SAT exige incluir el número de cuenta predial en el CFDI de arrendamiento

El SAT exige incluir el número de cuenta predial en todos los CFDI de arrendamiento. Para ello es necesario capturar ese dato en el nodo específico del comprobante (código 80131500). Revisamos las obligaciones normativas (CFF 29-A, Reg. LISR 199) y cómo facturar correctamente evitando sanciones.

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Actualizado el: 29 Ago 2025

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predial en el CFDI de arrendamiento

El SAT ha recordado a los arrendadores que, a partir de las disposiciones fiscales vigentes, debe señalarse el número de cuenta predial en el CFDI de arrendamiento de cada inmueble. La cuenta predial es un código único asignado por autoridades locales a cada propiedad. Ahora el SAT envía cartas invitación exhortando a verificar que las facturas de renta cumplan con este requisito, ya que su omisión puede invalidar el comprobante o generar multas.

Obligados y alcance del requisito

Aplica a personas físicas o morales que emitan CFDI por ingresos de arrendamiento de bienes inmuebles (viviendas, locales comerciales, industriales, terrenos, etc.). El requisito rige tanto para el régimen general de arrendamiento como para RESICO (fideicomisos de renta inferiores a $3.5 millones de pesos). En ambos casos el código del producto debe ser “80131500 – Arrendamiento de bienes inmuebles”, y en el CFDI se captura bajo el nodo de “CuentaPredial” uno o varios números prediales, según la cantidad de propiedades arrendadas.

En resumen, todo CFDI de renta debe incluir la clave predial correspondiente al inmueble arrendado.

Base normativa

La obligación deriva de la legislación fiscal mexicana. En concreto:

  • CFF, Artículo 29-A, fracción V, inciso c: dispone que los CFDI por ingresos de arrendamiento “deberán contener el número de cuenta predial del inmueble”.
  • Reglamento LISR, Artículo 199: establece que los comprobantes fiscales de rentas (Capítulo II LISR) deben “señalar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate”.
  • Guía de llenado de CFDI (SAT): incluye el nodo <CuentaPredial> para registrar ese número conforme al catastro local.
  • Ley del ISR, Art. 114, fracción I: define ingresos por arrendamiento, reforzando la exigencia de documentación completa en los comprobantes.

¿Cómo incluir la cuenta predial en el CFDI?

Para cumplir con la norma, al generar la factura de renta (tipo Ingreso) se deben seguir estos pasos básicos:

  • Ingresar al sistema de facturación SAT: Portal “Facturación” o a través de un PAC autorizado. Autenticar con RFC y contraseña o e.firma.
  • Capturar datos generales: Seleccionar código de producto 80131500 (Arrendamiento de bienes inmuebles) y descripción “Arrendamiento de inmueble”. Ingresar el monto total de la renta.
  • Agregar el nodo CuentaPredial: Antes de guardar el concepto, ubicar la sección “Complementos – Cuenta Predial” y capturar el o los números de cuenta predial de las propiedades rentadas. Si se factura una sola propiedad, se añade un solo predial; si son varias propiedades (por ejemplo edificios con varios inmuebles), se listan todas.
  • Revisar datos y timbrar: Verificar que el campo esté completo. Finalmente se timbra el CFDI como de costumbre.

Una solución práctica es la facturación automática integrada (ofrecida por algunos sistemas contables), que precarga el número predial de cada inmueble. De lo contrario, el SAT también ofrece tutoriales para registrar manualmente el predial al facturar rentas.

Te puede interesar: ¿Qué es el subarrendamiento?: conoce sus implicaciones fiscales

Sanciones por no incluir la cuenta predial

Emitir CFDI de renta sin la cuenta predial correspondiente puede acarrear sanciones serias. En concreto:

  • Multas administrativas por incumplimiento del Artículo 83, fracción VII y Artículo 84, fracción IV del CFF, por no expedir comprobantes que reúnan los requisitos legales.
  • Pérdida de deducibilidad para el arrendatario: el gasto podría dejar de ser deducible al no cumplir la factura con todos sus datos.
  • Invalidez fiscal del CFDI: la factura podría considerarse inválida ante el SAT y la Prodecon advierte que es importante rectificar cualquier error para evitar contingencias.

En las cartas invitación, el SAT remarca que verificar la cuenta predial evita problemas fiscales.

Recomendaciones finales

  • Verificar facturas pasadas: Asegúrese de revisar los CFDI de arrendamiento ya emitidos y complementarlos con la cuenta predial si están pendientes.
  • Mantener actualizados los datos: El número predial debe coincidir con el registro catastral vigente en la localidad del inmueble.
  • Consultar fuentes oficiales: Ante dudas, puede acercarse al SAT o a Prodecon para aclarar la forma correcta de facturar rentas. La Prodecon ofrece asesoría gratuita a los contribuyentes que reciban cartas de invitación relacionadas.
  • Usar herramientas especializadas: Sistemas contables como Alegra permiten incorporar automáticamente la cuenta predial en cada factura de forma fácil y ágil. 

Con Alegra, el proceso para crear estas facturas incluye seleccionar el ítem o bien inmueble por el que se cobrará la renta y registrar el número de cuenta predial, junto con otros datos importantes como el precio, impuestos, y datos fiscales del arrendador y arrendatario. Esto facilita que la cuenta predial se incorpore automáticamente en cada factura emitida para el arrendamiento del inmueble a través de Alegra.

Así, cumplir con este requisito no solo responde a la normativa vigente, sino que brinda certeza fiscal al arrendador y arrendatario. Incluir de manera correcta el número de cuenta predial en los CFDI de renta es ahora una obligación ineludible.

Te puede interesar: Declaraciones trimestrales de ISR para ingresos bajos por arrendamiento: Puntos clave para tener en cuenta

Continúa consultando Siempre Al Día para conocer más detalles sobre los CFDIs y los requisitos exigidos por el SAT. 

Gracias por llegar hasta aquí,
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Concepción
Concepción
4 meses hace

Que puedo hacer si todo el año pague arrendamientos sin este requisito?
Puedo pedir que me refacturen?

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Concepción
2 meses hace

Hola Concepción 👋 gracias por tu pregunta.

Si durante el año estuviste pagando arrendamientos y los CFDI no incluyen el número de cuenta predial, no significa que los comprobantes sean inválidos, pero sí pueden generar problemas de deducibilidad en caso de revisión del SAT.

La obligación de incluir el número de cuenta predial en los CFDI de arrendamiento proviene del artículo 29-A, fracción V, inciso c) del Código Fiscal de la Federación, que establece que los comprobantes por uso o goce temporal de bienes inmuebles deben contener ese dato.

👉 ¿Qué puedes hacer?

Puedes solicitar al arrendador que emita nuevos CFDI con el número de cuenta predial correcto, sustituyendo los anteriores (relacionándolos con la clave “04 – Sustitución de los CFDI previos”).

Esto es posible siempre que el ejercicio fiscal no haya cerrado y no se haya presentado la declaración anual con esos comprobantes.

Si el ejercicio ya cerró, lo recomendable es no cancelar masivamente los CFDI anteriores, sino dejar constancia documental del inmueble arrendado (contrato, recibos, estados de cuenta) y asegurarte de que a partir de ahora los comprobantes cumplan con el requisito.

Chucks
Chucks
3 meses hace

Una pregunta, si un cliente no había puesto el numero predial en sus facturas desde años pasados, antes de que el SAT las hiciera obligatorias. ¿Qué puede hacer ahora que es obligatorio, Debería cancelar los CFDI´s, volver hacerlos y que pague la multa por cancelar a destiempo?

Siempre Al Día
Siempre Al Día
Editor
Responder a  Chucks
2 meses hace

Hola, gracias por dejarnos tu consulta. Si en años anteriores tus facturas por arrendamiento no incluían el número de cuenta predial, no es necesario cancelar ni volver a emitir todos los CFDI emitidos en esos ejercicios. En ese momento, la inclusión de ese dato no era obligatoria con la misma rigurosidad con la que el SAT la exige actualmente.

Lo más recomendable es que a partir de ahora todos los comprobantes que emitas por concepto de arrendamiento sí incluyan el número predial del inmueble, conforme a lo establecido en el artículo 29-A, fracción V, inciso c) del Código Fiscal de la Federación y a las disposiciones vigentes de facturación.

Solo en caso de que necesites corregir un CFDI reciente (de un periodo aún no declarado o que aún no fue deducido por el arrendatario), podrías emitir un CFDI de sustitución con el dato correcto y relacionarlo con el anterior usando la clave “04 – Sustitución de los CFDI previos”.

En resumen:
✅ No es necesario cancelar facturas antiguas.
✅ A partir de ahora, incluye siempre el número predial.
✅ Corrige solo los CFDI recientes si es estrictamente necesario.

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