. Este cambio marca una transición de la auditoría periódica al monitoreo continuo, permitiendo al SAT realizar cruces de información en tiempo real entre las transacciones, la facturación y las declaraciones, haciendo la evasión en este sector virtualmente imposible.

Nuevas Facultades de Fiscalización del SAT

Facultad del SAT (CFF)Artículo AfectadoImpacto en el Contribuyente
Negativa de Inscripción RFC (P. Morales)Artículo 27Bloqueo preventivo a la creación de empresas con historial de riesgo.
Restricción Temporal del CSDArtículo 17-H BisPresión operativa de 30 días para corregir operaciones simuladas.
Verificación de CFDI (Plazo Máx.)Artículo 48Aceleración de los procedimientos de auditoría a 24 días hábiles.
Uso de Video/Audio en VisitasArtículo 42 / 45Aumento de la evidencia documental del SAT contra empresas fachada.
Acceso en Tiempo Real a PlataformasCFF / LISRMonitoreo continuo del cumplimiento de IVA de los intermediarios digitales.

¿Cuáles son las implicaciones de las reformas al Código Fiscal de la Federación para 2026?

Las reformas aprobadas por el Senado marcan un punto de inflexión. El sistema fiscal mexicano está migrando hacia un modelo de cumplimiento acelerado y de fiscalización continua, haciendo insostenible la gestión pasiva de riesgos.

  • Adaptación urgente a nuevas tasas y costos: Los contribuyentes en plataformas digitales deben revisar sus proyecciones de flujo de efectivo inmediatamente, debido al impacto directo del aumento de las retenciones (2.5 % y 4.0 %). Asimismo, la nueva tasa de recargos de 1.38 % mensual debe ser considerada como un factor crítico en la gestión de provisiones y contingencias fiscales, ya que el costo de un error u omisión es significativamente mayor.
  • Proactividad ante la fiscalización acelerada: La amenaza de restricción temporal del CSD ante la recepción de CFDI falsos es el riesgo operativo más grave para cualquier empresa. Con solo 30 días para corregir o comprobar la materialidad, es imperativo implementar procesos de auditoría interna de proveedores. Esto implica verificar constantemente el estatus fiscal de los socios de negocio y tener la documentación de materialidad de las operaciones lista antes de que el SAT inicie cualquier acto de verificación. La nueva regla de los 24 días hábiles para la auditoría de CFDI subraya que la defensa fiscal debe ser constante y preventiva, no reactiva.
  • La Automatización como herramienta de defensa y cumplimiento:  Ante la complejidad creciente y la reducción de los plazos de respuesta, la gestión manual de los CFDI, su clasificación y el cálculo de impuestos provisionales aumentan exponencialmente la exposición al error humano y, consecuentemente, a multas.   

La adopción de tecnología fiscal es esencial para la supervivencia operativa en el nuevo entorno fiscal para 2026. Es crucial implementar software contable que automatice la gestión documental. Plataformas especializadas, como Alegra, permiten la importación automática de CFDI directamente desde el portal del SAT, eliminando el manejo manual de archivos y permitiendo la clasificación inteligente de documentos (deducibles / no deducibles, pagos, cobros), además de generar reportes precisos de IVA y retenciones al instante.

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